Autor: Infoestancos

¿Qué es un vendí y para qué sirve?

¿Te has preguntado alguna vez qué es ese ‘vendí’ mencionado en la normativa del mercado de tabacos? Hoy te lo explicamos con detalle

La pregunta de esta semana nos llega desde Asturias por WhatsApp de alguien que se ha tomado la molestia de leerse el Manual del Comisionado. En la normativa siempre te encuentras palabrejas que no conocías…

La normativa del mercado de tabacos hace siempre mención a un documento llamado “vendí”. Por ejemplo, el articulo 42.3 del reglamento (RD1199/1999 de Ordenación del mercado de tabacos nos dice:

Tres. La venta y circulación de labores de tabaco deberán ir acompañadas de su correspondiente factura o vendí…..

Los vendís o facturas, que habrán de extenderse por duplicado, se conservarán por el autorizado para la venta con recargo y la expendeduría de suministro durante un período de uno y tres años, respectivamente.

El vendí o la factura amparará la circulación del producto y su tenencia en el punto de venta con recargo, durante el plazo de quince días a contar desde la fecha de su expedición.

¿Pero que es un vendí?

Un vendí, como su nombre indica es un documento que emite el vendedor (el estanquero) acreditando que él ha vendido el producto. La norma nos dice que debe contener:

  • el número de orden y en su caso serie, que debe ser correlativo (para que se puedan controlar por la administración las ventas, que no haya saltos ni discrepancias cronológicas)
  • la fecha de expedición
  • el nombre y apellidos, razón o denominación social completa, tanto del obligado a expedir factura como del destinatario de las operaciones.
  • el NIF del obligado a expedir la factura
  • el domicilio, tanto del obligado a expedir factura como del que la recibe
  • la descripción pormenorizada de las labores comercializadas (por cada labor: clase de labor)
  • el precio unitario
  • el número de unidades
  • la contraprestación total

Es decir, un vendí es un documento que contiene todas las características de una factura (excepto el desglose del IVA) por lo que el reglamento utiliza la expresión “vendí o factura” asumiendo que ambos son correctos a los efectos que nos ocupan. Si un albarán sigue los requisitos indicados, también podrá hacer las veces de vendí.

¿Para qué sirve un vendí?

El tabaco es un producto estancado. En España, uno no puede pasearse con tabaco que supere los ya conocidos 800 cigarrillos, 200 cigarros puros, 400 cigarritos, o 1 kilo de las demás labores de tabaco.

Cuando se supera ese límite, para circular o simplemente tener legalmente ese tabaco, es necesario un documento de circulación y tenencia que le explique a la autoridad de donde y cuando ha salido. Esa es la función tradicional del vendí en el sistema de monopolio de tabaco.

“Los productos contenidos en las máquinas expendedoras o expuestos para la venta en el punto de venta con recargo, unida a la posesión del correspondiente vendí o factura con antigüedad no superior a quince días, acreditará la procedencia del producto de la expendeduría oficialmente asignada para el suministro y su no procedencia en el caso contrario.”

Quince días parecen actualmente un tiempo demasiado corto teniendo en cuenta el movimiento de las máquinas en el segundo canal y los actuales hábitos de suministro y de consumo. Las labores que llevan en la máquina más de 15 días, con la ley en la mano, ya no estarían amparadas por el vendí pero nadie parece preocuparse demasiado por ello.

Finalmente, en relación con el vendí se nos indica que el Comisionado para el Mercado de Tabacos establecerá los modelos oficiales de vendís cosa que no ha hecho ni parece que llegue a hacer.

 

El 80 % de estancos cree que el paquete neutro impactará en las ventas

Descubre por qué el paquete neutro tiene en alerta al 80 % de los estancos después de que el Gobierno quiera implantarlo de forma urgente

El Gobierno español acaba de soltar que su intención es implantar el paquete neutro —o genérico— así, sin más. «Sin más» significa aquí que será de forma urgente y por decreto, es decir, sin diálogo ni debate parlamentario, sino «porque yo lo digo».

El paquete neutro —esto también hay que saberlo— no es una obligación impuesta por la Directiva europea, no. Eso lo deja en manos de cada estado, que tiene libertad para decidir si lo implanta o no. En la UE, la mayoría no lo ha hecho. ¿Por qué? Porque el alcance de una medida así requiere saber muy bien lo que puede desencadenar. El mercado negro florece, y los viajes a fronteras, también.

Luego está la fuga a otros tipos de consumo, porque resulta que ahora el enemigo es el vapeo. Menos fumadores, más vapers.

Hemos preguntado la opinión a los estanqueros españoles y estas han sido las respuestas. La encuesta ha estado disponible durante el mes de abril de 2023 en nuestro portal de Infoestancos.

▪ Encuesta: «¿Crees que con la llegada del paquete genérico tus ventas lo van a notar?»

Así lo cree la gran mayoría de estancos de España —casi el 80 %—, pero no porque la gente vaya a dejar de fumar. Perciben que la medida tendrá un gran impacto sobre el negocio estanquero —«Me vendo el estanco» (8,64 %)  y «Sí, seguro. Otra vuelta de tuerca» (70,95 %). Pocas veces hemos observado tanta unidad de criterio en una encuesta de Infoestancos.

Cabe destacar, también, el 20 % de estancos que lo afronta con más optimismo y opina que «no, el fumador no dejará de fumar» (17,66 %) o que aprecia que las ventas van a disminuir, pero que se puede remediar con otros recursos —«Sí, pero lo compensaremos con la venta de otros productos» (2,75 %).

Nuestro mensaje para el Estado es, ya que no habrá diálogo con la industria, que tenga muy en cuenta estas opiniones. Al fin y al cabo, ¿quiénes son los expertos?

 

Convocatoria de elecciones: Salvados por la campana

Hoy analizamos cómo puede afectar la convocatoria de elecciones generales previstas para julio al mundo del tabaco y sus normativas pendientes

El Gobierno ha convocado elecciones para el 23 de Julio. Se acabó la legislatura. Se acabó el tiempo. Venía la nueva ley del Mercado de Tabacos, se anunciaba una y otra vez la prohibición de fumar en terrazas y determinadas zonas al aire libre, ya amenazaba el paquete genérico y la prohibición de sabores en los vapers, se estudiaba y estudiaba esto del CBD… ¡CAMPANA Y SE ACABÓ!

Todo lo dicho, anunciado y estudiado, los calendarios y previsiones legislativas, las advertencias, las buenas, y malas, intenciones legislativas… todo ha quedado finalmente en nada.

No es que nos sorprenda. Los anuncios de prensa siempre han sido mucho más rápidos, contundentes y sencillitos que currarse una ley. Sale un ministro, suelta la frase que le han escrito, se hace la foto, consigue portada y ya estuvo. Eso no conoce, ni conocerá, colores políticos…

No es que lo lamentemos. El sector puede estar contento. Por lo que respecta a los operadores y a la comercialización del tabaco existe una plegaria única: Virgencita… virgencita… que me quede como estoy…

La mayoría de lo que venía eran mayores restricciones a la venta, al consumo, a la publicidad e imagen. Lógicamente. Otra vuelta de tuerca. Se perdieron por el camino pero ya llegarán.

La lástima es que vemos pasar otra legislatura sin regular el CBD, que si no se pone orden al actual desmadre del vapeo la cosa acabará mal, que la shisha seguirá en terreno incierto y pantanoso. En resumen, que la venta descontrolada de productos sensibles, afectando a la salud pública, no es buena para los operadores serios del mercado. No lo es.

Elecciones a finales de julio. Como la convocatoria de las subastas. Creamos tendencia. Pactos, conversaciones, consultas con el Rey, formación del nuevo gobierno, jura de cargos, toma de posesión ministros… toda la película. Va a pasar bastante tiempo antes de que en Sanidad y Hacienda abran de nuevo esas carpetas. Y según cómo, ya no serán de la misma opinión. Quizá no serán los mismos. Quizá deciden estudiarlo de nuevo. Aquí estudiamos mucho y por mucho tiempo…

Si se trata de ir ganando meses, es una gran noticia. Porque la cosa ya se nos venía encima…

¡Y virgencita! Otra vez… Salvados por la campana

 

Daniel Cuevas asume la dirección general de PMI en España

En su nuevo cargo, efectivo a partir del 1 de junio, Cuevas toma el relevo a Enrique Jiménez, quien tras cinco años liderando el clúster en el mercado español y portugués asume la dirección general en Kazajistán y Asia Central. El objetivo encomendado al nuevo director de PMI en España es impulsar la transformación de la compañía hacia productos con menor riesgo de daño.

PMI ha designado Daniel Cuevas para que asuma la dirección general del clúster de la compañía en España, Portugal y Andorra, con la misión de ‘acelerar la transición’ de la compañía hacia un modelo de negocio centrado en alternativas innovadoras y generar, así, ‘un impacto altamente positivo para toda la cadena de valor del tabaco’.

Daniel Cuevas viene avalado por los resultados que ha cosechado durante los últimos años en Italia y Rumanía contribuyendo al cambio de modelo, un currículum imprescindible para dar continuidad al legado de Enrique Jiménez, quien ha conseguido en estos cinco años consolidar la expansión de IQOS en España y Portugal. Cuevas acusa una vasta trayectoria en la compañía que se inició en el año 2000. Desde 2014, su contribución se ha centrado en la transformación hacia productos libres de humo.

En Infoestancos aprovechamos esta ocasión para felicitar al nuevo director general de PMI España, Daniel Cuevas, y trasmitirle nuestra más cordial bienvenida. Y también para desear a Enrique Jiménez, el mejor de los éxitos en su nuevo cargo.

** PMI ha invertido, desde 2008, la friolera de 10.500 millones de dólares en el desarrollo, la fundamentación científica y la comercialización de productos innovadores sin humo para adultos. Desarrolla una cartera a largo plazo que incluya productos más allá del sector del tabaco y la nicotina.**

Aviso del Comisionado: publicidad en redes sociales

Es de agradecer que antes de empezar a sancionar, emitan este recordatorio. Todo el mundo a revisar sus rrss, ¡cualquiera te puede denunciar!

Es pública y conocida la prohibición total de publicidad del tabaco. En prensa, en televisión, en radio, en pancartas en la calle, en revistas, en internet, en webs, en las redes sociales… en todos lados.

No creo que pueda alegarse desconocimiento al respecto. La única excepción a la publicidad de productos y marcas del tabaco son los medios, como INFOESTANCOS, que van dirigidos a los profesionales del sector.

Pero por lo que se ve,  con esto de internet hay gente a la que le parece que es un mundo alternativo no sujeto a la leyes del de verdad. Pasaría que algunos estanqueros en su afán de promocionar el estanco a través de las redes sociales, están incumpliendo la norma y publicitando o promocionando productos y marcas de tabaco. Tanto es así que el Comisonado para el Mercado de Tabacos se ha visto obligado a recordar en una nota informativa (que podéis ver pinchando aquí) que:

.. está expresamente prohibida por la ley cualquier tipo de publicidad o patrocinio de productos o marcas de tabaco en cualquier medio o soporte, incluyendo internet, redes sociales (Instagram, Facebook, Twitter… etc) o medios de la sociedad de la información..”   

Qué dice la normativa

Consultados nuestros abogados de cabecera abogadosestancos.legal nos advierten que esto no es ninguna broma. Se trata de una infracción muy grave. La ley de medidas sanitarias contra el tabaquismo regula esta infracción en el articulo 19.4.

Son infracciones muy graves la publicidad, promoción y patrocinio de los productos del tabaco en todos los medios, incluidos los servicios de la sociedad de la información

Y el articulo 20.1 nos explicita que las sanciones muy graves se sancionan con multas desde 10.001 euros hasta 600.000 euros.

Cuidado.

Porque además, en la nota informativa emitida por el CMT, facilitan las vías para denunciar. No hará falta ni que ellos inviertan tiempo en revisar vuestras redes, cualquiera les puede enviar un pantallazo de la cuenta de vuestro estanco y ya tienen el trabajo hecho…

Comprobad vuestras publicaciones, para no tener que lamentar sanciones evitables…


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Horario de apertura de los estancos en España: ¿Cuál es el límite?

Esta pregunta que nos llega desde Barcelona no tiene la misma respuesta para todos los estancos. El Comisionado para el Mercado de Tabacos solo establece un horario mínimo de apertura. En 2014 se liberalizó el horario de apertura de los estancos. Antes se fijaba un horario mínimo, ahora basta con abrir 8 horas de lunes a viernes y 4 el sábado.

Esta generalización provoca algunos problemas porque no todos los lugares ni todos los estancos funcionan igual y existen pequeñas poblaciones para las que este horario MÍNIMO es demasiado extenso. En estos casos se puede solicitar al Comisionado una reducción, pero el Organismo es muy reticente a darla.

Esto es, repetimos, solo un horario mínimo, el MÁXIMO lo fija el Departamento, Consejería, de Comercio de la Comunidad Autónoma. Dependerá pues, de dónde está ubicado cada estanco.

Hay comunidades que permiten abrir en domingos y festivos y otras que lo permiten solo en determinados domingos señalados (domingos de fiestas o rebajas…) o para algunas actividades como venta de revistas y periódicos, panaderías, platos preparados, flores o para algunas zonas y municipios considerados turísticos..

Es el caso de nuestro consultante de la semana que estando ubicado en Barcelona que debería seguir la normativa local al respecto y si no puede acogerse a alguna de las muchas excepciones ya citadas que la misma contiene deberá respetar el horario máximo (usualmente de 6h-7h a 21h-22h) de Lunes a Sábado.

Distinto sería si estuviere ubicado en otra Comunidad en que existe libertad horaria total, la más conocida es la uniprovincial de Madrid, y podría llegar a abrir las 24 horas si quisiera.

Son dos modelos distintos que podríamos denominar Madrid-Barcelona. El de Madrid opta por dar total libertad a cada establecimiento. El de Barcelona pretende proteger al pequeño comercio autónomo que no opera con dependencia para garantizar el descanso del titular.

Eso sí, en todos sitios el horario deberá estar a la vista del público, incluso cuando el establecimiento está cerrado. Una obligación que muchos establecimientos minoristas no cumplen…

Libre albedrío para chuches y golosinas de nicotina

Las ‘golosinas de nicotina’ son productos en forma de caramelos, dulces, o chucherías diseñadas para liberar nicotina a dosis controladas. Son —o deberían ser— para consumidores adultos, pero su formato llamativo y sabor agradable pueden resultar atractivos para los jóvenes. Algunos, además, pueden adquirirse en cualquier parte aprovechándose de los vacíos legales a su alcance.

Las chucherías de nicotina surgieron inicialmente para ser utilizadas como una alternativa a fumar cigarrillos o como un método de reducción de la dependencia a la nicotina. Proporcionan una forma de administrar nicotina sin la inhalación de humo o la combustión asociada con el tabaco convencional. Pero contienen nicotina. Y la nicotina, como el tabaco, es para adultos, independientemente de su aspecto o forma de consumo.

Existen varios tipos de chucherías de nicotina disponibles en el mercado. Algunos ejemplos comunes incluyen:

Chicles. Se mastican para liberar gradualmente la nicotina en el organismo.

Gominolas de sabores en forma de ositos, tiras, cuadraditos, azucaradas por fuera…, la gama es infinita.

Caramelos que se disuelven lentamente en la boca y liberan nicotina.

Piruletas y chupachups. Funcionan como los caramelos.

Pastillas y pastillas sublinguales. Son pastillas pequeñas que se colocan debajo de la lengua y se disuelven lentamente liberando la nicotina, que se absorbe a través de la mucosa oral.

▪ Vapers —con o sin nicotina— que tienen formas infantiles. Por ejemplo, imitan a un superhéroe o superheroína.

Estos son solo algunos ejemplos de las muchas golosinas de nicotina disponibles en el mercado. La variedad de estos productos puede variar según el país y las regulaciones locales.

En este país, nuestro deber como estancos es —como ha sido siempre— proteger a los menores ante todo lo relacionado con el mundo del tabaco, la nicotina, y el acto de fumar. Desde Infoestancos pedimos al Comisionado para el Mercado de Tabacos que deje ya de mirar hacia otro lado y tome cartas en el asunto. Sin demora.

Madrid, a la cabeza del consumo de tabaco en España

Durante las últimas dos décadas, el consumo de tabaco global ha disminuido. En 2020 había 1.300 millones de consumidores de tabaco en todo el planeta. Un 22,3% de la población mundial según datos publicados la Organización Mundial de la Salud en su cuarto informe sobre tendencias mundiales en el consumo de tabaco (noviembre de 2021).

En España, según cifras recientes del Ministerio de Sanidad, el 22 % de la población —8,6 millones de personas— fuma a diario, y otro 2 % es fumadora ocasional. La prevalencia sigue siendo mayor en hombres que en mujeres, cuya franja de edad predominante se sitúa en 35-44 años y 45-54 respectivamente.

consumo de tabaco españa
Fuente: AECC, epdata

Por regiones, Madrid es la provincia española donde más se fuma. Seguida muy de cerca por Barcelona— y en Lugo, La Rioja y Álava, donde menos. Nos ha llamado la atención que el ranquin de consumo no siempre vaya a la par con el de las ventas oficiales que publica el Comisionado para el Mercado de Tabacos. Un sesgo que, obviamente, no debería darse y cuyo origen hay que buscarlo en el contrabando y las fronteras.

Y tu provincia ¿en qué punto está? Aquí os dejamos este ranquin elaborado por organizaciones españolas a partir de datos de la Encuesta Europea de Salud y la Encuesta Nacional de Salud sobre el consumo de tabaco.

Ranquin provincial de consumo de tabaco

consumo de tabaco españa
Fuente: AECC, epdata

Llegan las sanciones por tráfico de tabaco crudo ¡al fin!

España quiere poner freno al mercado negro de hoja de tabaco con un sistema de control sobre los operadores de tabaco crudo y un régimen de infracciones y sancionador. El objetivo es frenar la fabricación clandestina y el comercio irregular de picaduras.

La ley antifraude fue la primera en dar una definición legal al ‘tabaco crudo’, poniendo fin, de esa manera, a un vacío legal que toleraba impunemente el contrabando de picadura. Prohibió su venta minorista y por internet, y dispuso futuras sanciones y la ampliación del sistema de control. Es lo que, al fin, ya tenemos aquí.

Los estancos, que hemos visto cómo las ventas de picadura se nos iban por la puerta de atrás, somos uno de los grandes beneficiados de la ley y el nuevo reglamento, en vigor desde el mes de abril. El objetivo es regular la posesión y circulación de tabaco crudo, desarrollar normas de control, y el régimen sancionador.


Las infracciones son sancionables únicamente por la vía administrativa —de momento. Para que puedan constituir delito y acceder a la vía penal es necesario modificar previamente la ley del contrabando, que debería recogerlas en su articulado.

Ya están en marcha, eso sí, algunas de las medidas. El Registro de Operadores de Tabaco Crudo —que controla el Comisionado para el Mercado de Tabacos— y la obtención del correspondiente número de operador. Las obligaciones contables que deben cumplir, y otras obligaciones de comunicación aplicables a operadores y transportistas de tabaco crudo. Y finalmente, los documentos de circulación que deben amparar los movimientos de tabaco crudo en territorio español.


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¿Por qué yo pago el canon y el estanquero vecino no?

La semana pasada los estanqueros andaban preocupados por el canon. Mediados de mayo y aún no lo habían recibido. Este año se ha hecho esperar.

