Autor: Infoestancos

Tabaco de contrabando: ¿Sabes cuántas fábricas se desarticularon en 2023?

Descubre cómo el 2023 ha sido un año de éxitos para la lucha contra las fábricas ilegales de picadura de tabaco en España

Cifras reveladoras: 13 fábricas desmanteladas en Andalucía y Extremadura

Este año, las autoridades han desmantelado un total de 21 fábricas ilegales de tabaco en toda España. ¡Y lo mejor es que 13 de ellas estaban dedicadas a la producción de picadura! Principalmente ubicadas en Andalucía (10) y Extremadura (3), estas instalaciones clandestinas están siendo erradicadas, lo que protege nuestro negocio legal.

Operaciones épicas: un golpe tras otro

La operación en Bailén, Jaén, merece una ovación. La Policía Nacional y Vigilancia Aduanera dieron un golpe maestro, desmantelando siete fábricas y confiscando más de 25.000 kilos de tabaco, listos para ser transformados en picadura. ¡Esa picadura podría haber alcanzado los 750.000 euros en el mercado negro! Una verdadera victoria para todos.

La «Customs Rybak» en Badajoz, realizada por la Guardia Civil y la Agencia Tributaria, no se quedó atrás. Tres puntos de fabricación ilegal de picadura fueron desmantelados, con la incautación de 132 kilos de producto listo para la venta. ¡Un golpe certero contra el contrabando sin control alguno!

Último golpe: Villarrubia en el mapa

En Villarrubia, Córdoba, el equipo de Vigilancia Aduanera y la Policía Nacional dio el último golpe hace unas semanas. Se desmanteló un centro de producción ilegal, se detuvieron seis personas y se incautaron 2.650 kilos de materia prima.

Únete a la lucha: #NOCONTRABANDO

El contrabando tiene consecuencias nefastas para la economía, para la sociedad y para los estancos. Tú puedes ser parte activa en esta lucha. Si conoces algún punto de venta ilícita, repórtalo de forma anónima en el portal de denuncias #NOCONTRABANDO. Desde Altadis se encargan de informar a las autoridades para su investigación y obtienen grandes resultados como los de estos último años.

Con el contrabando #PERDEMOSTODOS.

3 meses para adaptarte a las últimas novedades del tabaco calentado

Descubre las claves para enfrentar el desafío de adaptarte a los cambios en el mercado del tabaco calentado sin aromas ni sabores

El Consejo de Ministros aprobó ayer, con casi 6 meses de retraso, equiparar legalmente el tabaco calentado a los tradicionales cigarrillo y hoy ya ha sido publicado en el BOE.

La medida, que debía ratificarse antes del 23 de julio del año pasado traspone la Directiva Delegada, de 9 de junio, que modifica la Directiva 2014/40/UE que regula algunos aspectos sobre el tabaco calentado y supone la retirada de ciertas excepciones aplicables a este producto, con el fin de equipararlo al tabaco convencional.

Dicha medida, también prohíbe los productos con aromatizantes, dando un giro radical a la forma en que estos productos se fabrican, presentan y venden.

Prohibición de Aromas y Cambios en el Etiquetado

A partir de su publicación hoy en el BOE, tienes solo tres meses para adaptarte a las nuevas reglas. ¿La gran novedad? La prohibición de productos de tabaco con aroma característico, incluyendo filtros, papeles y cápsulas. Y ojo, ¡nada de tabaco ni nicotina en filtros y cápsulas! Estas medidas buscan evitar cualquier astucia que modifique el olor, sabor o humo de estos productos.

Advertencias explosivas

Pero eso no es todo. Los fabricantes deberán incluir un mensaje informativo acompañado de advertencias sanitarias en cada producto de tabaco calentado. ¿El mensaje? Un recordatorio de que «El humo del tabaco contiene más de 70 sustancias cancerígenas«. Y como si fuera poco, las imágenes coloridas especificadas en el Real Decreto 579/2017 deberán darle un toque visual a estas advertencias como ya hacen con el tabaco tradicional.

Cabe destacar que el tabaco calentado más vendido en España, ya incorpora advertencias sanitarias en sus productos.

En este sentido, el nuevo texto introduce una nueva definición de producto de tabaco calentado, clasificando dos tipos en la misma categoría. Se indica que, según sus características, puede ser sin combustión o para fumar. En consecuencia, en cuanto al etiquetado (advertencias sanitarias), estas reglas aplican únicamente a los productos de tabaco calentado para fumar (con combustión), los cuales deben incluir las advertencias del cigarrillo tradicional en su etiquetado.

