Videovigilancia. Cuidado con las cámaras.
Evita sanciones y protege tu estanco. Descubre qué puedes grabar con tus cámaras de videovigilancia según la ley de protección de datos.
Escogemos una consulta que nos llegó esta semana por la web. Un estanquero de Madrid a quien un vecino denunció a la policía municipal que sus cámaras enfocaban a la calle…
Cada vez es más frecuente el uso de cámaras de videovigilancia en los estancos. A nivel de seguridad se busca disuadir al ladrón que sabe que va a ser filmado, pero muchas veces se usan para otras funciones que no están permitidas o no se siguen las normativas de utilización. Os hacemos un repaso:
Cámaras de videovigilancia en estancos: qué se puede hacer y qué no según la ley
La instalación y uso de una cámara de seguridad no es tan simple como colocar una cámara y empezar a grabar. La normativa española y europea exige cumplir una serie de obligaciones para proteger la privacidad de clientes y empleados.
¿Dónde pueden colocarse las cámaras?
Todos los estancos pueden instalar cámaras en sus locales, pero siempre respetando ciertos límites:
- Las cámaras deben enfocarse a zonas necesarias para la seguridad (entrada, mostradores, pasillos, cajas).
- No pueden grabar espacios privados como baños, vestuarios o zonas de descanso del personal.
- Solo de forma excepcional pueden captar la vía pública y siempre lo mínimo imprescindible.
Además, si hay trabajadores, la grabación no puede utilizarse para vigilar su rendimiento, sino exclusivamente por motivos de seguridad.
Obligación de informar: carteles y transparencia
La ley obliga a colocar un cartel visible que avise de que el espacio está siendo grabado. Este aviso debe incluir:
- La existencia del sistema de videovigilancia.
- La identidad del responsable del tratamiento de las imágenes (normalmente, el negocio).
- Dónde y cómo ejercer los derechos de acceso, supresión o reclamación.
No es necesario pedir el consentimiento individual de cada persona que entre, pero sí informar claramente.
Conservación de imágenes: plazos y acceso
Las imágenes solo pueden conservarse durante un máximo de 30 días. Después deben borrarse, salvo que exista un motivo legal para conservarlas más tiempo (por ejemplo, una investigación policial en curso).
Si una persona solicita ver o borrar sus imágenes, el comercio debe atender su petición, siempre que no afecte a terceros o a procedimientos judiciales.
Colaboración con las fuerzas de seguridad
En caso de robo o incidente, el comercio puede facilitar grabaciones a la Policía o Guardia Civil. No pueden compartirse imágenes libremente con terceros ni publicarse en redes sociales, ya que eso supondría una vulneración grave de la protección de datos.
Cuando la autoridad lo solicite, las imágenes deben entregarse de forma segura y sin manipulación.
Protección de datos y obligaciones legales
Las cámaras están reguladas por la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPDGDD) y el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Por ello, los comercios deben:
- Contar con una base legal para la videovigilancia (seguridad).
- Incorporar el sistema en su registro de actividades de tratamiento.
- Garantizar medidas de seguridad para evitar accesos no autorizados.
- Firmar contratos de confidencialidad con empresas que gestionen las cámaras.
El incumplimiento puede suponer sanciones significativas.
En resumen y respondiendo a nuestro cliente de Madrid…
Las cámaras de seguridad son una herramienta útil para la protección de los estancos, pero su uso debe realizarse con responsabilidad y respetando la privacidad de las personas. Las cámaras no pueden estar enfocadas a la vía pública, sino al interior —y en su caso al exterior inmediato— del establecimiento.