El canon concesional de expendedurías es un impuesto que pagan cada año los estanqueros por el «privilegio» de explotar una concesión administrativa del Estado. ¿Todos los estanqueros? No. Todos no.

¿Por qué yo pago el canon y el estanquero vecino no?

El canon lo pagan todos los estancos creados (por concurso público o ahora subasta) transmitidos (intervivos o mortis causa) o que simplemente hayan cambiado de emplazamiento después de la entrada en vigor de la Ley 13/1998.

Por lo tanto, todas las licencias que de un modo u otro se han creado o «movido» o han solicitado modificación de superficie después del 25 de mayo de 1998 están obligadas a pagar un canon concesional.

De esto hace 25 años por lo que la mayoría de los estancos ya han entrado en el canon. Pero cierto es que aun los hay que no.

Evidentemente y a la inversa, serán todos aquellos que siendo estancos creados antes de 1998 no han cambiado de nombre ni de emplazamiento ni solicitado variación de superficie en ninguno momento desde entonces. Tiene su mérito. Esos estancos no se han traspasado, ni vendido ni cedido a hijos, ni se han movido en absoluto. Aquí la inmovilidad tiene premio.

No se les aplica el canon porque su concesión no se ha novado, tampoco cuentan aun los 30 años.

El comisionado entiende que cuando la expendeduría cambia por ejemplo de emplazamiento o se nombra un nuevo titular, hay una novación de la concesión y la nueva concesión entra en la nueva normativa.

Sin novación, hasta ahora, se entiende que se mantiene la antigua norma y no se le aplica la nueva por principio de irretroactividad. Digo hasta ahora, porque el famoso anteproyecto de la nueva ley del mercado de tabaco pretende, de aprobarse algún día con el actual texto, empezar a aplicar canon a todas las expendedurías sin excepción. Cambiaría el criterio de manera legalmente discutible. Pero lo cierto es que después de hacer mucho ruido a finales de 2022, el anteproyecto parece haberse quedado dormido en algún rincón del Ministerio de Hacienda. Dulces sueños.

Técnicamente, el canon se devenga el día 1 de enero de cada año. A nombre de quien sea el titular en esa fecha, aunque se calcula, evidentemente, en base a los premios del ejercicio anterior. Por eso tarda siempre un poco ya que el Comisionado debe recibir los premios de los distribuidores. Normalmente se envía sobre marzo o abril, pero no tienen fecha. Aquí no hay calendario del contribuyente.

El problema estriba en que del mismo modo que no hay calendario, tampoco está previsto que se pueda domiciliar, ni fraccionar, una cosa a la que todos estamos ya acostumbrados para todos los impuestos. Pero ya saben, el comisionado es… diferente.

Documentación imprescindible en el PVR

En todo el año pasado (2022), el Comisionado incoó cerca de 1.776 expedientes al segundo canal, muchos de los cuales eran fácilmente evitables, como la falta de vendí. Es importante comprobar regularmente que nuestros PVR asignados cumplen con los «imprescindibles», ¡saldremos ganando todos!

  • Autorización de venta con recargo. El documento original de la autorización concedida por el Comisionado para el Mercado de Tabacos. Por supuesto, debe ser correcta: estar en vigor (ojo con la caducidad) y corresponder a la máquina expendedora en cuestión —y no a otra distinta. Debe fijarse en un panel visible de la máquina bajo una protección transparente.
  • Tarifas oficiales de precios con recargo. Exhibir en lugar visible los precios oficiales de venta con recargoes otro  imprescindible en el PVR. Estos precios son fijos y se publican periódicamente en el Boletín Oficial del Estado (BOE), como sucede con los estancos.
  • Vendí y factura del tabaco. La factura y el vendí amparan la circulación de las labores de tabaco entre el estanco y el punto de venta con recargo.
    • Vendí. El PVR debe conservar los del último año.
    • Factura. No sustituye al vendí. Las facturas solo avalan la posesión legal de las labores si tienen una antigüedad máxima de 15 días.
  • Contrato de compraventa, depósito, o alquiler de la máquina. Si llega una inspección, debemos estar preparados para acreditar la titularidad de la máquina —aunque es poco probable que lo soliciten, puesto que ya disponen de dicha información. Pero sí que solicitarán que mostremos el contrato de alquiler o las facturas emitidas para cobrar cada alquiler en cuestión.
  • Comunicado de mandatarios. Documentación acreditativa de la persona mandataria, si fuera el caso. Es decir, cuando de forma excepcional las personas autorizadas no puedan llevar a cabo el abastecimiento de las labores a los PVR, tanto el expendedor como el autorizado para la venta con recargo podrán valerse de mandatarios para el transporte, apoderados expresamente por escrito (que se habrá comunicado al Comisionado).
  • Cartelería expuesta imprescindible en el PVR:
    • Cartel de prohibida la venta a menores de 18 años.
    • Cartel de prohibición de fumar.
    • Advertencia sanitaria clara y visible en la superficie frontal de la máquina sobre los perjuicios para la salud derivados de fumar (puede variar entre comunidades).
    • Aviso de zona vídeovigilada si hay cámaras.
    • Que hay hojas de reclamación a disposición del cliente.
    • Cartelería sectorial y propia de cada comunidad autónoma.
    • Municipal. Licencias y permisos.
  • Sin pegatinas en la máquina. La máquina no puede exhibir ningún elemento de promoción o publicidad. Ni pegatinas, ni carteles de fabricantes, ni lucecitas, ni nada que pueda sugerir ni remotamente que se rompe el principio de neutralidad.
  • Otra documentación imprescindible en el PVR que nos pueden exigir:
    •  Factura de la prevención de riesgos laborales anual e informe de la empresa de prevención.
    • Última factura de la revisión de los extintores.
    • Comercial: hay que tener hojas de reclamación a disposición del cliente.
    • Laboral: contratos de trabajo y hojas de control horario de los trabajadores (o fichaje digital), entre otros.

Esperamos que esta breve guía orientativa os sea de utilidad. Y recordad que hay que tener en cuenta también la normativa de cada comunidad autónoma y municipio, y la normativa sectorial (tributaria, sanidad, medio ambiente, etc.).

Canon disponible el próximo martes 23

El Comisionado para el Mercado de Tabacos acaba de anunciar que ya es hora de pagar el canon 2023 y nos cuenta cómo y cuándo hacerlo. La gran novedad es que no hay novedad.

Si lo llegamos a saber, lo publicamos antes..  El pasado día 16 publicábamos la queja de algunos expendedores… y parece que la cosa ha causado efecto.. ¿o será mera coincidencia? Bromas aparte. El Comisionado ha anunciado que a partir del día 23 de mayo de 2023 colgarán el canon en la Carpeta Ciudadana.

Hay que empezar a acostumbrarse a descargar los documentos. Es la forma más segura de que no se nos pase. Los que no se lo descarguen, lo recibirán por correo postal pasado un mes, pero aquí es donde se pierden las cosas y se nos acaba pasando el plazo. Para descargarlo necesitaréis el certificado digital. Esta va a ser una herramienta imprescindible muy pronto. La cosa va a ir por aquí. No hay otra. La comunicación digital con el Organismo va a imponerse como forma única más pronto que tarde. Hay que ponerse las pilas.

Podéis acceder a la carpeta ciudadana pinchando aquí y a partir del martes 23 encontraréis vuestro canon 2023

Y ¿qué plazo tengo para pagarlo?

Aquí hay que andar listos porque se aplica la regla general. Si la notificación se recibe entre los días 16 y el día último del mes, podemos pagarlo hasta el día cinco del segundo mes posterior. Eso quiere decir que si lo descargamos el primer día 23 de mayo, tendremos para pagar hasta el 5 de julio. Pero si la notificación se recibe entre los días 1-15 se puede pagar hasta el día 20 del mes posterior; por lo que si por ejemplo lo descargamos el 10 de junio, tendremos hasta el 20 de julio… hay que hacer cuentas porque como siempre, sigue si poder fraccionarse.

Formas de pago

En cuanto a las formas de pago, la gran novedad es que no hay novedad. El pago telemático quedó aprobado y publicado en el BOE del pasado 16 de febrero. Se detallaba todo el procedimiento que permitiría realizar el pago del canon —y de otras tasas del estanco— mediante la plataforma de pagos de Hacienda. Pero la plataforma aún no está lista para el trámite.

Así que el pago se podrá efectuar presencialmente a través de las sucursales bancarias de las entidades colaboradoras que podéis consultar aquí.

Canon

¿Qué gastos del estanco son deducibles en la renta?

En un estanco, los gastos deducibles son los propios de cualquier actividad económica, sin distinción por razón del monopolio, y que la ley define de forma bastante exigua: son deducibles todos aquellos gastos directamente afectos a la actividad empresarial o profesional. El mensaje es claro, pero no preciso, así que vamos a analizar cómo puede aplicarse al negocio estanquero.

▪ ¿Qué gastos podríamos considerar ‘necesarios’ para la actividad de un estanco? Es la primera pregunta que nos formulamos y que nuestros expertos legales aclaran: «aquellos que no tendríamos si no tuviéramos el estanco». Es la premisa básica, pero no la única, porque hay que cumplir, además, con ciertos requisitos:

  1. Estar vinculado a la actividad económica [del estanco], como hemos indicado.
  2. Estar convenientemente justificados con sus correspondientes facturas o soporte documental. En ocasiones pueden valer recibos o facturas simplificadas, siempre que aparezcan todos los datos fiscales. Pero en general, los tickets o facturas simplificadas no son deducibles. Es importante pedir factura en restaurantes, gasolineras, o supermercados si el gasto guarda relación con el estanco.
  3. Debe estar debidamente registrado en los libros de gastos e inversiones.

¿Qué entendemos por ‘deducible’? Un gasto contabilizado como deducible significa que restará de los ingresos. Nuestra base imponible disminuirá, porqué habremos ganado menos, y pagaremos, pues, menos impuestos.

▪ Top-10 de gastos deducibles en la declaración de renta

Consumos de explotación. Todas las compras de mercancía para la venta (como el tabaco) y de consumo propio (un cajón de cobro, por ejemplo). Otro motivo más para tener siempre controladas las facturas de Logista.

Sueldos y salarios. Sueldos y pagas extras, y también dietas y asignaciones por gastos de viaje, y retribuciones en especie.

Otros gastos del personal. Lo son las cuotas a la Seguridad Social de nuestros empleados, de un familiar ayudante, y la nuestra como trabajadores autónomos; los gastos de formación del personal, las indemnizaciones por despido, y los finiquitos.

Arrendamientos y cánones. Alquiler de bienes muebles e inmuebles: el local, las máquinas, un almacén… Hay que guardar el recibo.

Reparaciones y conservación. Mantenimiento de las máquinas y el local, pero no las mejoras y ampliaciones, que se amortizan.

Servicios profesionales independientes. Como los satisfechos a economistas o por servicios de abogacía, auditoría, o notariales.

Otros servicios externos. Es un pequeño cajón de sastre que no puede superar el 1 % de la cifra de negocios neta del período impositivo e incluye gastos de transporte, primas de seguros, servicios bancarios y similares, o publicidad y márqueting.

Tributos fiscalmente deducibles. Aquí es donde podemos deducirnos el canon concesional. También la tasa de residuos y el IBI si el local es en propiedad. Además de otros tributos, recargos, tasas y contribuciones.

Gastos financieros. Los intereses abonados para financiar las compras —como la saca— también son deducibles.

Amortizaciones. La depreciación de los elementos del negocio estanquero por funcionamiento, uso, disfrute u obsolescencia, empezando por la compra del propio negocio como fondo de comercio.

La lista no es exhaustiva, y hay otro tipo de gastos más conflictivos por la dificultad de demostrar su relación con el negocio, que recae —por supuesto— en el declarante: teléfono móvil, gasolina, gastos del vehículo…

La novedad para 2023 se centra en la obligación de separar y detallar mejor los ingresos y los gastos en el formulario de declaración de la renta. Para tenernos más controlados.

El canon que no llega

Esta semana una pregunta muy repetida que nos llega de Barcelona, Oviedo, Alicante y Guadalajara entre otros lugares… Los estanqueros andan preocupados porque aún no han recibido el canon concesional que pagan cada año por el «privilegio» de explotar una concesión administrativa del Estado. La respuesta es sencilla; no lo han recibido porque el Comisionado aún no lo ha enviado.

Atención, recordamos que el Comisionado actualmente «envía» el canon a la carpeta ciudadana es decir, que hay que descargárselo digitalmente. En teoría, a todos aquellos que no se lo descargan, se les envía luego en papel pero este envío, en carta certificada, siempre genera problemas de recepción y más de uno acaba pagándolo con recargo. El canon impagado se envía a Hacienda que lo pone en vía ejecutiva así que, con la capacidad de embargo de la AEAT, nadie se escapa.

Pero ¿por qué yo pago el canon y el estanquero vecino no?

El canon lo pagan todos los estancos creados (por concurso público o ahora subasta) transmitidos (intervivos o mortis causa) o que simplemente hayan cambiado de emplazamiento o hecho obras, después de la entrada en vigor de la Ley 13/1998.

Por lo tanto, todas las licencias que de un modo u otro se han creado o «movido» después del 25 de mayo de 1998 están obligadas a pagar un canon concesional. De esto hace 25 años por lo que la mayoría de los estancos ya han entrado en el canon.

Pero aun los hay que no. Los que no han cambiado de nombre ni de emplazamiento desde 1998. Su concesión no se ha novado, tampoco cuentan aun los 30 años, y no pagan por principio de irretroactividad.

El canon se devenga el día 1 de enero de cada año. A nombre de quien sea el titular en esa fecha. Aunque se calcula, evidentemente, en base a los premios del ejercicio anterior. Por eso tarda siempre un poco ya que el Comisionado debe recibir los premios de los distribuidores. Normalmente se envía sobre marzo o abril pero no tienen fecha. En eso estamos.

El problema estriba en que del mismo modo que no hay calendario, tampoco está previsto que se pueda domiciliar, ni fraccionar, una cosa a la todos estamos ya acostumbrados para todos los impuestos. Pero ya saben, el comisionado es… diferente.

Documentación que no puede faltar en el estanco

¿Sabes qué documentos te pueden pedir en una inspección? ¿Los tienes todos a mano, actualizados, y visibles? Hemos elaborado una relación orientativa de la documentación que siempre hay que tener a mano en el estanco… ¡Y que no te pillen desprevenido!

  • Título de la concesión. El documento de la concesión original, expuesto en un lugar visible en el interior del estanco.
  • Precios de las labores. Actualizados y consultables en lugar visible. Se pueden utilizar sistemas de código QR para simplificar esta tarea, cada vez más laboriosa debido al creciente número de referencias, podéis descargarlo aquí.
  • Las declaraciones responsables. Las de todos los otros productos que se comercialicen en el estanco. No es necesario si la expendeduría es complementaria.
  • Autorizaciones de nuestros PVR. Localizables y en vigor. Ojo con la caducidad.
  • Facturas al segundo canal, otra documentación en el estanco imprescindible
  • Cartelería propia del estanco:
    • Cartel de prohibida la venta a menores de 18 años.
    • Cartel de prohibición de fumar en el estanco.
  • Cartelería comercial, sectorial, y propia de la comunidad autónoma:
    • Cartel de:
      • Que hay hojas de reclamación a disposición del cliente.
      • Medidas de ahorro energético obligatorias (hasta octubre de 2023).
      • Horario comercial bien visible.
      • Aviso de zona vídeovigilada si hay cámaras.

  • Rotulación exterior. Rótulo identificativo reglamentario y sin ningún elemento de promoción o publicidad. Ni pegatinas, ni rótulos de fabricantes, ni lucecitas, ni nada que pueda sugerir ni remotamente que se rompe el principio de neutralidad.
  • Otra documentación en el estanco que nos pueden exigir:
    • Comercial: hay que tener hojas de reclamación a disposición del cliente.
    • De índole laboral: contratos de trabajo, etc.
    • Municipal. Licencias y permisos, particularmente si el estanco está ubicado en un lugar histórico, protegido, o con normativa especial.
  • Exponer en lugar visible cualquier otro comunicado, rótulo o cartel que establezca el Comisionado para el Mercado de Tabacos.

Esperamos que esta recopilación os sea de utilidad. Y no olvidéis que hay que tener en cuenta, asimismo, las particularidades de cada comunidad autónoma y municipio, y la normativa sectorial.

El CBD. ¿De dónde venimos y a dónde vamos?

El CBD o cannabidiol es un compuesto presente en la planta del cannabis. Aunque muchos periodistas lo usan como sinónimo —no sabemos si por ignorancia o por mala fe— no estamos hablando de marihuana. Justamente la gracia del CBD está en que no tiene componente psicoactivo, el THC, o tiene tan poquito que no sirve para drogarse. Pero la regulación del CBD y la legalización de la marihuana parecen seguir caminos paralelos, y como todo sale de la misma planta, es normal confundirse.

El CBD ha ganado popularidad en los últimos años por sus posibles beneficios sobre la salud. De hecho, ya es habitual encontrar en las farmacias españolas pomadas y pastillas que lo contienen. Pero en la Unión Europea —que como veremos es nuestro marco real de referencia, legalmente hablando— el estatus legal del CBD es complejo y varía según el país y la región. En general, la mayoría de países de la UE autorizan su uso, con ciertas restricciones. Algunos exigen receta médica, mientras que otros permiten la venta de productos de CBD siempre y cuando contengan menos del 0,2 % de THC, el componente psicoactivo.

En España, el estatus legal del CBD continua siendo objeto de controversia. Las autoridades han intensificado sus esfuerzos para controlar su venta y uso. En 2018, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) intentó prohibir la venta de productos de CBD como suplemento alimenticio, pero los tribunales revocaron su resolución. La Agencia apeló, y la situación sigue siendo incierta.

La base legal para comercializar CBD tiene fundamento europeo

Prohibir la venta de productos de CBD derivados del cáñamo viola el principio de libre circulación de mercancías en la UE, y los productos de CBD no están sujetos a la regulación comunitaria sobre medicamentos. Así lo dictaminó el Tribunal de Justicia de la UE en 2020, una sentencia que acució la presión sobre los estados para regular explícitamente su comercialización.

Francia, en 2021, anunció que comenzaría a permitir su venta con una concentración de THC inferior al 0,2 %, pero la nueva regulación no ha sido bien recibida. En Italia, la venta de productos de CBD como alimento ha sido prohibida recientemente.

La regulación del CBD en la UE está en constante evolución. Es fundamental que consumidores y fabricantes sigan de cerca los cambios en cada país para garantizar que se cumplen los requisitos legales.

El CBD no es marihuana ni un narcótico

Otra sentencia internacional trascendente dictaminó que el CBD no es un narcótico y no está, por tanto, sujeto a la Convención de las Naciones Unidas sobre drogas. Esta es la doctrina que aplican reiteradamente todos los tribunales españoles. El CBD no es marihuana. Por debajo de los límites del 0,2-0,3 %, no puede ser considerado una droga.

Lo que quisieran los estanqueros es una regulación clara y diáfana, pero el Gobierno actual no está por la labor, ni a instancias del Congreso. Se han rechazado dos propuestas de ley y la proposición de ley aprobada sigue perdida en alguna comisión de estudio.

Como todo, llegará. Tarde y mal, pero llegará. Todavía queda mucho por hacer para garantizar que los productos de CBD se regulen de manera justa y segura en todo el continente. A mi entender, cualquier hierba para fumar debidamente legalizada está sujeta a monopolio y sólo podría venderse en estancos. Con control y con impuestos. Como debe ser.