Estanqueros preparados

¿Cómo afecta esto a los estanqueros? Las ventas de productos con aroma característico para calentar se despiden, pero los productos sin combustión siguen en juego.

En resumen, el panorama del tabaco está cambiando. ¡Prepárate para una nueva era en la que los aromas se esfumarán el 17 de abril de 2024, las advertencias se multiplicarán y los estanqueros deberán adaptarse o se quedarán atrás! ¿Listo para el desafío?

¿Cuánto les pagas a los dependientes de tu estanco?

Descubre las implicaciones que la actualización del 5% del Salario Mínimo Interprofesional tendrá en el ámbito de los estancos.

Pues finalmente ha llegado la noticia que muchos temíamos: el salario mínimo interprofesional (SMI) subirá un 5% este 2024, un cambio que seguro no pasará desapercibido. Vamos a desglosar los detalles de esta novedad.

El SMI ha subido un 77% desde el 2010

Tras intensas negociaciones entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos, se ha acordado un aumento del 5% en el SMI. Esto significa que la renta mínima se elevará de los actuales 1.080 euros mensuales a unos 1.134 euros con 14 pagas, con efectos retroactivos desde el 1 de enero.

¿Por qué los empresarios no firman?

En la reunión de negociación, los empresarios han abandonado la mesa alegando que sus demandas no han sido atendidas. Las organizaciones empresariales querían un aumento máximo del 3%, pero el gobierno ya les había ofrecido un 4%. La negociación se desmoronó, y ahora, el aumento es del 5%.

Qué es el SMI

Recordemos que es el Salario Mínimo Interprofesional, es el mínimo que un empresario/estanquero puede pagarle a un empleado/a que trabaja 40 horas semanales y, es por 14 pagas porque hay dos pagas extras. Eso quiere decir que el sueldo MÍNIMO a pagarle a cualquier dependiente que trabaje en el estanco a tiempo completo en el año 2024 son 15.876 EUROS BRUTOS ANUALES. Por lo tanto, si pagamos por doce porque prorrateamos pagas, la nómina mínima será de 1.323 euros.

Ni que decir tiene que los trabajadores a tiempo parcial tendrán su incremento proporcional en base a las horas que trabajan (coeficiente de parcialidad).

Implementación

Por lo tanto, los que pagabais por debajo de este nuevo importe, podéis hablar con vuestras gestorías para que lo apliquen ya este mes de enero (pues el acuerdo del aumento es con carácter retroactivo desde el 1 de enero) o esperar a que recorra el tramo final del camino hacia la implementación oficial que aún requiere de trámites formales y consultas públicas y compensarlo el mes que viene.

Publicado el BOE el miércoles 7 de febrero

Este aumento, según estimaciones del gobierno, beneficiará a 2,5 millones de personas, con un tercio de los beneficiarios siendo mujeres y jóvenes.

¿Cómo afectará a tu estanco?

Aún no hemos recibido muchos comentarios sobre cómo esta actualización salarial impactará en los estancos. ¿Ya complementabas los salarios pagando por encima del mínimo? ¿O tal vez no te habías percatado del alcance de estos cambios? ¡Estamos ansiosos por conocer tus impresiones!

¿Revuelo en Canarias? Nuevos impuestos en cigarrillos electrónicos y vapers

Canarias se adelanta con cambios fiscales a los productos de vapeo para este 2024. ¿Llegarán también a la Península?

El gobierno de las Islas Canarias ha emergido como pionero al gravar el vapeo y los cigarrillos electrónicos con un impuesto de 0,10 euros por mililitro a partir del año 2024, de acuerdo a una revisión de la Ley del Impuesto sobre Productos de Tabaco. Esta medida busca prevenir la iniciación del hábito del tabaco, especialmente entre los jóvenes, aplicando tasas tanto a los líquidos de los vapers como a cualquier dispositivo electrónico, independientemente de si contienen o no nicotina.

Las Islas Canarias se colocan a la vanguardia como la primera comunidad autónoma en implementar gravámenes específicos para estos productos, anticipándose a una posible acción similar a nivel nacional. La adaptación a las recomendaciones fiscales de la Unión Europea y del Gobierno central refleja una tendencia europea, donde varios estados ya han legislado en la misma dirección, buscando actualizar el marco normativo.

