Del papel al café: los nuevos quioscos y el tabaco
Descubre cómo los quioscos tradicionales se están reinventando para adaptarse al mundo digital y así mantenerse relevantes
El mundo cambia. A gran velocidad. El video mató a la estrella de la radio y está claro que el móvil matará a la prensa en papel. Para muestra INFOESTANCOS que nunca ha imprimido una página.
La venta de periódicos y revistas es ya una actividad residual. Una actividad que puede seguir siendo interesante como actividad complementaria pero difícilmente puede mantenerse como actividad principal.
Últimamente estamos viendo como los quioscos de toda la vida están cambiando. Parece que finalmente las autoridades están dando su brazo a torcer y les dejan diversificar. El servicio de cafetería y bebidas, los puntos de recogida Amazon, la publicidad estática y los cajeros automáticos, complementan la oferta tradicional de periódicos y revistas. Y también el tabaco claro. Porque el quiosco es uno de las actividades que tradicionalmente ha permitido la venta de tabaco con recargo.
De puntos de venta de revistas y periódicos los hay de dos clases:
a) Quioscos de prensa ubicados en vía pública.
Su epígrafe del IAE es 6594. (Importante acordarse de ponerlo en el impreso de alta del PVR). En este tipo de establecimientos, el CMT te pide el permiso de ocupación de la vía pública otorgado por el Ayuntamiento al titular.
Cuidado que esto es sólo para quioscos de prensa, no para quioscos que vendan por ejemplo, alimentación, bebidas o helados. Normalmente estos van con el epígrafe 6622 (todo tipo de productos). Con ese epígrafe no autorizan. La cosa está pues en el epígrafe que tengan y que pongamos en el impreso. En ese sentido es importante que a pesar de la diversificación el quiosco de prensa siga siendo un punto de venta de prensa y esté dado de alta de esa actividad. A nivel comercial, el hecho de que sirvan cafés y bebidas lo acerca a la hostelería.
b) Locales de venta de prensa (actividad principal) con acceso directo a la vía pública.
No vale si están dentro de un centro comercial en una puerta que no da a la calle. Eso no valdrá para ninguna actividad tampoco en el caso de los bares y restaurantes. El epígrafe del IAE es el mismo 6594 porque es venta de revistas y periódicos también. Pero en este caso el CMT puede pedirnos que le demostremos que la venta de prensa es la actividad principal del establecimiento (tendremos entonces que aportar facturas, y fotografías del interior que demuestran que la prensa ocupa la mayor parte del espacio y genera la mayor parte de la facturación).
La cosa es que no todo establecimiento que vende prensa y revistas puede vender tabaco. Debe tratarse de «un quiosco» que no está ubicado en la vía pública si no en un local de negocio. (En su momento tuvo que enmendarse la ley para que no discriminara a los que realizaban la misma actividad en locales).
Pero como ya hemos visto las líneas se están volviendo cada vez más borrosas. Es muy posible que pronto la venta de revistas no sea la actividad principal (en superficie o facturación) en la mayoría de estos establecimientos. El CMT tendrá que adaptarse a la nueva realidad. Aunque no sea lo suyo.