¡Últimos días para opinar sobre la Directiva del Tabaco!

El último sondeo lanzado por la Comisión Europea finaliza el 16 de mayo. ¡Qué no se te escape! Puedes dejar tus comentarios sobre cómo debería ser el nuevo marco legal del tabaco en Europa aquí. La consulta es pública y pueden participar las partes interesadas y también la ciudadanía. Los resultados se utilizarán para revisar la Directiva europea sobre productos de tabaco.

La Comisión Europea tiene abierta una consulta pública para evaluar el marco legislativo de la UE sobre el tabaco y productos relacionados, incluyendo los cigarrillos electrónicos y el tabaco sin combustión. Las aportaciones recibidas hasta el 16 de mayo de 2023 se tendrán en cuenta en el desarrollo y la mejora de la normativa actual.

Se trata de una consulta abierta a todas las partes interesadas, lo que incluye a toda la ciudadanía, a organizaciones de la sociedad civil, empresas, y autoridades públicas. El objetivo es recopilar opiniones y comentarios sobre la efectividad y adecuación de la legislación de la UE sobre el tabaco y sus productos relacionados.

En el cuestionario se cubre un amplio abanico de temas de sumo interés para los estancos, entre ellos: la publicidad y el marketing de los productos de tabaco y relacionados, la regulación de los productos de tabaco sin combustión, la venta y el etiquetado, los espacios sin humo, y el abordaje de los nuevos desafíos que llegan con los productos emergentes.

Se tendrán muy en cuenta las aportaciones y comentarios recibidos, por lo que no hace ni falta decir lo importante que es vuestra participación, ¡imprescindible! Los resultados se publicarán en un informe en la misma web de la consulta que servirá de base para una futura revisión de la Directiva.

 

Cómo mover tu estanco ¿las guarderías cuentan?

Hoy escogemos una consulta que nos llega desde Girona. Jordi quiere hacer un cambio de emplazamiento y nos pregunta diversas cuestiones. Esta consulta me parece muy interesante para todos ya que la normativa aplicable ha cambiado. Por lo tanto, debe tenerse en cuenta que todo lo dicho y escrito antes ya no sirve. La gente tiende a pensar que las respuestas son para siempre, pero en derecho no es así. A los estanqueros que me comentan “pero vd. me dijo que eso era así” tengo que responderles “¿en qué año?”

Las respuestas cambian. Las preguntas son las mismas. ¿Cómo se cambia de emplazamiento? ¿Cómo se cuenta? ¿Qué se consideran centros de enseñanza?

Empiezo…

Los estancos pueden hacer un cambio de ubicación siempre que respeten las limitaciones previstas en el Real Decreto 1199/99, solicitando y obteniendo la debida previa autorización del Comisionado.

¿Y que revisa el Comisionado?

Que se cumplan los requisitos legales.

El requisito más importante es el de cumplir con las distancias mínimas y máximas.

En el cambio de ubicación el nuevo local en que se ubique la expendeduría tendrá que:

  1. Estar a menos a 150 metros del estanco más cercano.
  2. A 150 metros de la escuela más próxima.
  3. La nueva ubicación no podrá alejarse más de 1500 metros respecto de la ubicación original.

Siempre dentro del mismo municipio o en su caso, entidad local menor.

Todas las distancias se miden en distancia lineal desde la publicación de la subasta de estancos.

Todas las mediciones pasaron a ser lineales. También la de los tres más cercanos al PVR.

Excepcionalmente pueden ser autorizados, previo informe del Comité Consultivo, cambios de emplazamiento que, aunque no cumplan los requisitos establecidos, mejoren sus instalaciones y aumenten distancias con respecto a la expendeduría más cercana.

Pero ¿qué son los centros de enseñanza? ¿las guarderías cuentan?

Un estanco no puede ubicarse a menos de 150 metros de un centro de enseñanza. En la actual interpretación del Organismo, a estos efectos únicamente se entiende como tal un centro oficial de enseñanza. De P3 a bachillerato/grados medios. No cuentan guarderías, ni escuelas de macramé, academias de inglés ni universidades o centros para mayores.

“Ser Punto Nickel es una nueva vía de ingresos muy rentable”

Hablamos con Mikel Sáenz, titular del Estanco Mendizabal, en Donosti.

 

  • ¿Qué le llevó a convertir su estanco en un Punto Nickel?

Hace un año, vi en televisión un reportaje sobre todas las oficinas que los bancos están cerrando. Contaban que una de las alternativas que estaba surgiendo era que negocios de barrio, como bares, estancos o establecimientos de lotería, hiciesen de cajero, ofreciendo servicios a modo banco. Es decir, la gente podía ingresar y sacar dinero en las tiendas y establecimientos de toda la vida.

Me llamó mucho la atención, porque, desde hace varios años, el número de fumadores está bajando. Los estancos lo estamos notando mucho porque, aunque no solo vendemos tabaco, es nuestra principal fuente de ingresos. Llevaba tiempo dándole vueltas a cómo podía encontrar otra forma de sacarle partido a mi negocio y hacerlo crecer otra vez. En conclusión, volver a darle vida.

  • ¿Fue muy difícil el proceso de adaptación de su estanco para convertirse en Punto Nickel?

En absoluto, llamé directamente a Nickel por teléfono y el proceso fue muy fácil. No hace falta dedicarle mucho tiempo, tampoco comprar nada ni invertir dinero en adaptar el espacio. Fue totalmente gratis y muy rápido, ellos mismos se encargaron de proporcionar e instalar todo el equipo necesario. Además, me dieron toda la formación necesaria a mí y a mi empleado.

  •  ¿Y qué tal el manejo de la “famosa” Cuenta PRO y la gestión del efectivo?

La verdad es que no es difícil. Hay momentos en que manejamos más efectivo y otros menos, ya que los clientes hacen ingresos y retiradas pero, por lo general, son importes similares.
Respecto a la Cuenta PRO, tardé un poco en pillar su funcionamiento, pero el delegado de Euskadi, Manu, me lo explicó muy bien y, una vez ves la lógica, es muy sencillo. Realmente, el dinero que meto en esa cuenta me sale muy rentable. Desde luego, obtengo mucha más rentabilidad teniendo el dinero en la cuenta PRO que teniéndolo en mi cuenta del banco, que no me da nada.

 

  • ¿Ha cambiado mucho el funcionamiento de su negocio?

El único cambio, que es justo lo que buscaba, es que ahora vienen más clientes y tenemos más ingresos. Normalmente no son clientes habituales que vienen a mi estanco atraídos por este nuevo servicio que ofrezco. Por ejemplo, gente que a lo mejor no fuma (o sí) pero quiere retirar e ingresar dinero, y es muy rentable porque vamos a comisión por operación.

Por lo demás, el negocio sigue siendo el mismo de siempre, los clientes habituales siguen viniendo y, en ese sentido, todo sigue funcionando como siempre. Al final, ser Punto Nickel no me consume mucho tiempo porque el proceso de ingresar y retirar efectivo es muy rápido, no lleva ni un minuto, y eso siempre es interesante.

  • Después de un año, ¿qué diría que es lo mejor y lo peor de convertir su establecimiento en un Punto Nickel?

Lo bueno, como te decía, es que vienen más clientes y esto hace que se ingrese más y mi negocio crezca, y así puedo ofrecer más servicios y ampliar mi oferta. Incluso hay clientes que ya tenían la cuenta Nickel y ahora pueden aprovechar que vienen al estanco para sacar dinero.

Ser Punto Nickel es una nueva vía de ingresos muy rentable. Primero, no he invertido nada y el dinero que pongo en la Cuenta PRO me da una rentabilidad del 0,75% por cada operación de ingreso. Eso sin contar la comisión por retirada de efectivo ni la activación de la cuenta Nickel, que también suman. Te puedo decir que, de un año a otro, mis ingresos han aumentado.

Otra cosa buena es la tranquilidad. La gente puede dejar de fumar o de comprar el periódico, pero siempre va a necesitar sacar dinero en algún momento, o ingresarlo. Eso me da mucha estabilidad para el futuro de mi negocio.

En cuanto a lo malo, no sabría decirte por lo que te comentaba, no quita casi tiempo y no ha cambiado el funcionamiento del negocio. Tampoco te exigen ningún compromiso ni permanencia: si algún día quiero dejar de ser Punto Nickel, lo dejaré de ser sin problemas.

  • ¿Crees que es una alternativa necesaria para los pequeños establecimientos?

No sé si es necesaria, pero ayudar, ayuda sin duda. No sólo a nosotros, como negocios, también a los clientes. Cada vez hay menos cajeros, la gente está harta de tener que trasladarse para hacer algo tan básico como tener dinero en efectivo. Tener un Punto Nickel a la vuelta de la esquina les ayuda mucho. Además, les da tranquilidad que sea yo, que hace muchos años que me conocen, quien les ingrese el dinero y me encargue personalmente, porque saben que les voy a cuidar.

Desgraciadamente, hoy en día lo que se ve es que las ciudades siguen creciendo, las grandes empresas lo controlan casi todo y los negocios del barrio de toda la vida, como el mío, se quedan desamparados. Por ejemplo, en el barrio lo notamos muchísimo con los supermercados, ya no queda casi ninguna tienda de ultramarinos, ni pescaderías. Me da mucha intranquilidad pensar qué puede pasar con mi estanco. Más allá de que sea mi principal fuente de ingresos, es también una cuestión sentimental, llevo muchos años con este negocio. Me alegra ver que hay empresas que nos dan una oportunidad y apuestan por los negocios del barrio.

  • En definitiva, ¿lo recomendarías a otros negocios de barrio?

Claro que sí, y si luego no les funciona por lo que sea y lo quieren dejar, pues ya está. Pero si quieren darle una vuelta a su negocio, yo sí que les recomiendo que lo prueben, seguro que les va a ir bien y no les va a costar nada intentarlo.

Para más información sobre Nickel, escribe a puntodeventa@nickel.eu o llama al teléfono 917 877 118

*Contenido Patrocinado

La revolución de los vapers de un solo uso

Los vapers o ‘pods’ de un solo uso se han convertido en poco tiempo en un fenómeno de alcance mundial. Su aceptación ha crecido tanto, y tan rápido, que han desbancado a rivales tan afianzados como las populares shishas y los ‘mods’. Los hay de mil formas, colores y sabores, con o sin nicotina, infinidad de caladas, ecológicos, y hasta con lucecitas RGB. Pero todo eso ¿es legal?

Dicen que todas las modas vuelven, pero esta ha pillado a muchos de imprevisto. Desde 2021, cada vez más personas usan vapers desechables o de un solo uso. Han crecido en popularidad tan rápido que no atrapamos a nuestros consumidores, que gustan del cambio, y los fabricantes, que lo saben bien, nos inundan con novedades: un nuevo diseño, color, sabor, o característica, como lucecitas, pantallas, o más caladas.

Los vapers o ‘pods’ desechables no son, en realidad, nada nuevo, sino la evolución acelerada de los primeros cigarrillos electrónicos. Aquellos que se disputaban estancos, farmacias, y tiendas de vapeo hace más de una década. Ahora, eso sí, mucho más baratos.

Separando el grano de la paja

La confusión reina alrededor de estos dispositivos. ¿Cómo es posible que los vendan en los pubs y discotecas? ¿Cómo puede ser que tengan 6.000 caladas, si la ley no lo permite? ¿Y los límites de mg/ml de nicotina? Vayamos por pasos. Un vaper — desechable o no— es un ‘dispositivo electrónico de liberación de nicotina’, tal como lo define nuestro RD 579/2017: «un producto, o cualquiera de sus componentes […] que pueda utilizarse para el consumo de vapor que contenga nicotina […] Pueden ser desechables o recargables mediante un envase de recarga y un depósito, o recargables con cartuchos de un solo uso». Para estos productos:

  • El máximo de e-líquido permitido es de 2 ml.
  • El máximo de nicotina permitida es 20 mg/ml (2 %).
  • Las botellas de líquidos de recarga no pueden tener volúmenes superiores a 10 ml.

Entonces: ¿un vaper de 6.000 caladas es legal?

Pues depende. Seguro que alguna vez habréis oído hablar de las supuestas 800-850 caladas máximas por dispositivo o recarga. Pero se trata solo de una leyenda urbana. La ley nada nos dice de caladas, algo muy subjetivo. Otra cosa es que, al ser dispositivos de un solo uso, los 2 ml de e-líquido limitan la cantidad de caladas que nuestro vaper pueda proporcionar, que rondará las 500-600. Si ofrece 6.000, no vamos bien. O puede que sí. Porque si el líquido no contiene nicotina, no queda sujeto a la ley. Y por eso los venden en el súper y en la disco.

¡Nueva regulación a la vista!

Este mes de abril, el Ministerio de Sanidad inició el proceso para actualizar el Real Decreto 579/2017, que regula muchos de los aspectos del vapeo. Aún habrá que esperar un tiempo para ver el primer borrador del nuevo texto legal, pero se avecinan cambios. No nos perdáis la pista.

¿Se pueden vender bolsas de nicotina en el estanco?

Las bolsas o ‘pouches’ de nicotina son la última moda en productos sin humo. De fibras naturales, con sabores, o aromatizadas, se inspiran en el concepto nórdico del tabaco húmedo para inhalar —el rapé—, pero con una gran diferencia: no contienen tabaco.

Los productos de tabaco de uso oral están prohibidos en España, pero no los de uso nasal. En principio. Porque la ley española no considera ‘tabaco oral’ el tabaco de mascar, ni ‘tabaco de uso nasal’ el tabaco para inhalar. Existen, además, sus correspondientes versiones con y sin nicotina, y aún más: las que tienen nicotina, pero no tabaco. Y ahí sí que han dado en el clavo.

¿Qué son las bolsas de nicotina?

Las ‘pouches’ o bolsas de nicotina son, como indica su nombre, unas bolsitas con nicotina fabricadas a partir de fibras naturales —a diferencia del rapé tradicional, que se elabora a partir de tabaco. Se usan de la misma forma: se colocan debajo del labio o de la mejilla, en contacto con la encía, y se va liberando la nicotina, que se absorbe por medio de los tejidos de la boca. Se comercializan en cajas que llevan generalmente entre 15 y 24 pouches o bolsitas, pero cada fabricante es libre de escoger el formato. Como también lo es de establecer sus propios niveles de nicotina.

¿Se pueden vender en el estanco?

La gran diferencia de las bolsas de nicotina con su hermano mayor es que no llevan tabaco y no son, por tanto, «tabaco de uso oral» ni «tabaco de uso nasal» según los define nuestra legislación. Así pues, no pueden considerarse ilegales, pero sí ‘alegales’, porque el RD 579/2017 tampoco dice nada sobre estos productos de nicotina y sin tabaco. Como sucedió con la hoja de tabaco en su momento, se encuentran en tierra de nadie.

El Gobierno decide actuar

Finalmente, ha sido el Ministerio de Sanidad quien ha tomado cartas en el asunto dando inicio al proceso para modificar el Real Decreto 579/2017, que regula varios aspectos de los «productos relacionados» con el tabaco. Uno de los objetivos es actualizar la norma para que las nuevas formas de consumir tabaco y nicotina, como las populares bolsitas, no queden al margen de la ley.

Mientras tanto, lo mejor es ser prudente. Si optáis por vender las bolsitas, no olvidéis enviar vuestro comunicado de comercialización de terceros productos al Comisionado para el Mercado de Tabacos. Raramente recibiréis respuesta, pero en este caso, será bueno. Como dicen los anglosajones: «que no haya noticias es buena señal».


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Un estanco, ¿dos tiendas?

La consulta que hemos elegido esta semana nos llega de Málaga. Julio nos pregunta: Si con una licencia se pueden tener dos tiendas. Parece una pregunta extraña ¿no? Le hemos dado la vuelta…

Un concesionario de una expendeduría de tabaco y timbre puede montar un estanco, una tienda que deberá vender tabaco y timbre al público y al segundo canal que se le asigne, y otros productos y servicios que el Comisionado autorice.

¿Pero puede montar dos tiendas con una sola licencia?

Evidentemente la respuesta es NO pero en toda regla hay una excepción:

Los estancos pueden pedir una extensión transitoria de su expendeduría, es decir, abrir un segundo punto de venta al público (otra tienda) durante un periodo máximo de 4 meses al año para dar servicio a una afluencia temporal de personas en una zona de su propio municipio que no está abastecida por ningún estanco.

La afluencia de público debe ser temporal, si fuera durante todo el año lo que tocaría seria poner un estanco (mediante subasta)

Así el Artículo 34 del Real Decreto 1199/1999 establece:

Uno. Con objeto de posibilitar las ventas, a los precios de tarifa, de las labores de tabaco, timbre del Estado y signos de franqueo, en ferias, exposiciones, congresos y demás lugares de concurrencia masiva carentes de un punto de venta permanente, podrá el Comisionado para el Mercado de Tabacos autorizar a los titulares de expendedurías ubicadas dentro del mismo término municipal o de un término municipal limítrofe que lo soliciten, la instalación de un despacho al público por un período de tiempo no superior para cada expendedor a cuatro meses dentro del año natural.

¿Y que pasa si hay dos estancos en el mismo municipio que piden una extensión temporal?

El Comisionado decidirá a cuál de las dos se lo concede, basándose en cuál de las extensiones queda mejor situada.

Dos. El Comisionado para el Mercado de Tabacos decidirá, para el caso de petición múltiple de extensión transitoria para una misma zona, el lugar concreto de ubicación que sea más adecuado a los efectos de cobertura del servicio público.

Es tradicional que lo soliciten los estancos en municipios turísticos para la zona de la playa, pero se utiliza también para dar servicio a otros lugares con una afluencia de público puntual por ejemplo un festival o una feria o un evento deportivo que tiene una duración de días. En estos casos se denomina habilitación temporal pero es la misma idea.

Cuatro. En el supuesto de que la cobertura provisional del servicio lo sea por un plazo inferior a quince días no será precisa la solicitud de extensión transitoria, pudiéndose conceder por el Comisionado para el Mercado de Tabacos una simple habilitación temporal en las condiciones establecidas en los apartados uno y dos del presente artículo.

La extensión transitoria o habilitación temporal se solicita al Comisionado para el Mercado de Tabacos que valora la necesidad y comprueba los requisitos para la instalación de este (segundo) despacho al público.

Como podéis ver, alguna preguntas que parecen no tener sentido, a veces lo tienen…

Líquidos con y sin nicotina: ¿funcionan igual?

Todos los cigarrillos electrónicos precisan de un líquido para vapear que, al calentarse con la inhalación, formará vapor. El mercado nos ofrece un sinfín de e-líquidos, que existen con diferentes tipos y formatos: de sabores o con gusto a tabaco, con o sin nicotina, recargables, rellenables, de un solo uso, en cartucho, en frasco, de diseño… Tanta variedad y las continuas novedades a veces nos pueden hacer dudar sobre algunos de sus aspectos legales. Os hablamos de ellos a continuación.

Los e-líquidos no son tabaco, pero pueden contener nicotina. ¿Cómo se regulan?

Los cigarrillos electrónicos están catalogados en el RD 579/2017 como un DSLN, un ‘Dispositivo Susceptible de Liberar Nicotina’, por lo que se consideran un producto relacionado con el tabaco. Es importante tenerlo presente, porque hay preceptos legales que afectan a los DSLN en sí y, por tanto, al consumo del e-líquido, aunque no contenga nicotina.

¿Qué límites establece la ley respecto al líquido que contiene la nicotina?