Este cambio podría tener importantes repercusiones para los expendedores de tabaco, quienes tienen opiniones divididas sobre la fiscalización de estos productos. Por una parte, algunos preferirían que se graven impuestos para tener exclusividad en la venta en estancos, asegurando un control más estricto y, posiblemente, una demanda mayor en sus establecimientos. Por otro lado, hay quienes desean que permanezcan libres de impuestos, permitiéndoles mantener un margen de ganancia más amplio, ya que la imposición de tasas podría limitar sus beneficios.

La incertidumbre sobre el impacto económico en Canarias y la falta de claridad sobre la futura normativa en toda España generan preocupación entre los estanqueros. El Ministerio de Sanidad prevé un aumento de ingresos públicos a nivel nacional, calculando entre 7 y 48 millones de euros, dependiendo de la carga impositiva seleccionada.

Además, la implementación de un régimen fiscal específico para líquidos de cigarrillos electrónicos y productos de tabaco calentado añade una nueva dimensión al panorama. Estos últimos enfrentarán un impuesto de 28 euros por kilogramo de tabaco, en línea con la tendencia en otros países europeos.

La actualización de los gravámenes para la mayoría de bienes, incluyendo cigarrillos y puros, presenta desafíos adicionales para los estanqueros. El aumento del 2% al 4% en el caso de los cigarrillos puros y cigarrillos sueltos, y del 5% al 10% para otros artículos de tabaco, podría impactar directamente los márgenes de utilidad.

En conclusión, la imposición de impuestos a los cigarrillos electrónicos en Canarias abre un nuevo paradigma para los estanqueros, quienes se debaten entre la posibilidad de la venta exclusiva y el riesgo de ver reducidas sus ganancias.

Cómo proteger tu estanco de robos internos con cámaras ocultas

La justicia avala instalar cámaras ocultas en una empresa para descubrir si roba un trabajador. No te pierdas esta información vital

Los estanqueros, como empresarios que manejan importantes cantidades de dinero, a menudo se enfrentan al desafío de encontrar personal confiable y honesto. La reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) puede ser un rayo de esperanza para aquellos que luchan con la difícil tarea de proteger sus negocios contra posibles robos internos. La historia de una empresa de impresión y artes gráficas, arroja luz sobre cómo la instalación de cámaras ocultas puede ser una herramienta eficaz para combatir el robo en el lugar de trabajo.

Descubriendo al empleado deshonesto

En este caso, un empleado con 18 años de antigüedad y contrato indefinido fue despedido después de que se descubriera que robaba cartuchos de tóner de la empresa. El jefe de la Sección de Preimpresión notó la falta de suministros en el almacén y decidió tomar medidas. Con el respaldo de la dirección de la empresa, se instaló una cámara oculta en el almacén durante unos días.

En una madrugada de septiembre, la cámara capturó al empleado infractor llevándose tres cartuchos de tóner. La empresa confrontó al trabajador con la grabación, pero este negó su participación. A pesar de la negativa, el empleado fue despedido, y la sentencia del TSJM acabó respaldando esta decisión.

Legalidad de las cámaras ocultas

La sentencia se basó en el «test Barbulescu», establecido por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que exige cuatro condiciones para la instalación de cámaras ocultas:

  1. Idoneidad: La cámara debe dirigirse a verificar quién está cometiendo la sustracción.
  2. Necesidad: Las imágenes obtenidas deben ser necesarias como prueba.
  3. Proporcionalidad: La captación debe limitarse a un espacio específico durante un tiempo determinado.
  4. Intensidad en la intromisión: No debe vulnerarse el derecho a la intimidad del trabajador.

La sentencia destacó que la instalación de la cámara cumplió con estos criterios, respaldando la legalidad de la medida adoptada por la empresa.

Así que ya sabes, si lamentablemente en algún momento te encuentras en una situación similar, asesórate bien porque hay opciones que quizá desconozcas y que te pueden ahorrar mucho dinero.


Gracias por confiar en INFOESTANCOS. Siempre al servicio del estanquero.