  • Los envases de recarga no pueden tener un volumen superior a 10 ml.
  • En cartuchos de un solo uso y DSLN desechables, el volumen no será superior a 2 ml.
  • No puede contener más de 20 mg/ml de nicotina.

Así, ¿puede una botella de líquido de recarga sin nicotina exceder los 10 ml?

Sí, los líquidos sin nicotina no quedan regulados en el RD 579/2017 y, por tanto, no tienen esa restricción.

¿Los cartuchos y depósitos que no contienen líquido, o que éste sea sin nicotina, quedan exentos de la limitación de 2 ml?

¡No! Tanto los cartuchos —desechables— como los depósitos —recargables— tendrán una capacidad máxima de 2 ml, con nicotina o sin ella.

¿Y los e-cigs que se venden vacíos para ser rellenados por los usuarios?

Las reglas relativas al etiquetado y envasado del RD 579/2017 (art. 30) no se aplican a los dispositivos comercializados vacíos, sólo a:

  • los de un solo uso cargados con líquido que contiene nicotina, y
  • los que son reutilizables y se comercializan cargados con líquido que contiene nicotina.

Por último, no olvidemos que este mes de abril el Gobierno inició los trámites para actualizar la legislación sobre «productos relacionados» con el tabaco, de la que mucho ahora escapan. El Ministerio de Sanidad avanzó que uno de los objetivos de modificar el RD 579/2017 es, precisamente, abordar las nuevas formas de consumir nicotina.

Hacienda se pone seria con los autónomos y Pymes

La digitalización de autónomos y pimes preocupa al Ministerio de Hacienda, y mucho. Por eso nos han incluido en su hoja de ruta de este año. La Agencia Tributaria se queja de que alrededor de 200.000 M€ le han sido ocultados con la doble contabilidad, y va a castigar a los defraudadores con multas que pueden llegar a los 150.000 euros.

Pronto se conocerán las especificaciones técnicas con las que deberá contar nuestro software empresarial para cumplir con las nuevas exigencias de Hacienda. Con ello se dará fin al actual período de tregua desde que se introdujeran, en 2021, los nuevos artículos 29.2 y 201.bis en la Ley General Tributaria. Se prohíbe el uso de sistemas informáticos que manipulen la contabilidad y obliga a autónomos y empresas a tener sistemas de contabilidad que «garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros».

Hasta ahora no ha pasado nada, porque aún no se ha reglamentado. Pero que hayan añadido este eje de control tributario en el Plan Estratégico de la Agencia Tributaria 2020-2023 nos hace sospechar que el reglamento no tardará.

«Se seguirá avanzando en el proyecto de digitalización de autónomos y PYMES para […] facilitar el cumplimiento de sus obligaciones formales […] en un doble plano: el desarrollo reglamentario de la prohibición del software de doble uso para establecer de forma inmediata las condiciones mínimas a cumplir por los sistemas de facturación empresarial  […]».

Multas de 50.000 € a 150.000 € en la Ley Antifraude

Las sanciones que nos pueden caer no son moco de pavo y hay que buscarlas en la Ley Antifraude, la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal. Su nombre lo dice todo. Cualquier autónomo o empresa que no cumpla con la normativa puede ser sancionado con multas de entre 50.000 y 150.000 euros, incluso si el programa no se utiliza (su sola tenencia ya es un fraude).

Toca digitalizar nuestros negocios, no hay vuelta atrás. Hacienda quiere controlar todos y cada uno de nuestros movimientos y no cesará en su empeño. Y nosotros, pues a informarnos con nuestro proveedor tecnológico —Strator, etc.— y ponernos al día.

 

El proyecto de la nueva Ley del Tabaco (II)

En la parte I de este post os informamos que el Estado ya tiene aprobado el proyecto de la nueva Ley del Mercado de Tabacos. La previsión es que tengamos ley antes de seis meses, aunque —importante— hay que tener en cuenta que durante el trámite parlamentario, las enmiendas de los grupos políticos podrían modificar el contenido del redactado.

La idea principal que impulsa esta ley es ampliar el monopolio del tabaco a los cigarrillos electrónicos y otros productos innovadores que han ido apareciendo estos últimos años, un punto muy controvertido que juega a nuestro favor y en nuestra contra simultáneamente. Encontraréis la explicación en este post [parte I], junto a otra información importante sobre el proyecto.

La ley debería haber aprovechado para abordar y resolver algunos de los problemas actuales que tenemos los estancos, como los siguientes:

  • La transparencia. La ley remarca que uno de sus principios es la transparencia. En cambio, a la hora de la verdad, de transparencia muy poca.
  • No regula la publicidad de las concesiones. Como en cualquier otro registro público, la gente debería poder consultar libremente el estado de una concesión: si está embargada, cuántos años le quedan antes de extinguirse, si ha sido transmitida hace menos de cinco años, etc. Salvaguardando los datos personales de la persona concesionaria, esto sería imprescindible para la seguridad jurídica de los adquirientes.
  • Promociones opacas. Tampoco hay transparencia en las promociones. A nuestro entender, el estanco debería poder consultar fácilmente si una promoción es vigente y de qué se trata.
  • Sin jubilación y a subasta. Se reafirma, eso sí, la extinción de la concesión una vez transcurridos los treinta años de explotación. Se establece que, transcurrido dicho período, la licencia tendrá que ir a subasta antes de un año. El proyecto, por tanto, entierra las esperanzas de todos aquellos que creían que el estado alargaría de alguna forma la explotación —al menos hasta la edad de jubilación. No se prevé sistema alguno de renovación y la explotación provisional —hasta que salga la nueva subasta— no podrá superar los doce meses. La subasta se consolida como el sistema de otorgamiento de licencias, ayudada por el gran éxito recaudador obtenido en la primera.
  • El margen. Los actuales márgenes del tabaco y timbre también se consolidarían en el actual proyecto, que ampliaría el 8,5 % hasta los denominados productos relacionados con el tabaco. A pesar del incremento de los costes de explotación y de las evidentes dificultades de algunos estancos, sobretodo de poblaciones pequeñas, parecería que estos márgenes son intocables.
  • El canon concesional. Se pretende reafirmar y aumentar el canon, que se fijaría en un porcentaje único del 1,85 % sobre premios y comisiones. Un hecho que comporta una reducción de facto del premio del 0,157 %. Todo puede cambiar, pero si se aprueba la ley tal y como está en el proyecto, el premio del tabaco quedaría en un 8,343 %.

 

Último día para participar en la consulta de Sanidad. Propuesta para copiar y pegar

Quedan horas para que acabe el plazo para participar en la consulta pública de Sanidad y como algunos nos habéis pedido asesoramiento para enviar vuestras propuestas, intentaremos ponéroslo fácil.

Copiamos y hacemos extensivas a todos nuestros lectores las alegaciones al PAQUETE NEUTRO presentadas por nuestro letrado de referencia Xavier Tamareu (abogadosestancos.legal). No os perdáis una coma. Reír para no llorar. Algunos países de Europa han implementado ya la medida. El más cercano geográfica y culturalmente es posiblemente Francia. El gobierno galo se congratula de la bajada en el consumo de tabaco que esta medida, junto con el considerable aumento en el precio, ha supuesto.

Lo hace en base a los datos de compras de sus estancos, del mismo modo que lo hace el gobierno español. Pero es público y notorio que estos datos son ficticios y no reflejan una bajada real en el consumo si no solamente una bajada en las ventas legales de la red de expendedurías.

Y digo que es público y notorio, también para el gobierno español, porque Hacienda está llenando la frontera francesa de nuevos estancos. Doblando el número de los existentes. Aprovechándose sin pudor alguno de las “exitosas” medidas sanitarias francesas. Todos contentos. La Hacienda española recaudando de millones de fumadores que no le corresponderían y los amigos franceses porque pueden demostrar lo mucho que ha bajado “el consumo” de tabaco (es decir las compras de los estancos) sobre todo en el sur y otras regiones de frontera (francesa). Contentos y engañados porque el electoralismo barato no tiene fronteras. Eso sí que no distingue nacionalidades.

Este tipo de medidas, como la del paquete genérico, se han demostrado totalmente inefectivas para reducir el consumo REAL, pero eso sí, muy efectivas para crear la apariencia de la reducción y venderla a los medios, y los medios al público.

Seguir la estela francesa semanas después de haber más que doblado los estancos en su frontera, aprovechando esas mismas medidas, sería un acto difícil de calificar. Realmente cuesta encontrar un adjetivo. ¡Os animamos a participar! Os recordamos el correo electrónico: prevenciondeltabaquismo@sanidad.gob.es. A veces es difícil expresar ordenadamente lo que uno lleva en la cabeza (y en las tripas) por eso hemos pensado en facilitaros algunas frases y argumentos. Participad. Que al menos podamos decir que miles (y miles) de opiniones no fueron tenidas en cuenta.

BAT vuelve por tercer año reforzando la formación al sector estanquero con el lanzamiento de BAT Staff Academy Master

Tras el éxito de la plataforma online de formación de Staff Academy 2.0 en 2022 que superó los resultados del primer año, BAT sigue apostando por tercer año consecutivo por la plataforma online dirigida a trabajadores del sector. BAT introduce este año Staff Academy Master, la iniciativa que continúa reforzando el compromiso de la compañía por la formación y digitalización del sector.

El objetivo de BAT por conseguir “Un Mañana Mejor” está basado en la innovación y mejoras dentro del sector. BAT apuesta por una formación en la que nuestros clientes, no solo se informen sobre lo último en el sector del tabaco y de las nuevas categorías, sino que aprendan sobre información útil tanto del mercado español como internacional para concienciar a sus consumidores y entender las iniciativas que BAT va desempeñando. Por ello, BAT apuesta por este formato online en el que, de una forma didáctica, pone al alcance de nuestros clientes información de calidad sobre los productos de potencial riesgo reducido y herramientas e información útiles para el estanco, su personal y para ayudar a impulsar sus ventas.

QR BAT Staf AcademyEste 2023, BAT Staff Academy Master reunirá contenidos de interés, novedades, noticias y mucho más, y todo ello vía online a través de la web www.batacademy.es. De esta forma, BAT abarcará contenido de interés dentro de su recinto universitario online, el “Campus BAT”.

El programa está compuesto por cuatro módulos:

    1. Evolución de nuevas categorías: En este primer módulo los usuarios podrán obtener información sobre la evolución de las nuevas categorías en los diferentes mercados, haciendo hincapié en el mercado español y en cómo BAT se ha adaptado a las necesidades del mercado. Esta información les ayudará a impulsar sus ventas y a obtener información de interés sobre el mercado internacional.
    2. Progresa con Vuse: Durante esta fase, los usuarios encontrarán todo lo que necesitan saber sobre la marca número 1 de vapeo a nivel global y las acciones que BAT ejecuta y que convierten a VUSE en una marca neutra en emisiones de carbono.

3. Impulsando vapor: En este tercer módulo, se pone a disposición una actualización de nuestro catálogo incluyendo las últimas novedades que trae BAT en 2023 y más información de interés sobre las campañas que BAT realiza para impulsar la categoría.

4. Master of masters: En este último apartado, habrá contenido general que se ha visto en el pasado para convertirse en todo un “BAT Master”.

*Contenido patrocinado

Vols descobrir les últimes tendències, inspirar-te i connectar amb altres companys del sector? Vine al Gremi’s Day diumenge 7 de maig!

Avui venim amb una proposta irresistible. Com cada any i ja van 4 edicions, el DIUMENGE 7 de MAIG, torna el GREMI’S DAY.

Què és el Gremi’s Day?

Si encara no saps de què es tracta, et diré que és una experiència presencial entre estanquers i marquistes en un ambient distès on descobrir les últimes tendències del sector, inspirar-te i connectar amb altres companys.

 

Enguany se celebra als espectaculars jardins amb vistes al mar del Turó del Sol al Maresme. Un espai increïble per a acollir la trobada. És tipus fira amb estands de les marques més influents del sector que portaran moltes sorpreses per als estanquers/es assistents.

Has estat alguna vegada al Turó del Sol?

Si el coneixes, sobren les paraules. Si encara no has tingut ocasió, diumenge 7 és el dia.

Obriran portes sobre les 10:30h per a què hi hagi temps de visitar tots els expositors presents, per a què et puguis fer un selfie amb La Grossa o un vídeo 360° entre d’altres propostes sorprenents.

Serviran un aperitiu a l’aire lliure sobre les 13h, després es degusta la resta de la proposta gastronòmica al saló Mediterrani i, les copes i els cigars es podran compartir a la zona chill out de l’exterior.

Cartell Gremi'sDay23

 

Si et ve de gust descobrir les últimes novetats del sector, fer contactes valuosos, compartir amb altres companys/es per a saber com innoven i què els funciona i a més, passar una bona estona, ens veiem el proper diumenge 7 de maig al Gremi’s Day.

A Infoestancos hi hem estat a les edicions anteriors i sens dubte, no podem més que recomanar-te l’assistència a l’esdeveniment més esperat de Catalunya. Aquí pots veure el vídeo de l’any passat i fer-te una idea de lo irresistible que és la proposta 😉

No t’ho pensis més, apunta’t-ho al calendari i reserva ja la teva entrada doble per 45 € enviant un whatsapp aquí o un mail aquí.

Ens veiem el dia 7 al Gremi’s Day!


Hoy venimos con una propuesta irresistible. Como cada año y ya van 4 ediciones, el DOMINGO 7 de MAYO, vuelve el GREMI’S DAY.

¿Qué es el Gremi’s Day?

Si todavía no sabes de que se trata, te diré que es una experiencia presencial entre estanquer@s y marquistas en un ambiente distendido donde descubrir las últimas tendencias del sector, inspirarte y conectar con otros compañer@s.

Este año se celebra en los espectaculares jardines con vistas al mar del Turó del Sol en el Maresme. Un espacio increíble para acoger el encuentro. Es tipo feria con estands de las marcas más influyentes del sector que presentarán las últimas novedades para los estanquer@s asistentes.

¿Has estado alguna vez en el Turó del Sol?

Si lo conoces, sobran las palabras. Si todavía no has tenido ocasión, domingo 7 es el día. Abrirán puertas sobre las 10:30h para que haya tiempo de visitar todos los expositores presentes, para que te puedas hacer un selfie con La Grossa o un vídeo 360° entre otras propuestas sorprendentes.

Servirán un aperitivo al aire libre sobre las 13h, después se degusta el resto de la propuesta gastronómica en el salón Mediterráneo y, las copas y los puros se podrán compartir en la zona chill out del exterior.

Si te apetece descubrir las últimas novedades del sector, hacer contactos valiosos, compartir con otros compañeros/se para saber cómo innovan y qué les funciona y además, pasar un buen rato, nos vemos el próximo domingo 7 de mayo en el Gremi’s Day.

En Infoestancos hemos estado en las ediciones anteriores y sin duda, no podemos más que recomendarte la asistencia al acontecimiento más esperado de Cataluña. Aquí puedes ver el video del año pasado y hacerte una idea de lo irresistible que es la propuesta 😉

No te lo pienses más, apúntatelo en el calendario y reserva ya tu entrada doble por 45 € enviando un whatsapp aquí o un mail aquí.

¡Nos vemos el día 7 en el Gremi’s Day!


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El CBD entra en el Congreso… ¿sin los estancos?

La industria del cáñamo ha conseguido, finalmente, abrir las puertas del Congreso de los Diputados con una proposición no de ley para regular el cánnabis. Una amplia mayoría aprobó la propuesta presentada por los partidos Unidas Podemos, ERC, y Bildu, mientras nuestro sector sigue mirando hacia otro lado.

El Gobierno deberá enfrentarse, ahora sí, a la primera propuesta parlamentaria que consigue abrirse camino en España para regular algunos aspectos del cáñamo y el cánnabis no psicoactivo. Era cuestión de tiempo, siempre lo hemos dicho. No se puede navegar eternamente contra viento y marea. Sin ir más lejos, Europa —la nuestra, la comunitaria— ha aumentado este 2023 el umbral del THC hasta el 0,3 %. Ese es el camino.

La proposición no de ley presentada por los grupos parlamentarios Republicano, Bildu, y Confederal de Unidas Podemos, relativa a «promover una regulación del cáñamo con fines industriales y el cánnabis no psicoactivo que proteja a las personas cultivadoras, transformadoras, comercializadoras y usuarias», se debatió ampliamente en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación del 22 de marzo. Nos percatamos de que no se mencionó a los estancos para nada. Normal. Muy normal, puesto que la iniciativa ha sido impulsada por el Cannabis Hub. La industria no pierde el tiempo.

¿Y qué hace mientras tanto el Comisionado para el Mercado de Tabacos para abogar a favor de los suyos, los estancos? Nada. No hace nada. Y no solo eso, sino que además pone trabas con circulares ambiguas e inspecciones sin fundamento. ¿Qué le pasa al Comisionado? ¿acaso está ciego? Ahora que se está tramitando la nueva Ley del tabaco, ¿tiene en cuenta que este producto de hierbas para fumar, tarde o temprano va a hacerse un hueco legal en nuestra sociedad? Como no espabilemos, se nos llevan el negocio, y eso no se lo podemos permitir.

Si os apetece leer todo el debate que hubo en las Cortes Generales sobre la propuesta, aquí os dejamos el enlace (pág. 23)

Ahora es el momento: participa en la consulta del Ministerio de Sanidad. Tienes hasta el día 24

El Gobierno planea prohibir logos en cajetillas y sabores en vapeo, y ahora tienes la oportunidad de hacer oír tu opinión. El Ministerio de Sanidad ha lanzado una consulta pública para recopilar la opinión de la ciudadanía sobre diversos aspectos relacionados con nuestro sector. ¡No pierdas esta oportunidad de participar en la toma de decisiones y hacer que tu voz sea escuchada! Es crucial para evitar una legislación desequilibrada.

¿Por qué deberías participar en la consulta pública de Sanidad?

  • El Gobierno usa el Real Decreto urgente en vez de hacerlo por ley, cerrándose al diálogo con partidos y sociedad. Esto puede generar una legislación desequilibrada, que no cuente con la opinión del sector.
  • El empaquetado genérico es una expropiación de la marca y afecta negativamente a la operativa de estancos, la información al consumidor y a la libre competencia. En otros países donde se ha suprimido la marca de las cajetillas, el contrabando se dispara, mientras que el número de fumadores apenas cambia.
  • Las restricciones al vapeo van en contra de evidencias científicas que apuntan a un menor daño en comparación con el tabaco. Es necesario un enfoque equilibrado para permitir que los consumidores tomen decisiones informadas que les permitan reducir los riesgos para su salud.

participa consulta pública

  • Tu opinión importa: El objetivo de esta consulta pública es recopilar la opinión de la ciudadanía. Tu voz es importante y puede marcar la diferencia.
  • Toma de decisiones: Los resultados de la consulta serán analizados por el Ministerio de Sanidad y se tendrán en cuenta en la toma de decisiones. Participar en esta consulta es una forma de influir en las políticas públicas que afectan al sector.
  • Responsabilidad ciudadana: Participar en la consulta pública es un acto de responsabilidad ciudadana. Como ciudadanos afectados por este Real Decreto, tenemos el deber de contribuir con nuestras opiniones, es importante que todos aportemos nuestro granito de arena.

¿Cómo puedes participar en la consulta pública de Sanidad?

Participar en la consulta pública es muy fácil. Solo tienes que enviar tu opinión a prevenciondeltabaquismo@sanidad.gob.es. Recuerda que solo tienes hasta el próximo lunes 24 de abril.

¡Participa y defiende tus intereses!

Puedes consultar el documento oficial clicando aquí.

¡No pierdas esta oportunidad de hacer oír tu voz! Participa en la consulta pública y haz que tu opinión cuente.


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El Comisionado contraataca

La querella contra el Comisionado para el Mercado de Tabacos anunciada por la Asociación Española de Puntos de Venta con Recargo (AEPVR) ha tenido inmediata respuesta. Hacienda ha publicado un listado con los PVR autorizados en España —casi 125.000—, desmintiendo con ello los datos aportados por la asociación, que situó el parque de expendedoras de tabaco en cifras inferiores achacando la retirada de 60.000 máquinas a las sanciones recibidas.

La Asociación Española de Puntos de Venta con Recargo anunció hace tan solo unas semanas la retirada de 60.000 expendedoras de tabaco como protesta contra la gestión actual del parque y la obligación de subministrarse en uno de los tres estancos más cercanos. También informó sobre una querella interpuesta contra Luis Gavira, actual presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por un presunto delito de prevaricación. El organismo no ha tardado en responder.

El presidente de AEPVR, Daniel López Cañizares, se lamentaba en su comunicado de que «ante la imposibilidad de abastecerse por las multas que se están imponiendo, muchos locales han decidido retirar las máquinas y dejar de vender tabaco; ahora mismo solo quedan 110.000 de las 170.000 que ha llegado a haber». El Comisionado no ha tardado en reaccionar publicando un listado de todos y cada uno de los puntos de venta con recargo. Y resulta que son 125.000. El Comisionado no solo lo dice si no que lo prueba. Palabra de Hacienda.

Cierto que se han perdido muchos miles de PVR en los últimos años (en un periodo largo de años) pero 125.000 es una cifra estimable. Las causas de esta lenta desaparición del segundo canal son probablemente muchas pero la Asociación de PVR centra sus quejas en la excesiva rigidez del la Ley (de vuelta con los tres más cercanos) la falta de rentabilidad (el recargo de 15 céntimos parece tan inamovible como el 8,5%) y las multas…

¿De qué se quejan los PVR?

La indignación de la AEPVR hay que buscarla en las 1.263 sanciones impuestas por el Comisionado para el Mercado de Tabacos a los PVR en 2022 —casi el doble que en el año predecesor— y en los más de 1.700 expedientes sancionadores incoados por la Guardia Civil ese mismo año. ¡Ahí es nada! Todos recordamos la rueda de visitas de los agentes iniciada en diciembre de 2021 a estancos y sus PVR asignados. En nuestro artículo de febrero Hacienda va a por los PVR y dobla las sanciones podéis consultar por qué se les multó.

Esta no es la primera querella de la AEPVR contra el Comisionado, ni contra la industria. En 2017 atizó contra la Unión de Asociaciones de Estanqueros de España y algún que otro marquista de alcurnia. Bien, veamos qué sucede ahora. En Infoestancos seguiremos de cerca la evolución de todo este embrollo y, como siempre, os mantendremos informados.

Aroma King. El lío… y los que vendrán…

El miércoles nos levantamos con la noticia de que la Dirección General de Salud del Ministerio de Sanidad había ordenado la “inmediata retirada, temporal o permanente” de todos los Dispositivos Susceptibles de Liberación de Nicotina (DSLN) de la marca AROMA KING en un oficio enviado a los distintos proveedores de este producto que podéis leer aquí:

Infracción Productos Aroma King

Esta retirada del mercado se ordena por considerar el Ministerio de Sanidad que ha “detectado un incumplimiento” legal en estos dispositivos. No se ha confirmado de que incumplimiento puede tratarse pero diversas fuentes nos han informado que podría deberse al hecho de que el dispositivo (DSNL) en cuestión tendría capacidad para 3ml cuando el límite legal en la cantidad que debe contener es de 2ml. Esperemos poder confirmar la causa de esta actuación de Sanidad en breve.

En todo caso, también se ordena a los proveedores que informen de cuáles son sus clientes. Se les requiere que envíen una relación de todos sus clientes que compran este producto por lo que es de prever que los siguientes en recibir la carta en cuestión sean los estancos (y otros minoristas) que lo comercializan.

Por todo ello los distribuidores han paralizado las ventas de este producto. Y veremos qué pasa con los que ya están en tienda.

Curiosamente nos llegó coincidiendo con la apertura del periodo de consulta pública del proyecto de Real Decreto también del Ministerio de Sanidad que, entre otras cosas, pretende incrementar la regulación, limitaciones y vigilancia sobre todo de este tipo de dispositivos. A nadie escapa que en los últimos tiempos este tema se ha salido de madre y está un poco descontrolado. Los estanqueros deberían tomar nota de estos incidentes. Al final, como pasó con los cigarrillos electrónicos de primera generación, pasa el boom y se quedan los que se quedan.  ¡Ojo avizor!

Sanidad abre la consulta pública sobre el paquete neutro y la nicotina sin tabaco

Bolsitas o ‘pouches’, e-líquidos, mezclas de hierbas… todos ellos sin tabaco, pero con nicotina. No son productos ilegales, pero tampoco están específicamente regulados. Viven en el limbo, esquivando cualquier intento de control y transformándose a la velocidad de la luz.

Los «productos relacionados» —es decir, los que no tienen tabaco— se han convertido en la puerta de atrás para el consumo de nicotina y en el detonante para que el Ministerio de Sanidad haya decidido a actuar con carácter urgente.

El propio Ministerio de Sanidad reconoce que estos productos —con o sin tabaco, con o sin nicotina, que se consumen o no mediante un dispositivo susceptible de liberar nicotina (DSLN)— se han convertido en «un desafío» que les empuja hacia una actualización urgente del Real Decreto 579/2017, que regula determinados aspectos relativos a la fabricación, presentación y comercialización de los productos del tabaco y los productos relacionados.

La prioridad de Sanidad es abordar las carencias normativas para los cigarrillos electrónicos sin nicotina, visto el auge interplanetario de los vapers desechables o de un solo uso, en crecimiento superlativo desde 2021, para sorpresa de todos, industria incluida.

El segundo frente de ataque son los productos a base de hierbas para fumar, que se encuentran en una situación similar, aunque no han perecido de éxito como sus hermanos… todavía.

El paquete neutro o genérico es otro de los objetivos del nuevo texto legal.

También la introducción de nuevas medidas de trazabilidad y seguridad, y la prohibición de ciertos aditivos y componentes que pueden resultar atractivos o llamativos para los jóvenes.

El primer paso para modificar la actual normativa es la consulta pública previa, ya disponible aquí. Permanecerá abierta hasta el 24 de abril de 2023. Puede participar cualquier ciudadano u organización dirigiéndose a prevenciondeltabaquismo@sanidad.gob.es

Desde Infoestancos, nos haremos eco de las iniciativas que propongáis y que nos podéis hacer llegar aquí.

 

¿Qué pasa cuando se llega a la fecha final de la concesión?

Lo prometido es deuda, como decíamos en nuestro anterior artículo ¿Cuanto tiempo le queda a mi concesión?, la próxima es una pregunta que hemos recibido muchas veces ¿qué pasa cuando se acaba el plazo? ¿qué pasa cuando se llega a la fecha? ¿Qué pasará en el 2036? ¿Podremos prorrogar?

La respuesta si nos tenemos a la legislación vigente es sencilla:

La concesión se extingue. La credencial saldrá a subasta y se concederá de nuevo a quien más dinero pague. Mientras no sale a subasta el estanquero sigue gestionándola, explotándola, de manera provisional.

La esperanza de muchos es que ese periodo de provisionalidad pueda durar años. Hace unos meses tuvimos la primera subasta, pero hacía veinte años que el Estado no creaba nuevas licencias y 11 que no convocaba la subasta. Con estos tiempos la provisionalidad podía ser un nuevo plazo.

Pero los señores del Ministerio son astutos y en el proyecto de la nueva Ley del Mercado de Tabacos que sustituirá a la vigente, se dice que se convocará una subasta para antes de que se cumpla un año desde la extinción de la concesión. Es decir que quieren limitar el plazo, de explotación provisional de la licencia tras su finalización, a un año.

Esta ley no está aprobada y ya veremos cual es el texto final que se aprueba y se publica, pero Hacienda ya sabe que allí tiene un agujero y quiere taparlo.

Más fácil de decir, escribir, que de hacer. Cuando vemos que la subasta convocada en Julio de 2022 está nueve meses después pendiente de adjudicación provisional, parece claro que el Comisionado no tiene, en la actualidad, medios humanos y materiales suficientes para convocar una subasta anual que es lo que requeriría la nueva Ley. A partir de 2036 empezarán a finalizar concesiones cada año.

Faltan trece años. Y en trece años la ley puede cambiar varias veces. En su redactado inicial, la Ley preveía 25 años de licencia y que a su vencimiento se convocara un concurso en el que el actual estanquero tendría ventaja. Pero al cabo de siete años, cambiaron de idea. Sumaron 5 más y regularon que una vez finalizados los 30, el estanco iba a subastarse al mejor postor (sin ninguna ventaja para el actual estanquero). Como aun faltan trece años para llegar a la primera extinción de la concesión, es muy posible que vuelvan a cambiarlo.

El sistema de subasta es complicado. Y los adjudicatarios están teniendo muchos problemas para encontrar locales que cumplan las distancias. Los cambios de emplazamiento se han vuelto muy difíciles. Imposibles en según qué ciudades. Los efectos del cambio de medición están siendo muy importantes, en cuanto a estancos y PVRs. Pero esto lo dejamos para la semana próxima…

 

Xavier Tamareu Badimon

abogado 19118

Landewyck ya fabrica sus cigarrillos con energía fotovoltaica

La tabaquera europea Landewyck inauguró en marzo una instalación fotovoltaica de 10.200 m2 en su fábrica de Luxemburgo que producirá dos mil millones de cigarrillos al año exclusivamente con energía solar.

Landewyck se afianza en su apuesta por una economía positiva. La compañía, que ya es el quinto fabricante europeo de tabaco, ha instalado un avanzado sistema de energía solar en su nuevo centro de producción de Luxemburgo. La estructura le permitirá generar anualmente 1.672.000 kWh de energía verde para producir dos mil millones de cigarrillos al año.

La inversión de Landewyck es una muestra más del esfuerzo que lleva realizando la industria tabaquera en pro de la sostenibilidad, el medioambiente, y la responsabilidad social corporativa, arrimando el hombro como el que más. La inauguración oficial, en el mes de marzo, de la instalación en Fridhaff contó con la asistencia de representantes del gobierno luxemburgués, que agradeció a la empresa este «proyecto de energía verde que contribuye a la protección del clima».

España es uno de los tres principales mercados de Landewyck, donde opera con sede propia desde 2012. Austin y Elixyr se encuentran entre las 20 marcas de cigarrillos más vendidas en nuestro país, donde la compañía también ha reforzado referencias como Ducal y ha lanzado con notable éxito las marcas de picadura Maya y Big Ben.

¿El monopolio de la nicotina?

La ley que sustituirá a la que nos ha estado regulando desde 1998 va a entrar en fase de proyecto. Eso quiere decir que pronto empezará el debate en las Cortes para convertirla en Ley.

Como ha venido repitiendo el gobierno, la intención básica de la ley es asimilar al tabaco los cigarrillos electrónicos y los productos innovadores que en los últimos años han suplido o sustituido el consumo del tabaco. Eso quiere decir sujetarlos a monopolio.

Esto supone que los estancos pasen a tener la exclusividad en la venta de estos productos. Aunque se establece un periodo de cinco años en que las tiendas especializadas de cigarrillos electrónicos podrían seguir vendiéndolos. No parece que esa disposición transitoria pueda tener demasiado recorrido. ¿Por qué? Porque la sujeción del producto a monopolio supone, en el actual redactado del proyecto, que su margen pase a ser del 8,5% y su precio regulado vía BOE.

La gran pregunta que se hace el estanquero es si tener la exclusiva va a compensarle económicamente el hecho de que va a venderlos con un margen muy inferior al actual. ¿Cuántos cigarrillos electrónicos más deberá vender para conseguir el mismo beneficio? Actualmente debería vender unos 8 por cada uno de los que vende ahora para hacer tablas. Si se consigue parar la venta por internet, quizás podrían alcanzarse estas cifras pero claro, es mucho más trabajo.

Por otro lado es muy posible que desaparezcan muchos de los proveedores actuales incapaces de cumplir las normas y requisitos del monopolio. Como advierte la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia en su informe que es preceptivo pero no vinculante, la opción de ampliar el monopolio a los vapeadores y otras formas de fumar es problemática.

Por un lado, supone conseguir una serie de objetivos esenciales de salud pública que son difícilmente discutibles. Pasarán a funcionar como el tabaco. Control sanitario, control de su acceso en el sentido de controlar la venta a menores y de restringir los puntos de venta (a los estancos), prohibición de su uso en casi todas partes, sujeción a un impuesto especial que se llevará la mayor tajada del precio…

Pero por otro lado comportará que el precio deje de ser libre y se fije vía BOE, que las empresas fabricantes e importadoras deban adecuarse al sistema administrativo de funcionamiento para publicación de precio y permisos, que estén obligadas a distribuir a través de distribuidores autorizados por el Comisionado (Logista, Comet.. etc) y que se regulen los márgenes legalmente.

Todo esto supone que muchos pequeños y medianos operadores van a desparecer del mercado por no poder afrontar las nuevas obligaciones administrativas o porque ya no sean competitivas por precio o margen.

Un nuevo monopolio de la nicotina es bueno políticamente porque no sólo consolida el sistema de monopolio si no que lo amplia a más productos. Esto sumado a las nuevas licencias por 30 años creadas por la subasta, cierra el debate sobre la abolición del monopolio.

Pero evidentemente, como siempre, esa exclusiva va a ser a cambio de unos márgenes muy reducidos. Este es el sistema. Muchos pensarán que sería mejor venderlos en libre mercado, que sus cajas se resentirán. Otros preferirían la venta exclusiva. Pero no se pueden tener ambas cosas. O lo uno o lo otro. Las asociaciones de expendedores están mayoritariamente a favor de la asimilación de estos productos al tabaco pero sería interesante saber la opinión de los estanqueros…

Como siempre, nos encantará escuchar tu opinión

Estanco de la playa, ¿Por qué mi rótulo está mal?

Hoy elegimos esta consulta que nos llega desde Almería porque, aunque parezca inverosímil, muchos estancos no tienen la rotulación legalmente exigida y no se adecuan a la imagen corporativa de la red de expendedurías.

José tiene un bonito rótulo del que nos envía foto en que pone “ESTANCO DE LA PLAYA” en rojo sobre fondo amarillo. También se puede ver la « que antes era de Tabacalera y se quedó la red, pero no el número de expendeduría. Por lo tanto, el rótulo del estanco no es correcto. ¿Por qué?

Todos los estancos deben tener un rótulo identificativo de los establecimientos de la Red de Expendedurías de Tabaco y Timbre del Estado. En el rótulo del estanco debe aparecer la palabra TABACOS EN AMARILLO CROMO SOBRE EL FONDO ROJO.

¿Qué amarillo? Pantone 136C

¿Qué rojo? Pantone 202 C

¿Qué tipología de letra? EUROSTYLE BOLD

En el rótulo también debe aparecer el número de expendeduría del municipio, o entidad local menor, en el caso de las ordinarias. Las complementarias serán únicas. Generalmente en el rótulo compuesto la palabra tabacos aparece subrayada con el mismo color rojo y en la línea aparece EXP. XX (número de expendeduría del municipio).

También debe incluir el actual distintivo institucional del Monopolio de Tabacos, constituido por una letra T en color rojo sobre fondo de hoja de tabaco en amarillo cromo, en los mismo pantones indicados.

Además de la indicación «Tabacos» también se acepta la de TABACS y TABAKOAK

En Canarias deberá figurar «Timbre», en iguales colores.

Así pues, a José le falla que en lugar de estanco debe poner TABACOS y que no está el número de expendeduría.

Hasta la fecha la revisión de estos errores se produce cuando uno se dirige al Comisionado y con los planos le piden foto del interior y exterior. Sólo entonces el Organismo te va a obligar a adecuarte a la normativa para hacer el trámite que pides. Es por eso que de tanto en tanto se ven rótulos no ajustados a la ley. Hay que pensar no obstante que la imagen corporativa no es solo una obligación legal si no que es en interés comercial de todos sus miembros. Los estancos, como las modernas franquicias, se benefician de esta imagen única que el ciudadano tiene interiorizada. Imagen única igual a imagen de marca.

¿Qué pasa si el ayuntamiento no nos deja poner este tipo de rotulo porque va contra las normas urbanísticas y normativas municipales del paisaje urbano?

La disposición transitoria primera “Distintivo institucional” del Real Decreto 1199/1999 que es la que regula esto que os explico, también prevé esta posibilidad y el distintivo deberá adecuarse a la normativa municipal. Por ejemplo, en muchos municipios existen zonas históricas donde no se pueden poner rótulos tapando la pared. Nos dejarán poner las letras (rojas) recortadas. Del mismo modo la banderola. Pero deberemos acreditar mediante certificado del Ayuntamiento esta normativa restrictiva lo que complica la burocracia.

Evidentemente lo que sería pecado mortal sería tener logotipos o rótulos de fabricantes. Aquí la Ley 13/1998 es muy clara:

Ocho. Las expendedurías no podrán identificarse externamente con elementos propios, logotipos o rótulos de ningún fabricante, marquista, o distribuidor concreto, o de cualquier otro operador en el mercado distinto de las propias expendedurías.

Es una infracción grave:

  1. b) La discriminación por los expendedores en vitrinas o escaparates de productos, marcas o fabricantes, así como la identificación externa mediante logotipos, rótulos o elementos identificativos de fabricantes, marquistas o distribuidores concretos y la publicidad en el exterior del establecimiento de sus marcas o productos.

Te dejamos todos los colores y medidas en este pdf por si puede servirte:

rótulo TABACOS estanco expendeduría

Subasta: listado de ganadores. O casi. Con reflexión incluida

Finalmente este viernes 31 de marzo, el Comisionado publicó la lista de adjudicatarios provisionales. Son los futuros estanqueros. O casi, porque aún les falta pagar.

Ha costado pero ya está aquí. Un viernes antes de la Semana Santa. Como ya anunciamos aquí.

El Organismo regulador tiene una debilidad por las vigilias de fiestas. Lo preveíamos medio en broma pero se ha cumplido. (A ver si tendré poderes…) No es que diga que la intención última del Comisionado sea la de fastidiar las vacaciones a nadie pero es un hecho que la subasta se publica un final de julio, el resultado de la subasta antes de navidad y esta de los adjudicatarios provisionales justo antes de Semana Santa.

Esta lista, para entendernos es la de los que habiendo ganado la subasta han acreditado al organismo cumplir con los requisitos legales que se pedían para ser estanquero.

Ahora todas estas personas de la lista tienen un mes para pagar! Un mes para pagar lo comprometido en su puja. Ni un día más. El 3 de mayo se acaba (el 2 es fiesta en Madrid como es bien sabido)… recordad que los plazos son solo para los administrados. Veremos cuánto tarda el Comisionado a sacar la lista de los adjudicatarios definitivos… una vez toda esta gente haya pasado por caja.

El que no consiga pagar en ese plazo, pierde su opción y la fianza! Y pasa al substituto que para eso están los suplentes esperando, con sus 10.000 euros atrapados. Esperando que se caiga el primero.