Tu apoyo nos permite seguir informando con independencia de las últimas novedades del sector

No olvides compartir las noticias con tus compañeros estanqueros, seguro que te lo agradecerán 😉

Y como siempre, agradecemos que nos hagas llegar tu opinión sobre los temas que publicamos. Lo puedes hacer a través de nuestro WhatsApp, del correo electrónico o rellenando el formulario de contacto

¿Te llaman al estanco? Cuidado con decir «sí» (parte II)

El fraude del «sí» al contestar al teléfono es una táctica que aprovecha la inteligencia artificial y el «phishing telefónico» para obtener información confidencial o dinero. La estafa se ha sofisticado con técnicas como el ‘vishing’; eso es, los delincuentes graban la voz de la víctima para posteriormente suplantar su identidad.

En las llamadas telefónicas, el mero acto de decir «sí» podría convertirse en una puerta de entrada para los estafadores. Podrían estar grabando nuestra voz para, posteriormente, utilizarla con fines ilícitos: formalizar contratos, operaciones financieras o dañar nuestra reputación, por ejemplo.

Vishing

Este tipo de fraude se conoce como «vishing» y tiene el siguiente patrón:

Recibimos una llamada telefónica. El estafador podría simular ser uno de nuestros proveedores o un banco (‘phishing’) o bien podría darse el caso que cuando contestamos nadie responda.

Conseguir que digamos «sí». En el primer caso, el estafador nos interpelará con preguntas sencillas para que respondamos con un «sí»: ¿es usted el Sr. Tal? ¿Es este su correo electrónico?

Grabar nuestra voz. En ese punto apreciaremos que el ciberdelincuente, tras formular la pregunta, permanece en silencio a la espera de una respuesta afirmativa mientras lo está grabando todo con alguna aplicación. Cuando la reciba, colgará sin más.

Uso de la grabación de nuestra voz. El estafador intentará darnos de alta en algún servicio bancario u cometer otros fraudes facilitando la grabación de nuestra voz diciendo «sí» como confirmación de identidad.

Recomendaciones

Si sospechamos encontrarnos ante un caso de ‘vishing’, lo mejor que podemos hacer es actuar rápidamente:

  • Cortar la comunicación ipso-facto. Simplemente cuelga y evita prolongar la conversación.
  • Comprueba la autenticidad. Busca el número de contacto oficial de la empresa o entidad y llama directamente para verificar la autenticidad de la llamada.
  • Controla de cerca tus cuentas bancarias y tarjetas. Si detectas actividad inusual, informa de inmediato al banco.
  • Cambia las contraseñas y códigos de seguridad que podrían estar comprometidos y los que estén relacionados con tus cuentas.
  • Guarda todos los registros que tengas de la estafa: números de teléfono, sms, correos electrónicos…
  • Denúncialo de inmediato a la unidad de delitos telemáticos de la policía.

Para evitar este delito, lo mejor es actuar con cautela al recibir llamadas de números desconocidos. Como siempre, más vale prevenir que picar.

 

Nuevas tarifas de Correos 2024

Tu guía esencial sobre las tarifas de Correos postales actuales. ¡Desbloquea el potencial de tu estanco con los servicios esenciales!

Como cada año, hoy os traemos la actualización de tarifas de Correos postales que entró en vigor ayer día 1 de enero para el envío de cartas y tarjetas postales para Península y Baleares.

Como siempre, es crucial que estés al tanto de estos cambios para optimizar tus envíos y costes operativos.

Carta Nacional Ordinaria: 0,82 Euros

La carta nacional ordinaria, nuestro pan de cada día, verá un ajuste de 4 céntimos, llevando la tarifa a 0,82 euros. Esta decisión tiene el objetivo de una progresiva adecuación a costes, sin sacrificar la calidad y eficiencia del Servicio Postal Universal.

Competitividad Europea 🌐

A pesar del ajuste, España continúa liderando las tarifas postales asequibles en 2024. Con una diferencia de 51 céntimos respecto a la tarifa media europea en 2023 (1,33 euros), nos mantenemos por debajo de países como Alemania (0,85 euros), Reino Unido (1,29 euros) y Francia (1,43 euros).

Tarifas Internacionales 🌍

Para las cartas y tarjetas postales internacionales (ordinarias y normalizadas hasta 20 gramos), el franqueo será de 1,70 euros para destinos europeos (incluyendo Groenlandia). En el resto del mundo, se mantiene la tarifa de 2,10 euros para Australia, Canadá, EEUU, Japón, Nueva Zelanda y Rusia, y de 1,75 euros para otros destinos.