Será muy interesante ver cuántos se caen antes de llegar a la meta porque ya llevamos algunas bajas. Antes de este listado ya se publicó el de los que habían desistido o no habían conseguido acreditar documentalmente cumplir los requisitos. Unos cuantos polígonos menos.

Todos estos listados, el de adjudicatarios, el de desistidos…  podéis consultarlos pinchando aquí. Nuestro colaborador BUSCOESTANCO.ES los ha recopilado para todos sus clientes. Ya os avanzo que hay sorpresas interesante y apellidos familiares.

Habrá que estar al quite de cuántos polígonos se quedan sin estanco de los que fueron convocados: Entre los que quedaron desiertos ya en la subasta, los que han desistido y no tenían substituto, y los que al final no alcancen, o decidan no pagar y no tengan reserva…

Porque la verdad es que nadie estaba demasiado seguro de cómo podía funcionar una subasta de estancos. Incluso había dudas de si el invento podía realmente llegar funcionar. Desde que se cambió el sistema en la Ley hace más de un decenio, nadie se había atrevido a convocar una. Y eso ya de por sí, era muy significativo.

Extrañamente, en medio del debate sobre el cambio de la legislación básica del mercado de tabacos, se decidió dar el paso. Suponemos que de no hacerlo alguien podría haber empezado a dudar del sistema. El anteproyecto de la nueva Ley pretende consolidar, reforzar, el sistema de subasta. Pretende crear un procedimiento de subasta que permita llevar a cabo, como mínimo, una cada año. El anteproyecto deja suficientemente clara la idea de Hacienda de que una vez extinguida una de las actuales licencias (por haber llegado a su plazo de 30 años) debería salir a subasta antes de 12 meses, periodo máximo en que se permitiría explotarla vencido el periodo de concesión.

El papel lo aguanta todo. Pero la realidad ya se ve que es otra cosa.

Hacienda quiso asegurarse del éxito de recaudación de la subasta, para vender que el sistema funcionaba, y llenó la frontera francesa de estancos. Han llovido los millones y han conseguido que la prensa generalista y las televisiones se concentrara en el árbol y se olvidara del bosque. Bien jugado.

Pero la realidad es que:

Veremos cómo queda finalmente esta subasta descontando los de frontera que son otra película. Cuántos polígonos van a quedar sin estanco. Porque lo importante es el servicio público ¿no?

Veremos cuándo viene la próxima convocatoria de subasta. El listado de adjudicatarios provisionales ha salido pasados los nueve meses desde la convocatoria de las subastas y los niños asoman la cabeza, pero aún no han nacido. El Comisionado en el mejor de los casos publicará su lista definitiva de adjudicatarios en mayo junio, aunque yo apuesto por julio por lo de la vigilia de vacaciones. Eso querrá decir que se han tirado un año entero en el proceso. A partir de aquí los ganadores tendrán 6 meses para encontrar su local (que ya avanzo que les va acostar con las nuevas reglas de distancias). El proceso es largo…

Con estos ritmos, no veo yo una subasta anual… pero en realidad no tengo poderes…

 

Salto al futuro: INFOESTANCOS 2.0

Infoestancos sigue creciendo. ¡Estrenamos nueva web!

Seguimos y seguimos. ¡Todo gracias a vosotros! Todos los lectores, los verdaderos protagonistas de todo el trabajo. Todos los que no habéis seguido, nos habéis ayudado, leído, informado… Lo dijimos desde el principio: este es el medio profesional independiente de los estanqueros para los estanqueros. Y se ha cumplido.

El objetivo primordial es teneros informados puntualmente de las noticias importantes que ocurren en el sector. ¡Y no es poca cosa!

El estanco como concesión administrativa del Estado vive, sobrevive, amenazado por un montón de normas e interpretaciones a veces incomprensibles. Nuevas restricciones, cambios normativos, vacíos legales, circulares informativas que no se entienden… un galimatías con muchos actores e intereses. El objetivo de Infoestancos es poner luz en toda esa oscuridad, es explicar lo que ocurre en el momento que pasa, que ya hemos comprobado que algunos preferirían que no se supiera, en un lenguaje que se entienda, dar voz a los que nunca la tienen…

Nueva página web

Hemos hecho un largo camino hasta aquí, y hoy nos lanzamos con todo. Estamos orgullosos de presentaros nuestra, vuestra nueva página:

Hemos creado una nueva página para vosotros, con nuevos apartados donde encontraréis las noticias en los nuevos espacios:

ÚLTIMA HORA

Rabiosa actualidad. Para mantenerse informado de todo lo que pasa y de lo que nos espera. Información es poder. Eso lo saben algunos que tienen miedo de que circule, ya os lo digo yo.

 

SIN COMBUSTIÓN

Nuevas categorías, nuevos productos, nuestro futuro y el del sector.

Desde Infoestancos apostamos de manera decidida por la necesidad de transformación hacia la venta de productos menos dañinos para los clientes de nuestros estancos. Será un camino largo y difícil, pero es la única ruta posible hacia el futuro. Hay que caminarla. Y la caminaremos juntos.

 

CONSULTORIO LEGAL

Resolvemos vuestras dudas sobre la normativa y su aplicación.

Semanalmente publicaremos aleatoriamente una de vuestras consultas (si es de interés general, ya que no podemos responder a temas particulares) con la respuesta de nuestros abogados de cabecera, www.abogadosestancos.legal.

Imprescindible estar registrado. Si todavía no lo estás, puedes hacerlo ahora mismo clicando aquí.

 

EL ESTANQUERO OPINA

A través de las encuestas, de vuestras opiniones, extraemos conclusiones que luego intentamos sintetizar y explicar. Con más de 1.500 respuestas, más de un 10% del total de estanqueros (13.000), es una muestra muy amplia, que nos brinda una información directa y sin intermediarios de vuestra opinión sobre lo que pensáis sobre un tema concreto. Damos voz al estanquero.

 

NUESTRAS CIFRAS:

+ DE 3 MILLONES DE PÁGINAS VISITADAS

+ DE 1.000 ARTÍCULOS PUBLICADOS

+ DE 650.000 USUARIOS

+ DE 6.000 envíos por WhatsApp de cada noticia – apertura del 89%

+ DE 7.500 MAILS A LA SEMANA

 

Ascenso imparable

Infoestancos nació en 2016, y desde entonces, no hemos parado de crecer. Lo nuestro fue un amor a primera vista, un flechazo con muchos de vosotros que hoy todavía perdura. Más allá de los fríos números de Google Analytics, lo percibimos sobre todo por el aluvión de mensajes que nos habéis hecho llegar en todos estos años. Muchos son preguntas, inquietudes… felicitaciones por nuestra labor, y también alguna crítica. Siempre bien recibida. Os agradecemos todas estas muestras de implicación, nos hacen mejorar. También queremos agradecer las informaciones y mensajes que nos hacéis llegar desde todos los rincones de la geografía nacional, nos hacen tener el olfato afilado y las orejas tiesas.

Hemos pasado muchas cosas juntos.

Empezamos con un cambio en la Presidencia del Comisionado y en estos ocho años es increíble lo que ha llegado a pasar…

… pasamos juntos el confinamiento, sufrimos las inspecciones masivas, las subidas (¡y bajadas!) de precio, aparecieron los vapeadores y el tabaco calentado, tuvimos ataques más que sospechosos en la página, prohibieron los sabores (y después los filtros con sabores), los paquetes de 20 crecieron y se hicieron cada vez mayores, la shisha se puso de moda, los estafadores telefónicos se cebaron en nuestros dependientes, nos cambiaron las distancias, desesperamos esperando permisos de PVR, nos prorrogaron las fechas de caducidad, nos la liaron con el CBD, todo el mundo empezó a pagar con tarjeta, las máquinas envejecieron, los bancos aún empeoraron menos servicio y cobrando, sufrimos oleadas de robos, prohibieron fumar en muchas playas, nos esforzamos en diversificar, casi perdemos los nervios con la trazabilidad, Hacienda nos puso en plan especial de inspección, se multiplicaron los traspasos, explicamos la primera subasta, los distintos proyectos de ley…

En estos 8 años hemos visto y explicado muchas cosas… Siempre desde el punto de vista del estanquero de pie. Siempre a vuestro lado. Nunca dejamos de informaros. Ni en los peores momentos.

Por último, y no menos importante, no podemos ni queremos olvidarnos de nuestros patrocinadores. Sin ellos, Infoestancos no sería posible. Gracias por confiar en el medio. Sin vuestro apoyo no podríamos informar con la calidad, el rigor y la objetividad que el sector merece.

Gracias a todos por vuestro apoyo.

Millones de gracias.

Seguimos creciendo. Infoestancos 2.0. El futuro ya está aquí.

BAT presenta sus nuevos objetivos de sostenibilidad y RSC

Reducir el impacto sanitario, la excelencia medioambiental, un impacto social positivo, y el buen gobierno empresarial. La estrategia de British American Tobacco coloca la sostenibilidad y la RSC entre sus áreas prioritarias para alcanzar «Un mañana mejor»™.

BAT da un paso un paso más y se avanza a las exigencias venideras en materia de medio ambiente y responsabilidad social corporativa (RSC). La compañía pisa fuerte para mejorar su estrategia de sostenibilidad y la calidad de la información. Y por primera vez ha presentado un informe anual y de RSC combinados. «Porque la sostenibilidad y la RSC tienen un impacto significativo tanto en la sociedad como en el rendimiento de una empresa» —ha declarado Mike Nightingale, director general de Sostenibilidad de BAT.

En su último informe ha anunciado nuevos objetivos, más exigentes: llegar al 30 % de energía renovable en 2025 y al 50 % en 2030. Aumentar en un 25 % la reducción de residuos para 2025. Apostar más por los envases 100 % reutilizables, reciclables, o compostables, más allá del plástico, para 2025. Y el nuevo objetivo de conversión cero de los ecosistemas naturales en su cadena de suministro de tabaco.

▪ Transformación hacia productos multicategoría.

BAT se ha ido transformando durante la última década en un negocio de productos multicategoría destinados a las nuevas generaciones de adultos, con su compromiso de alcanzar «Un mañana mejor»™. Entre estas nuevas categorías hay productos de vapeo, tabaco calentado, y oral (bolsas). Un portafolio consolidado bajo tres marcas: Vuse, Glo, y Velo. En Europa, los ingresos de la compañía procedentes de nuevas categorías aumentaron en 2022 un +43,7 % respecto a 2021, y +73,6 % respecto a 2020.

¿Cuánto tiempo me queda de concesión?

La consulta que hemos elegido para iniciar esta sección nos llega de Alicante. Juan quiere vender su estanco que compró hace siete años…

La duración legal de la concesión administrativa de un estanco es, actualmente, de 30 años, pero muchas ya llevan gastados más de la mitad.

Los 30 años salen de las siguientes cuentas:

  • 25 años que se regularon en la Ley 24/2005 de 18 de noviembre de reformas para el impulso a la productividad, en la que se liberalizaron las transmisiones.
  • 5 años que se concedieron (añadieron) en la Ley 17/2012, de 27 de diciembre de acompañamiento a los presupuestos de 2013 que reguló entre otras cosas la gestión delegada.

En total 30. Ahora bien, ¿Cómo se cuentan?

Simplificando podemos decir que hay dos clases de estancos:

  1. Aquellos estancos en que el último cambio de titular fue antes del 2005:

Estos no han empezado a contar los 30 años de tiempo de concesión. Por principio de irretroactividad no se les puede aplicar la ley 24/2005 que limita la duración de las concesiones, por lo que las suyas siguen siendo indefinidas. Cuando cambien de titular, el nuevo estanquero empezará el cómputo de 30 años de esa licencia. Es lo que se llama novación concesional. Esta claro que estas licencias en el mercado ya van muy buscadas y cada vez lo van a ir más.

  1. Aquellos estancos que se transmitieron, cambiaron de nombre, en algún momento después de la entrada en vigor de la ley 24/2005 empezaron a contar los 30 años desde la fecha de su resolución (del nombramiento del nuevo titular). Dado que una vez que se permitió el cambio de titular (a no familiares) hubo una avalancha de transmisiones que no habían sido formalizadas, hay muchos estancos a los que quedan menos de la mitad de los 30.

Juan, compró su estanco a un titular que lo había recibido de su madre en 1998, por lo tanto, lo recibió con los 30 años de tiempo de concesión intactos. Si ha gastado siete, la licencia que quiere transmitir es de 23 años. Nada mal para los tiempos que corren

Una vez el reloj se pone en marcha ya no va para atrás, cuenta 30 años desde la primera transmisión. Eso quiere decir que quien adquiere (por compra, donación o herencia) uno de estos estancos, lo comprará siempre con lo que le quede de licencia.  ¿Y qué pasa cuando se acaba el plazo? Esa consulta también la hemos recibido formulada de diversas maneras ¿qué pasa cuando se llega a la fecha? ¿Qué pasará en el 2036? ¿Podremos prorrogar? Esto lo dejamos para la semana próxima…

Xavier Tamareu Badimon

abogado 19118

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¿Sigues siendo el estanco más cercano?

Más de un 80 % de los estanqueros cree tener en zona todos sus puntos de venta asignados, aunque no todos lo ven tan claro.

Os lo contamos en enero [aquí]. El Comisionado para el Mercado de Tabacos ha firmado un convenio con el Centro Nacional de Información Geográfica para la geolocalización de expendedurías y PVR. Sobra decir que el objetivo no es otro que tener bien controlados a sus operadores. Además, los criterios de cálculo de distancias cambiaron el pasado verano tras años y años de monotonía. Un cóctel que nos puede dejar en la cuerda floja sin siquiera enterarnos.

Hemos preguntado a los estanqueros españoles su percepción sobre el cumplimiento de esta obligación legal, y estas han sido las respuestas. La encuesta ha estado disponible durante el mes de febrero de 2023 en nuestro portal de Infoestancos.

▪ Encuesta: «¿Crees que eres de los tres estancos más cercanos a todos tus PVR?»

Pues parece que sí. Un 61,47 % de los estancos encuestados se muestra muy seguro de «tenerlos todos en zona», y otro 22,10 % afirma que «sí, aunque no pondría la mano en el fuego». Es decir, más de un 83 % del sector duerme tranquilo. Solo unos pocos dudan sobre su situación (7,98 %) —«A mí nadie me ha dicho nada»— o suministran a sabiendas de correr un riesgo (8,44 %) —«No sé si lo soy, se las buscan todas». ¿Nuestro consejo? Que por más percepción positiva que uno tenga, no hay nada como revisar los documentos y verificar fehacientemente que la corazonada es cierta. Todos los expedientes que se incoaron a expendedurías en 2022 por suministro irregular acabaron en sanción. Si tenéis dudas, seguimos a vuestra disposición en info@infoestancos.es.

La hoja de tabaco, ¿problema solucionado?

El comercio ilegal de hoja de tabaco, que hemos visto cómo iba en aumento, parece que está siendo atajado. Los cambios legislativos y la toma de conciencia sobre el problema parece que empiezan a dar resultado.

A principios de año se aprobó un real decreto que pone orden y control al comercio del tabaco crudo. Es decir, la hoja, que convenientemente secada y triturada, se utiliza para fabricar cigarrillos, entre otros. Este mayor control vino a sumarse a la vigilancia de la venta ilícita de tabaco de liar.

Los argumentos del Gobierno para vigilar estos productos son principalmente dos. El primero, como ya nos podemos imaginar, el económico. Y es que, si esta hoja ilegal o esa picadura se utiliza para fabricar cigarrillos ilegales, estos no pasan por el filtro de los impuestos. Eso es mucho dinero que no llega a las arcas del Estado. Y el segundo, otro argumento clásico del sector: el sanitario. Porque estos cigarrillos fabricados con materia prima clandestina no cumplen —o no se puede saber— con los requisitos sanitarios exigidos.

Pero también se esgrime, y aquí alguien se acuerda del sector, la pérdida que sufren todos los operadores legítimos por el contrabando. Es decir: toda la cadena del tabaco –desde la fabricación hasta la venta–. Todo el tabaco de liar que el estanco deja de vender. ¡A ver si empiezan a venir por tabaco! Ese tabaco crudo o procesado que no pasa por los estancos son ingresos que se pierden. Ventas que se dejan de hacer.

Un contrabando menor, pero real

Desde hace unos años, la venta ilegal de hoja de tabaco ha vivido un fuerte aumento. Probablemente, a raíz de la mayor vigilancia y trazabilidad del producto acabado. Los estanqueros de mostrador saben mejor que nadie de la existencia de ese contrabando. La hoja cruda, tal cual crece en el arbusto, es objeto de venta ilegal. Sea por internet, sea por otras vías.

Todos los estanqueros tienen algún cliente que viene regularmente a comprar boquillas y papel. Sí, es fiel al estanco. Es un cliente. Eso se agradece. Sea una vez a la semana, cada quince días o una vez al mes, acaba haciendo acto de presencia. Pero curiosamente, nunca pide tabaco de liar, sólo los «complementos» externos. ¿Con qué rellena ese papel, entonces? Aire seguro que no fuma…

Pero los cambios legislativos ya están dando frutos. En el último año se han retirado casi 2.000 anuncios de tabaco de liar, colgados en plataformas de compraventa y en redes sociales, entre otros. Este mismo camino es el que seguirán los anuncios de hoja de tabaco, que es cada vez más difícil de encontrar de forma ilegal. Esperemos que los estancos vayan recuperando gradualmente al comprador que necesita el «relleno».

 

Ineficiencia en el Comisionado: vuelven los atascos con los PVR

Quien espera, desespera. Así nos deja el Comisionado para el Mercado de Tabacos con sus ya célebres demoras en la tramitación de los permisos de los PVR. Otra vez.

En las últimas semanas hemos recibido numerosas quejas de estanqueros sobre los días, semanas, que tarda el Comisionado para expedir una autorización o renovación de licencia de PVR —un proceso automatizado que no requiere más esfuerzo que algún que otro click. Y que un funcionario trabaje. Parecería que los permisos se han desintegrado en el ciberespacio. Luego vienen, eso sí, con sus multitas de ruina por «venta sin autorización». Y ojo, que no son pocas ni cobardes: 448 expedientes en 2022—casi el doble que el año anterior— y de 12.000 euros para arriba.

No es de recibo que recaiga en los estancos la mala planificación de Hacienda. Tampoco que un organismo público no cumpla con su deber para con los administrados. Estamos hablando de nuestro pan. Las consecuencias son graves: ni el punto de venta con recargo puede vender, ni el estanco puede suministrar. Y la tasa ya ha sido abonada.

¿No hay nadie que pueda hacer nada al respecto?, ¿asociaciones, uniones, gremios? Esta es una situación a la que no deberíamos acostumbrarnos y no podemos permitir que los retrasos se consoliden.

Recordemos además que la web para consultar el listado de PVR asignados sigue sin funcionar y que la única forma de comprobar las fechas exactas de caducidad (con los 82 días de más por el estado de alarma para los vigentes en marzo de 2020) es vía mail al CMT.

 

El proyecto de la nueva Ley del Tabaco (I)

El Estado ya tiene aprobado su proyecto de la nueva Ley del Mercado de Tabaco y la previsión es que tengamos ley antes de seis meses. Cuando se publique el texto definitivo en el BOE, habrá que memorizarlo de la A a la Z. Ya sabéis que en este sector los errores salen caros y el desconocimiento de la ley no sirve de excusa. Durante el trámite parlamentario, las enmiendas de los grupos políticos podrían modificar el contenido del proyecto, pero no mucho, nos tememos.

La idea principal que impulsa esta ley es ampliar el monopolio del tabaco a los cigarrillos electrónicos y otros productos innovadores que han ido apareciendo estos últimos años. A priori, esto sería una buena noticia, porque comporta la exclusiva de su venta a los estancos —aunque la propia ley prevé una disposición transitoria que permitiría a las actuales tiendas especializadas venderlos también. Ahora bien, esto comporta venderlos a un precio fijado en el BOE, el Boletín Oficial del Estado, y con un margen fijado por ley, como el tabaco, que en el actual redactado sería del 8,5%. Con una rebaja del margen de tal envergadura, las tiendas especializadas difícilmente podrán subsistir los cinco años previstos. Y los estancos tendremos que vender muchísimos más para ganar lo mismo. No se puede tener todo.

Al analizar la ley, lo primero que observamos es que en el apartado de definiciones, los productos que se pretende incluir en el monopolio no están lo suficientemente definidos. No se mencionan los líquidos que contienen nicotina, ni las bolsas, por ejemplo. Parecería más fácil referirse a la nicotina en general. Estos «nuevos» productos a incluir se agrupan bajo la denominación productos relacionados con el tabaco, lo que también nos parece confuso, ya que su peculiaridad es, precisamente, que no llevan tabaco.

El proyecto conserva buena parte del sistema de venta actual: los tres estancos más cercanos a los PVR —ahora medidos linealmente—, permisos, recargos, neutralidad del estanquero, transmisiones y cambios de emplazamiento —también con medidas lineales—, declaración responsable de terceros productos, los treinta años de licencia desde su otorgamiento, etc.

La ley debería haber aprovechado para resolver algunos de los problemas actuales de los estancos, como la transparencia —publicidad de las concesiones, promociones autorizadas y vigentes— y el canon. Pero se mantiene la opacidad. En la parte II de este post os hablaremos muy pronto de ello.

AEAT elimina 2.000 anuncios de venta ilegal de picadura en la red

El acuerdo de entendimiento entre la Mesa del Tabaco y AEAT va dando sus frutos, justo un año después de la entrada en vigor de las nuevas medidas contra el comercio ilícito de tabaco crudo. En 2022 se desactivó más del 90 % del contenido fraudulento de picadura detectado —unos 2.000 anuncios—, publicado mayoritariamente en plataformas de anuncios particulares, redes sociales, y grupos en la red.

La maquinaria industrial y el tabaco crudo se encuentran a la cabeza del comercio ilícito, tras los cigarrillos tradicionales, cuya situación se ha agravado por el auge de las fábricas clandestinas, informa la propia Mesa del Tabaco. Por ello, están dedicando muchos esfuerzos a rastrear la comercialización ilícita de maquinaria industrial relacionada con esta labor.

Nosotros, en Infoestancos, no podemos más que congratularnos y felicitarles por la tarea llevada a cabo. Con cada anuncio desactivado recuperamos algo del tabaco que ha dejado de venderse en nuestros estancos. «En conjunto, las aprehensiones de picadura de liar y hoja de tabaco sumaron más de 579 toneladas entre 2019 y 2022».

Estas acciones forman parte del acuerdo entre AEAT y la Mesa del Tabaco, que informa periódicamente y traslada a las autoridades el detalle de la oferta ilegal. Recordemos que la Mesa del Tabaco es una organización que agrupa al conjunto del sector del tabaco en el Estado español, incluyendo agricultores, fabricantes, mayoristas, y estancos.

 

El futuro del estanco: normativa prevista para 2023

La incertidumbre sigue difuminando el futuro normativo del sector en un año que se presenta de lo más movidito. Planes, borradores y proyectos circulan de una mesa a otra entre los departamentos oficiales esperando el momento oportuno para aterrizar. Contienen nuestro futuro, y no tardarán en ver la luz.

La previsión normativa para 2023 modificará el funcionamiento de los estancos y de toda la industria tabaquera en su conjunto. Los tiros nos vienen de todos lados: de la Unión Europea, del Ministerio de Hacienda, del Ministerio de Sanidad, de los gobiernos autonómicos e, incluso, de los municipios, que serán dotados de más poder sancionador para con el tabaco. Si no falla nada, claro está.

El Ministerio de Sanidad aprobó en 2022 el borrador del Plan de Prevención y Control del Tabaquismo 2021-2025. Ahí está y se le espera pronto. Contiene cambios capitales que os recordamos aquí:

  • El empaquetado genérico.
  • Nuevos espacios sin humo, entre ellos, vehículos privados, terrazas, y playas.
  • Subir la fiscalidad del tabaco.
  • Equiparar la promoción y publicidad del vapeo y e-cigarrillos con la de las labores de tabaco y controlar el acceso a través de redes sociales.
  • Regular el consumo con shishas.
  • Sanciones al alza.

Ministerio de Hacienda

Hacienda, por su lado, está ultimando la nueva Ley del tabaco, ya a las puertas del Congreso y esperada para el mes de julio de 2023. Las medidas que se proponen cambiarán radicalmente la estructura actual del sector y afectarán a muchos otros. Destacamos la posible inclusión en el monopolio de los productos de tabaco relacionados como los vapers, el tabaco para calentar, y los cigarrillos electrónicos, y la posible modificación de los márgenes del estanquero.

La Unión Europea no se queda corta y nos trae una nueva prohibición de sabores y aromas en los productos de tabaco calentado, además de la cada vez más próxima entrada en vigor de la trazabilidad para todos los productos de tabaco.

Finalmente, varias comunidades están legislando la prohibición de fumar en las terrazas de hostelería de su territorio —proyectos que se encuentran actualmente sobre la mesa— y la entrada en vigor de las obligaciones medioambientales para productores está instando a los municipios a prohibir fumar en sus playas.

Ya lo veis, este 2023 viene muy, muy cargado. Como siempre, en Infoestancos os seguiremos manteniendo al día con toda la información.

 

 

El boicot de Sanidad al congreso sobre vapeo

Los organizadores del encuentro sobre la reducción de daños por tabaquismo, «THR Summit Spain 2023», avalado por prestigiosos científicos y médicos vieron como la Universidad Rey Juan Carlos se retiraba como sede tras «un aviso» del Ministerio de Sanidad. El congreso se acabó realizando en formato online.

El concepto de reducción de daños es la nueva batalla del sector. El gobierno no quiere ni oír hablar de reducción de daños o alternativas sin humo, para ellos todo es lo mismo, todo es dañino. Para Sanidad, el tabaco calentado y los vapers son solo otras formas de fumar. Tanto es así que a éstos últimos va a meterlos en el monopolio junto con el tabaco. Y les pondrá también los mismo impuestos especiales y limitaciones de venta. Su idea es la ASIMILACIÓN. Asimilar totalmente estos nuevos productos al tabaco. Una idea respetable y válida, pero ¿le da derecho a censurar las voces científicas discrepantes?

Las declaraciones de los organizadores del congreso describen claramente la situación «En los últimos días se ha producido un incomprensible boicot contra el Congreso sobre Tabaquismo que estaba previsto que se celebrara el 23 de febrero en la Universidad Rey Juan Carlos […] Lo sucedido en los últimos días con el boicot al Congreso demuestra que existe un gran interés en que no se conozca la realidad científica […]».

Parece que la apuesta del Gobierno por la ASIMILACIÓN DE ESTOS PRODUCTOS INNOVADORES en la nueva Ley no aguantaría discrepancias científicas.

Lo cierto es que desde el sector se está impulsando con mucha fuerza la idea de las “alternativas menos dañinas«. Y parecería que da un poco de miedo que la gente conozca. El doctor Ignacio González Suárez, director científico de PMI, lo resumía hace unos días del siguiente modo: “Se trata de proporcionar a aquellos fumadores adultos que van a continuar haciéndolo alternativas libres de humo, alternativas que la ciencia confirme que son una mejor opción a la de continuar consumiendo cigarrillos. De esta manera se puede reducir el número de fumadores al tiempo que se limitan los daños asociados al cigarrillo.”

El argumento es difícil de rebatir. Quizás por eso se ha optado por censurarlo (o cuanto menos esconderlo). La cosa no quedará aquí. El debate de las opciones alternativas sin humo y por lo tanto, según se demuestre científicamente, menos nocivas, seguirá.

 

Cómo comprar «bien» un estanco

He visto que esto de los estancos es un negocio boyante, y quiero el mío propio. ¿Es suficiente con alquilar un local, llenarlo de existencias y abrir al público? Pues no, querido amigo. Un estanco es una concesión administrativa —es decir, una licencia del Estado—, y sólo hay dos vías para obtenerla: comprar un estanco en activo que esté en venta o esperar que salga una subasta en el lugar donde nos interesa y pujar en ella.

Como lo de las subastas no depende de uno mismo, lo más recomendable, si ya tienes claro que quieres meterte en este sector como titular, es comprar uno que se haya puesto a la venta. Pero… ¿me fío de lo que me piden, lo pago y ya está todo solucionado? La respuesta vuelve a ser negativa.

¿Cuánto vale un estanco?

Pues depende. Igual que una vivienda vale diferente en función de los metros, la ubicación, el tipo, etc., el precio de un estanco depende de muchos factores:

  • Del volumen de ventas. No es suficiente con lo que te diga el vendedor. Hay que entrar en el TPV y ver qué pasa por el lector cada día: cuántos tiques se hacen, de qué importe medio, de qué tipo de productos…
  • De la ubicación y tipología. ¿Es un estanco en zona turística? (Ergo: ¿hay épocas de ajetreo y otras de mostrador desértico?) ¿Es un estanco de frontera? ¿Está situado en una zona con aumento o descenso de población? Cada tipo de estanco es un modelo de negocio diferente, y tienes que saberlo para prever ese negocio. También hay que valorar si puede acabar saliendo una subasta en la zona, que se te «comería» la mitad del negocio.
  • De cómo se vende el producto: ¿domina más el mostrador o el segundo canal? Cuanto más dependa el estanco del segundo canal, menor precio, puesto que es algo que se puede perder de golpe y porrazo. En cambio, cuanto más diferenciado esté el mostrador (es decir, variedad de productos y servicios), mayor precio.
  • De los años de licencia que le quedan al estanco. No es asunto baladí. ¿Pagarías lo mismo con una perspectiva de 20 años de trabajo por delante que por una de 10? Pero para averiguar los que quedan, no hay que fiarse de lo que diga el vendedor. Hay que mirarlo en la resolución que el Comisionado le envió cuando el titular actual obtuvo la concesión.

Por suerte para ti, puedes asesorarte con un experto para que el dinero que destines a la compraventa esté bien invertido.

Te invitamos a pasar por el último artículo de la web de BUSCOESTANCO «Reglas de oro para comprar bien un estanco» para obtener una información más detallada acerca de este proceso. ¡No dejes en manos de la suerte algo tan crucial!

 

El segundo canal explota

La Asociación Española de Puntos de Venta con Recargo (AEPVR) ha interpuesto una querella contra Luis Gavira Caballero, presidente del Comisionado para el Mercados de Tabacos (CMT). Esta asociación que dice representar a más de 50.000 bares asegura que el Comisionado les está cosiendo a multas por no suministrarse de uno de los tres estancos más cercanos. Lógico; bienvenidos al club de la multa. Argumentan que cuando ninguno de los tres estancos más cercanos quiere subministrarles se ven obligados a saltarse la ley. Que ya han retirado máquinas de más de 50.000 bares de España en los últimos años.

Cada uno cuenta el cuento según le interesa, ya se sabe, pero hay un problema en el segundo canal que va creciendo y creciendo gracias en parte a que el comisionado ha decidido que, si lo ignora, no existe. Y al final va y explota. Como siempre.

Dos más dos son cuatro. Y cuatro son los factores que han propiciado la crisis.

El primero por orden cronológico fue la eliminación, o reducción, de las “retribuciones por información de ventas de las máquinas”. Ese era el dinero que renovaba el parque. Lisa y llanamente. Actualmente los volúmenes y márgenes de la inmensa mayoría de los PVR no dan para comprar máquinas nuevas. Y así estamos, reciclando máquinas que debería hacer años que están fuera de circulación.

La segunda, la introducción del sistema de gestión delegada. Los estancos están obligados a servir al segundo canal. Y no creo que haya ningún estanquero, digan lo que digan (cualquiera de los tres más cercanos), que se niegue a vender (servir) a un PVR. Pero solo está obligado a hacerlo en gestión directa. Los estanqueros están obligados a vender tabaco a sus PVR asignados. Si no les venden es denunciable y sancionable.

Máquinas gratis, y con tarjeta

Pero lo que quiere la hostelería no es que le vendan tabaco. Lo que quieren es que le pongan una máquina (gratis) y le hagan el servicio de reponer el tabaco (también gratis). A ver si hablamos claro. Y, sí, es verdad, en muchos pueblos y ciudades no van a encontrar un estanco que se avenga a estas condiciones entre los tres más cercanos. Y como el estanquero no está obligado (¡faltaría más!) a la gestión delegada, el PVR se queda con las ganas. No es que no le sirvan, es que no le sirven como él quiere. Esa es una contradicción de la ley que tarde o temprano tenía que ponerse de manifiesto.

La tercera es un poco más reciente. El confinamiento instaló la costumbre del pago masivo con tarjeta y la mayoría de las máquinas no permiten el pago más que con efectivo. Del mismo modo que se instalaron los billeteros podrían haberse instalado los tpv, pero el estanquero se encontró con que se le desaconsejaba cuando se tratase de gestión delegada por motivos legales que algún día abordaremos…

La rentabilidad, en entredicho

Finalmente, y para resumirlas todas… Gran parte del segundo canal no es rentable. Puede serlo tirando de una máquina antigua que mejor puesta en servicio que en el almacén, o si te lo vienen a comprar o si no cuentas las horas y el trabajo que da gestionar las máquinas. Puede serlo si le pones imaginación. Pero la verdad es que gran parte del segundo canal no paga las molestias, el trabajo, las inspecciones de la Guardia Civil, las multas por canales con poca venta o por errores de precios, la inversión de la máquina y de la primera carga. Por eso cada vez hay más estanqueros centrados en la venta directa al público y en diversificar y aumentar margen. Por eso los bares dicen ahora que ninguno de los tres más cercanos quiere servirles. Servirles como ellos quieren.

La solución es complicada porque llevamos mucho tiempo de pensamiento mágico y los números no cuadran. El Comisionado no puede vivir fuera de la realidad, pero los PVR tampoco. A Sanidad no le gusta nada que existan tantos puntos de venta. Nadie se lamentará por los 50.000 que dicen que se han perdido en los últimos años. El modelo debe cambiar.

Moti Beaker 5000: los vapers desechables con más puffs

Hoy vamos a hablaros de un fenómeno muy presente en el sector y que está creciendo a paso agigantado en todos los estancos y tiendas de cachimbas.

Es el turno de los vapers o pods desechables, “La moda y realidad” de la actualidad.

Una vez este preludio, tenemos el placer de anunciaros la entrada a España de los nuevos MOTI Beaker 5000, los vapers desechables con más caladas del mercado.

Estos dispositivos han irrumpido con una fuerza totalmente descomunal entre todos los fumadores de vapers gracias a su original y rompedor diseño.

El Equipo de I+D de MOTI ha diseñado este modelo con la tecnología más avanzada para posicionarse como un vaper único.

Los Beaker 5000 tienen un PVP recomendado de 14.90€

Moti Beaker


Breve historia de MOTI, la empresa líder del sector

MOTI es una empresa dedicada a la Industria del Vapeo, que integra I+D, fabricación y distribución.

Desde 2018 han difundido la MOTIvación por todo el globo terrestre llegando a números realmente increíbles para ser un sector arriesgado y en crecimiento.

  • Más de 150 patentes de diseño.
  • Presencia en más de 57 países.
  • Más de 10.000 franquicias por el mundo.
  • Más de 16 premios internacionales.

Moti Beaker

Características de MOTI Beaker 5000

Los dispositivos Beaker 5000 juegan en la `Champios League´ de los vapers, a continuación, os enumeramos algunas de sus características principales:

  1. Autonomía para más de 5000 caladas.
  2. Batería recargable de Tipo-C con 650 mAH.
  3. 0% de nicotina
  4. Capacidad de líquido de 12 ml.
  5. Bobina interior de algodón puro para garantizar un sabor natural.
  6. Diseño innovador y suave al tacto.

Moti Beaker

Sabores MOTI Beaker

En su 1º tirada, MOTI Beaker ha introducido 4 referencias a su catálogo, aunque se espera que lo vayan actualizando periódicamente.

Los 4 sabores están compuestos por la mezcla de 2 intensos aromas, para los amantes de los sabores más naturales, para vapear en cualquier momento del día y para tener una experiencia inolvidable.

Coco-Piña: sabor muy caribeño y coctelero, al más estilo “Piña Colada”. ¡Transpórtate a Punta Cana en tan solo una calada!

Fresa-Kiwi: sencillo, directo y muy potente. El preferido indiscutible para los amantes de los frutales ácidos.

Pera-Sandía: una auténtica declaración de intenciones, un sabor muy Mediterráneo. El dulce sabor de la pera unido a la frescura de la sandía.

Fresa-Plátano: el sabor característico del plátano se encuentra con la acidez de la fresa. Un vendaval de potencia parecido a un smoothie recién licuado.

Moti Beaker

Muse Design Awards 2022

Gracias al diseño de sus dispositivos y la continua expansión de sus productos, MOTI ha sido galardonada en un sinfín de premios internacionales.

En el caso de MOTI Beaker 5000, han sido premiados en Muse Design Awards 2022 por la presentación de este atrevido diseño imitando un “vaso de precipitado”

Moti Beaker

Venta de vapers al por mayor en TCI

TCI es la 1º empresa en España dedicada a la distribución de cachimbas y vapers desechables.

A sus espaldas, más de 30 años de servicio a la mayoría de estancos y tiendas de shisha en España.

Entre sus marcas en exclusiva más destacas se encuentran Nakhla, Hookain, OS, Dumanji, Orión y Nativo.

Como no es de otra manera, han apostado por los pods desechables convirtiéndose en distribuidor oficial de marcas como MOTI, Oxbar y Al Fakher Crown Bar.

Si estás interesado en ampliar tu catálogo de vapers, solo tienes que visitar su tienda online y recibirás las mejores tarifas para profesionales.

Moti Beaker

*Contenido patrocinado

 

¿La sanidad matará al tabaco?

La sanidad pública española, financiada en parte por los impuestos recaudados desde los estancos, cubre desde este año un tratamiento contra el tabaquismo. ¿Será el fin de nuestro sector?

Teniendo en cuenta que la mayoría de fumadores no desean serlo, no sería de extrañar que un tratamiento financiado para dejar de fumar tenga un gran éxito. Éxito de seguimiento; lo de los resultados está por ver. Pero ante la promesa de que en sólo 25 días un fumador empedernido puede despedirse para siempre de su adicción, tendremos que estar alerta: si nuestros clientes siguen en tromba el tratamiento, ¿lo notaremos?

El programa en cuestión se basa en administrar Todacitan de forma decreciente durante 25 días. Este medicamento no es nuevo, lo que sí lo es es que la Seguridad Social ahora lo financia. Algo que, si nos atenemos a las continuas advertencias de que «el tabaco mata», ya era hora. ¿Por qué no se ha puesto remedio hasta ahora? ¿Quizás porque se mataría a la gallina de los huevos de oro? Parte de la sanidad pública, así como de la educación, los transportes, etc., se financian con lo que se saca de nuestro sector. ¿Actuar de forma definitiva contra el tabaquismo es conveniente?