Procedimiento Transparente y Cumplimiento Normativo 📊

Correos ha seguido el procedimiento establecido en la Ley Postal para establecer estas tarifas. Este proceso garantiza que cualquier modificación se comunique con al menos tres meses de antelación a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Así, se asegura el respeto de los principios de precios asequibles, transparentes y no discriminatorios.

Diversificación de Servicios de Correos 📦📨

Además de prestar el Servicio Postal Universal, Correos se destaca en comunicaciones físicas, digitales y paquetería. A pesar de las actualizaciones, la paquetería nacional mantiene sus tarifas casi inalteradas con una variación del 1,99%, y el burofax mantiene su tarifa.

Mantenerse informado y ajustar las estrategias para seguir ofreciendo un servicio de calidad a los clientes es primordial. ¡Que los sellos sigan viajando por el mundo con eficiencia y buen precio! 🚀💌

Podéis consultar y descargar las nuevas tarifas de Correos aquí.

TARIFARIO_PeninsulaBaleares_2024

¿Sabes cómo la Mesa del Tabaco ha conseguido desactivar el 90% de anuncios ilegales online?

Más del 80% de anuncios ilegales se esconden en plataformas online de comercio entre particulares. Descubre todos los detalles en este revelador artículo

En una lucha feroz contra el comercio ilícito, la Mesa del Tabaco ha logrado un hito significativo. Desde principios de 2022, más de 4.500 anuncios ilegales de picadura de tabaco han sido eliminados, marcando una tasa de éxito excepcional del 90%. Enfrentémonos a las diferentes caras del comercio ilícito y exploremos la importancia crítica de la colaboración público-privada.

La Realidad Oculta del Comercio Ilícito de Tabaco

En la jornada «Las diferentes caras del comercio ilícito y la importancia de la colaboración público-privada,» se revelaron impactantes conclusiones sobre la oferta ilícita online de picadura. El 83% de los anuncios fraudulentos se detecta en plataformas de comercio entre particulares, siendo Facebook Marketplace la protagonista de la actividad ilegal en 2023. La colaboración con estas plataformas ha sido clave, aunque la eliminación de sitios web sigue siendo un desafío debido a la profesionalización de quienes están detrás.

La Falsificación de Cigarros: Un Enigma por Descubrir

Gema Hidalgo, de Tabacalera, destaca la realidad de la falsificación de marcas prémium, una amenaza difícil de cuantificar pero con impacto significativo en el mercado legítimo. Remarcó que el consumidor debe estar alerta, ya que el precio y el lugar de venta son indicadores clave de autenticidad.

Compromiso y Colaboración: Pilares en la Lucha contra el Comercio Ilegal

La directora general de la Mesa del Tabaco, Águeda García-Agulló, enfatiza el compromiso firme en la lucha contra el comercio ilícito, un problema que va más allá de lo fiscal. Los productos ilegales carecen de control, facilitando el acceso a menores y generando pérdidas significativas en la recaudación pública. La colaboración público-privada es esencial en este esfuerzo conjunto.

El Futuro de la Prevención: Colaboración y Seguridad

Esta colaboración no es solo una estrategia; es un compromiso continuo. La Agencia Tributaria y la Mesa del Tabaco trabajan juntas para prevenir y combatir el comercio ilícito de productos del tabaco. La implementación de medidas de trazabilidad y seguridad por parte de la FNMT marca un paso crucial hacia el futuro.

¿Sabes cuántos estancos se cierran cada año en España?

La red de expendedurías de tabaco pierde capilaridad año a año, en su mayoría, estancos de carácter complementario, ¡descubre cuántos!

En lo que va de año 2023 se han perdido 44 licencias. Unas cinco cada mes. Un ritmo sostenido. En los últimos 10 años se han perdido unas 600 licencias. En su mayoría expendedurías de carácter complementario.

La red de expendedurías del Estado, también abandona a la España vaciada.

Los estancos son un equilibrio entre el privilegio del monopolio y las muchas obligaciones administrativas que acarrea.

Cuando uno vende 100 o 200.000 euros al año, con las mismas obligaciones, muchas veces la cosa no compensa.

Y si no salen los números, difícilmente van a reponerse estas expendedurías con subastas. Las subastas dan buenos números en frontera (francesa) y costa turística y normalitos en las grandes áreas metropolitanas pero para mantener la red de expendedurías, no sirven. Va a ser que no.

Uno de los puntos fuertes de la red de expendedurías del Estado es su capilaridad. Una ventaja que se está perdiendo. Es posible que el Ministerio ya no la considere necesaria. ¿Para que mantener una red, si ya tenemos internet? Los impresos son digitales. Los sellos parecen una curiosidad histórica. Podemos recargar títulos de transporte en el móvil o en una máquina de vending.

En Diciembre de 2010 España tenia 4207 expendedurías complementarias. Eran el 30,6% de la red. No tenemos los números actuales pero estimamos que con el ritmo de cierres, no deben alcanzar el 25%. Una lástima. Para muchos pueblos perder el estanco es perder otra viga en una casa que amenaza ruina.

Dicen que el Congreso discutirá pronto una nueva Ley. Quizás este no sea el tema que mueva más personas o dinero pero debería empezar a pensarse en un estatuto especial para los estancos complementarios.

El permiso de obras y otros olvidos peligrosos

¿Te arriesgas? Descubre lo que debes saber antes de reformar tu estanco sin permiso en este artículo revelador.

Esta semana escogemos una consulta poco usual que nos llega de la Comunidad de Madrid. Esta consulta nos sirve para recordar que los estancos tienen que solicitar permiso o informar de la mayoría de cambios que emprenden en su negocio. Y en caso de duda, preguntar.

La consulta que nos llega por email es la siguiente:

“El pasado mes de abril decidimos ampliar la tienda eliminando un tabique y reduciendo el almacén. Me comentan los comerciales que debía haber solicitado un permiso al Comisionado. Me lo pueden aclarar. ¿La multa subiría mucho?

No todas las reformas y mejoras que un estanquero hace en su tienda necesitan el permiso previo del Comisionado. Se puede cambiar la distribución, mover el mobiliario, pintar el estanco, cambiar la iluminación…

Lo que no se puede es tirar un tabique o abrir o cerrar una puerta. Para que se entienda, no se puede alterar sin permiso el plano que se envió en su día al Comisionado para abrir el estanco en ese local. Ese plano que se envía cuando se solicita el cambio de nombre o cambio de emplazamiento, o apertura por nueva adjudicación. Es un plano de planta y alzada, escala 1/50 donde solo figura donde están las paredes y los accesos. Lo que sale en el plano no se puede cambiar sin una autorización de obras del Organismo.

Esto que da regulado en el artículo 41 del Real Decreto 1199/1999 que dice:

Autorizaciones de obras.

Los expendedores no podrán variar las condiciones esenciales de instalación de las expendedurías según aparecieran configuradas en el instante concesional, o con ocasión de ulteriores autorizaciones, sin perjuicio de la realización de las obras de reparación y obras menores de mejora que fuesen necesarias o convenientes.

Esto no obstante podrán realizar obras que supongan modificación esencial de las instalaciones, de la superficie dedicada o de su distribución, o que implique suspensión de la actividad comercial durante un período superior a quince días si mediare autorización al efecto por parte del Comisionado para el Mercado de Tabacos, si la reforma, en su conjunto, resultase conveniente para la actividad comercial…

¿Y que pasa si se nos olvida pedir el permiso como le ha pasado a nuestro estanquero consultante y nos pillan?

A mi parecer sería una infracción grave. Tanto por el hecho de que se produce “falseamiento o la falta injustificada de comunicación, dentro de los plazos”como por el posible “incumplimiento por el cierre un período superior a cinco días e inferior a un mes, sin la debida autorización” que normalmente conllevará la obra.

Ya es sabido que las infracciones graves son de 12.000 euros (reducidas a 9.000 por “pronto pago”)

Pero cuidado que un traslado sin permiso se considera infracción grave y son 120.000 euros mínimo (90.000 euros reducidos). Y un traslado es también cuando uno se va al local de al lado y se mueve por tanto, muy poquito muy poquito.

En definitiva, es muy posible que haya algunos otros estancos que se hayan reformado sin permiso y cuyos planos actuales ya no coincidan con los enviados al organismo. Es una infracción difícil de detectar, no nos engañemos pero que ganas de meterse en líos por no cumplir la normativa.

Aviso Legal - Política de Cookies © Infoestancos. Todos los derechos reservados. Diseñado por IndianWebs.

Volver arriba
Suscríbete a nuestras comunicaciones exclusivas para estanqueros
Suscríbete a nuestras comunicaciones exclusivas para estanqueros