 Tocando el bolsillo del fumador

En cualquier caso, gracias a la financiación del fármaco, el paciente se ahorraría parte de los casi 200 € que costaba hasta ahora. Cifra nada desdeñable, y aún menos si se suma al gasto en tabaco de los más «enganchados». Así pues, lo que puede marcar la diferencia en nuestros estancos es que dejar de fumar sea más barato. Que levanten la mano los fumadores que jamás se han planteado dejarlo. Se ven pocas manos, ¿verdad? Pues si las maravillas que se cantan del medicamento son ciertas y el boca-oreja lo va corroborando, a lo mejor esta vez sí nos hunden el negocio. El nuestro y el suyo. Veremos. Los estanqueros ya están acostumbrados a vivir con la amenaza. Sanidad, las sanciones, el fin del monopolio… el apocalipsis de cada día.

Condiciones para optar a exfumador

Para que el médico de cabecera considere que su paciente es digno del Todacitan hay que poder demostrar que se ha intentado dejar de fumar al menos una vez durante el año en curso. Además, hay que consumir un mínimo de 10 cigarrillos al día. Sin embargo, no debe ser oro todo lo que reluce, porque se ha limitado el tratamiento a uno al año. Señal de que a algunos no les funciona a la primera y necesitan otra oportunidad.

El CBD, chico para todo

Y por si fuera poco, se acaba de publicar un estudio que muestra que el CBD (la parte no psicoactiva del cannabis) también podría ayudar a dejar de fumar. El mecanismo es diferente del de la medicación: mientras que aquella simula los efectos de la nicotina en el cerebro, el CBD hace que la nicotina se metabolice más lentamente, con lo que el fumador puede aguantar más tiempo sin necesitarla.

En los próximos meses veremos si la lucha contra el tabaquismo ha hallado su aliado definitivo o si nos quedamos como estamos.

 

 

La curva del tabaco, en el nadir de los últimos 25 años

Desde 1997, el consumo de tabaco de la población española ha descendido en más de cinco puntos, alcanzando su nivel más bajo en los últimos dos años. Son datos que se desprenden de la encuesta EDADES 2022, elaborada por el Ministerio de Sanidad, sobre el consumo de tabaco y otras sustancias.

Hacienda, que sabe muy bien lo que se hace, este año ha engrosado, imparable, sus ya inmensas arcas en un + 5,33 % por impuestos sobre el tabaco, a pesar de que los datos hablan solos: entre 1997 y 2022, el consumo de tabaco entre la población de 15 a 64 años se ha reducido un 5,7 % —del 46,8 % (1997) al 39,9% (2022). Un descenso solo superado por la pandemia de 2020.

A nuestro favor podemos decir que los estanqueros hemos hecho bien nuestro trabajo de protección y control del acceso de menores a los productos de tabaco, cuyo consumo entre la población más joven se ha reducido (-2,8 %) y desplazado hacia adultos de 35 años o más. Cabe destacar que es entre los más jóvenes donde encontramos mayores consumos de tabaco de liar, y que son las mujeres las que en mayor medida fuman cigarrillos de cajetilla.

Si os interesa tener datos más detallados sobre los consumidores, podéis consultar en el siguiente enlace el estudio EDADES 2022 completo. Ya lo dicen los expertos, ¡la información es poder!

Evolución del consumo de tabaco en España 1997-2022 (%)

*Población de 15 -64 años (últimos 12 meses)

Fuente: Encuesta EDADES 2022, Ministerio de Sanidad.

 

Desprecinto de las máquinas de CBD: donde dije digo digo diego

Otro más, malo cuando la política manda sobre el mercado.

No se entiende porque España no regula de una vez este producto.

Aunque fuera para prohibirlo. Al menos las cosas estarían claras y sabríamos a qué atenernos.

Ahora los estanqueros miran a su alrededor y hay un montón de gente vendiendo esto, cada día hay más máquinas de CBD. Pero el CMT ya dijo en una circular que le parecía que era ilegal. Quizás. Pero a su vez no deniega las declaraciones responsables de CBD. Y la guardia civil lo incauta. Y luego lo devuelve. Y te levantan un acta. Pero luego no la tramitan. Vaya, un caos.

Un buen ejemplo para explicar que es la SEGURIDAD JURÍDICA. Estar seguros de qué es legal y qué no lo es.

Para que un país funcione, para que produzca y se desarrolle, la seguridad jurídica es esencial. Lo contrario se llama arbitrariedad del poder. Ahora puedes vender tranquilamente, ahora te precinto, (y lo envío a la prensa) ahora te desprecinto (y no digo nada)… Como no hay ley, cada uno se hace la suya. Esto no puede ser.

Regulen, regulen ya. ¡Que es su trabajo!

 

¡Ojo con el phishing a estanqueros!

El phishing es una moda que nunca pasa, porque siempre hay quien pica, y últimamente lo están intentando fuerte con los estancos.

Nos contáis casos nuevos cada día, a cuál más escandaloso. Cada vez son más creíbles, porqué ocupan con malas artes la identidad de nuestro entorno de confianza: MRW, Agencia Tributaria, Logista, DHL, Philip Morris, Microsoft… son algunos de los proveedores más suplantados.

Pero, ¿qué tienen todos ellos en común? Pues que, además de ser marcas o instituciones bien conocidas, a menudo se trata de empresas propias del sector estanquero; es decir, que nos están investigando a fondo para que el fraude cuaje más fácilmente.

Estos son algunos de los últimos intentos de phishing a estancos: la Agencia Tributaria os pide datos ridículos, como vuestro epígrafe, para después solicitar que realicéis otras acciones con las que robarán los datos.

Nacex (o cualquier otro mensajero) tiene un pedido para entregar realizado de forma urgente por el titular del estanco, previo abono de dos, tres, o cuatro mil euros. ¡Ojo con este fraude! Siempre se da cuando el titular está ausente y los empleados, presionados, pican con más facilidad; y más cuanto están atendiendo a los clientes al mismo tiempo y suele tratarse de productos muy congruentes con la actividad del estanco.

La lista sigue: que si la Guardia Civil os pide publicidad para su revista; que si Logista, que si Bitronic, que si vuestro banco…

Y recordad, ¡el phishing tiene muchas caras!

Nos despedimos con una lista de las más conocidas:

▪ El gancho puede ser una supuesta factura o archivo similar de interés para el estanquero, que llega por cualquier vía: SMS, correo electrónico, whatsapp, aplicaciones de redes sociales u otras app del móvil. También puede tratarse de un fraude económico: nos ha tocado la lotería, nuestro banco nos ofrece un préstamo a muy bajo interés, la AEAT nos devuelve dinero…

▪ Correos, SMS, whatsapp u otros con archivos adjuntos maliciosos (malware).

▪ O con enlaces para descargar un documento de un sitio de internet (también maliciosos). ¡O ambas cosas! Con archivos adjuntos maliciosos y además un enlace

▪ Nos piden datos confidenciales: contraseñas, DNI, número de cuenta bancaria.

Ante la duda ¡desconfiad! Y si pensáis que podría ser cierto, lo mejor es ponerse en contacto directamente con el proveedor o entidad antes de nada para verificar primero la autenticidad de la información.

 

Sin noticias de la subasta de estancos

Como ya advertimos en su día, la administración no tiene plazos. Los plazos son para los administrados.

El Comisionado publicó su lista de mejores postores y todos tuvieron que correr en plenas fiestas navideñas, con el turrón entre los dientes, para aportar la documentación que ahora el Organismo está estudiando.

La vida es dura. Pero no para todos. Cuando el Organismo tenga revisada la documentación y decida cuáles de los mejores postores merecen pasar a la categoría de adjudicatarios provisionales, los señores administrados tendrán que correr de nuevo. En un mes tendrán que hacer efectivo el pago comprometido en la subasta de estancos.

Como de los bancos más vale no fiarse demasiado, suponemos que la mayoría tienen inmovilizado ese capital desde julio. Porque si por casualidad no alcanzasen a reunirlo en el mes de plazo que les darán, perderán el estanco y la fianza de 10.000 euros.

Cuidado con los plazos. Atentos a las publicaciones. Hay mucho en juego. Como ya sabéis siempre podéis suscribiros con nuestros colaboradores www.buscoestanco.es para que os avisen. Es gratis. En todo caso, mucha suerte a todos los, esperemos, nuevos estanqueros.

 

Terrazas: la prohibición avanza

La que fuera una medida temporal para evitar la expansión del Covid-19 podría quedarse para siempre en la Comunidad Valenciana, para «prevenir enfermedades».

Llegó el coronavirus y trastocó nuestras vidas. Y tres años después, cuando paulatinamente vamos recuperando parcelas de nuestra vida anterior, quedan algunos vestigios reacios a irse. En la Comunidad Valenciana se plantean continuar con la prohibición de fumar en las terrazas de los establecimientos de hostelería. ¿Será esta la tendencia que se impondrá en todo el país? Algunas comunidades ya han anunciado que aprobarán leyes en el mismo sentido.

El Covid-19 nos trajo un montón de restricciones, todas orientadas a atajar la expansión de la pandemia. La mascarilla se hizo obligatoria para evitar la exhalación de micropartículas, y fumar implicaba quitarse la mascarilla y además, exhalar humo, que podía contener partículas del tan contagioso virus. Por lo tanto, en plena ola de contagios, parecía lógica la medida de no fumar ni siquiera en terrazas, al aire libre. Durante el año 2022 se fueron eliminando la mayoría de medidas anti-Covid, menos, precisamente, la de fumar en las terrazas. Se consideraba que la exhalación de humo podía ser fuente de contagio y que había que esperar a que hubiera más personas vacunadas.

Sin embargo, ahora se alude a otro argumento. Dicen que se ha estancado el descenso del tabaquismo y que debe afrontarse desde nuevos frentes. Que el sistema de salud ha notado positivamente el efecto de la ley antitabaco. Y, ya que el Covid trajo esta prohibición, probablemente mantenerla es más fácil que eliminarla.

El sector hostelero protesta, vuelven a pagar ellos el pato. Los clientes piden volver a fumar en las terrazas mientras se toman su consumición tranquilamente. Si no se puede fumar aquí, que está al aire libre, ¿qué nos queda? Además, antes de la pandemia nunca se había planteado esta prohibición como medida antitabaco.

El sector valenciano de hostelería ya ha anunciado que no va a quedarse de brazos cruzados. Veremos cómo acaba.

Nuevas obligaciones de trazabilidad, cada día más cerca

En poco más de doce meses los estancos estaremos obligados a trazar, además de los cigarrillos y la picadura para liar, cualquier otro producto de tabaco, incluyendo puros, puritos, y el tabaco de shisha.

El 20 de mayo de 2024 está a la vuelta de la esquina, y con él entrarán en vigor las nuevas obligaciones de trazabilidad impuestas y transpuestas a razón de la directiva europea sobre productos de tabaco aprobada en 2014 (DPT 2014/40/UE).

La lista de productos que habrá que trazar en el estanco incluye:

  • Productos de tabaco novedosos
  • Tabaco de shisha
  • Puros y puritos
  • Tabaco para uso oral
  • Tabaco para uso nasal
  • Tabaco de mascar
  • Otros tipos de productos del tabaco

¿Y qué sucede con los stocks no vendidos? Como ya se hizo en su día con los cigarrillos y el tabaco de liar, se ha establecido un período transitorio de dos años, hasta el 20 de mayo de 2026, para comercializar los puros y el resto de productos de tabaco fabricados o importados antes de esa fecha. Anotadla bien, porque lo que no haya pasado por caja antes de ese límite se quedará en estanco para la posteridad.

El Comisionado no se olvida de nosotros…

…como no podía ser de otro modo. El presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira, valoró el esfuerzo del sector por adaptarse a las nuevas obligaciones de trazabilidad. Así lo manifestó en la reunión plenaria de la Mesa del Tabaco, celebrada en Madrid al cierre del año 2022, durante la cual se abordaron los retos que supone ampliar la trazabilidad a todos los productos del tabaco a partir de mayo de 2024. Un encuentro de máxima relevancia al que también asistieron la presidenta de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, María Isabel Valldecabres, y el subdirector general de Gestión e Intervención de Impuestos Especiales de la Agencia Tributaria, Vicente Cillero.

La Mesa del Tabaco es una organización que representa al conjunto de la cadena de valor del sector del tabaco en España. En sus reuniones plenarias se dan cita representantes de todos los sectores de la industria tabaquera, incluidos los estancos.

Ya es posible pagar el canon y otras tasas del estanco telemáticamente

…O mejor dicho, lo será en breve, a partir del 16 de marzo de 2023 se ampliarán las opciones de pago de las tasas.

El Comisionado para el Mercado de tabacos por fin se ha puesto las pilas y acaba de aprobar este mes de febrero el procedimiento que permitirá realizar el pago del canon y de otras tasas en menos de un mes. El trámite se realizará mediante la plataforma de pagos de Hacienda, es decir, en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Para aquellos que prefieran métodos más tradicionales, ¡que no cunda el pánico!: la vía telemática tiene carácter voluntario y alternativo al procedimiento ordinario (pago en efectivo). De todas formas, recomendamos irse familiarizando con las nuevas tecnologías para los trámites del estanco, el papel no se mantendrá para siempre.

–>  Estas son las tasas que se podrán pagar:

  • Código 596 – Prestación de servicios del mercado de tabacos.
  • Código 597 – Solicitud de concesión de expendedurías.
  • Código 598 – Autorizaciones de PVR.
  • Código 599 – Canon del estanco.

Ojo, porque aunque el trámite de pago se realice en la sede electrónica de AEAT, los modelos normalizados que hay que cumplimentar se pondrán a disposición de los estanqueros en la sede electrónica del Comisionado para el Mercado de Tabacos, como en la actualidad.

–> Requisitos.

Para acceder al pago telemático hay que disponer de:

  • Número de identificación fiscal o NIF.
  • DNI electrónico o un certificado electrónico válido y cualificado compatible con la pasarela de pagos de AEAT.
  • Cuenta abierta en una entidad colaboradora de AEAT en la gestión recaudadora.
  • Para pagar con tarjeta, ser titular de una tarjeta de crédito (o débito).

Precinta, que algo queda

La reciente operación policial que se saldó con 40 máquinas de vending de CBD precintadas en Madrid podría ser otra «exhibición policial». El motivo principal de la intervención sería la sospecha de que el producto que se vendía en las máquinas superaría el límite del 0,2 de THC. Pero nadie lo comprobó antes de la operación. Esta noticia coincide con el reconocimiento por parte de la ONU de los usos del cáñamo y de su industria.

Por lo que hemos podido averiguar, estas 40 máquinas de vending de CBD se precintaron por creer que contenían un producto que superaba el límite legal del 0,2 de THC. Pero nadie se tomó la molestia de analizarlo previamente para asegurarse de si cumplía o no la ley. Primero precinta y después pregunta.

Persecución policial

El responsable del producto de CBD de la máquina refiere una situación casi de persecución policial hacia su persona. Finalmente, los agentes se plantaron en los comercios madrileños depositarios de sus máquinas –por cierto, máquinas de segunda mano de autoventa de tabaco, convenientemente recicladas– para precintarlas todas Pero no medió ningún análisis previo para averiguar si lo que contenían era legal o no.

La marca asegura que sus operaciones son transparentes, que asisten a ferias, tratan con proveedores internacionales de prestigio y abonan las compras con métodos legales y que pueden ser trazados. Explican que el producto que venden está dentro de la legalidad, que está certificado que su contenido es del 0,2% de THC (el componente psicoactivo del cannabis) y, por lo tanto, no puede en ningún caso ser considerado marihuana. Pero llegaron los agentes de la autoridad y precintaron las 40 máquinas que la empresa tiene repartidas por diferentes establecimientos de la capital.

Máquinas apartadas indefinidamente

Y lo cierto es que hasta que alguien realice los análisis del producto y decida que todo está correcto, las máquinas no funcionarán. Seguirán apartadas de la vista del público, sin obtener ni un céntimo de rendimiento, y la empresa perderá dinero cada día. Y claro está, ya sabemos que las cosas de palacio van despacio…

Esta intervención nos recordó a las que sufrieron los estanqueros a finales de 2021, con actas, requisas de productos y mucha psicosis. Mucho ruido y pocas nueces. Al final, de esas actas poco se ha sabido, pero la intervención tuvo el efecto deseado.

Golpe de efecto

Ya veremos como acaba esta historia, pero el precinto de 40 máquinas por si el CBD que venden supera los límites de THC parecería más un golpe de efecto que otra cosa. Pero un golpe de efecto que consigue su objetivo. «Ya nos han metido el miedo en el cuerpo, ya hacen que nos planteemos si lo de vender CBD valía la pena o no…»

Más de un estanquero habrá tenido pensamientos parecidos. Vender productos no regulados es lo que tiene. Si no hay ley, cada uno se hace una y la interpreta como le viene en gana. Al final quedas a merced de los vaivenes de intereses políticos o económicos del poder.

Reconocimiento sin precedentes

Pero tan malo no debe ser el cannabis, si la misma ONU empieza a reconocer sus usos. Esta noticia que hemos conocido recientemente es la recompensa al esfuerzo durante décadas de muchas organizaciones. Un esfuerzo por dar a conocer las propiedades beneficiosas de tan controvertida planta, que asimismo ha generado una potente industria que, por fin, puede empezar a estar bien vista.

 

La mitad de los estanqueros en contra de las subidas

La mitad de los estanqueros considera excesivo para los consumidores el aumento de precio de las marcas de tabaco.

Desde el pasado mes de noviembre, la escalada de precios del tabaco no nos ha dado tregua. Algunas marcas han sufrido incrementos de hasta el 11 % —más de 35 céntimos por cajetilla de 20 unidades—, una cantidad lo bastante significativa como para provocar una reacción en cadena en el resto de las marcas.

El efecto se ha notado en los estancos, para bien y para mal. Siendo comisionistas, las subidas podrían parecer, a priori, beneficiosas para la caja del estanco. Pero se trata de una medida que conlleva sus consecuencias. Los consumidores, ahogados por una fuerte inflación que no cesa desde hace varios meses, no siempre llegan a final de mes, y las ventas se resienten.

Encuesta: Las subidas de precio del tabaco son…

La mayoría de estanqueros  –49,78 %– opina que son «demasiado, la gente va justa», lo que sería el paradigma de la afirmación anterior. Puede que la recaudación en caja se mantenga —o suba— por el aumento de los precios, pero que el número de transacciones baje, porque ha disminuido el número de ventas. Es decir, o hemos perdido clientes, o éstos han comprado menos.

Pero lo cierto es que una parte también significativa de los estancos encuestados –28,02 %– indica que «los clientes las han aceptado bastante bien», no observando ninguna alteración apreciable en el quehacer habitual del estanco. En este sentido, la ubicación o el barrio donde esté situado el estanco, o el perfil de su clientela, tienen mucho que ver en este factor.

Para terminar, cabe destacar un pequeño porcentaje de estancos –13,87 %– que afirma tener más miedo de un giro en sentido contrario, es decir, de las bajadas de precio, que no de las subidas, mientras que otros pocos –8,30 %– las consideran, sarcásticamente, «un regalo de Reyes».

Esta ha sido vuestra opinión sobre las subidas de precio de las marcas en los últimos meses, una encuesta que ha estado disponible a lo largo de todo el mes de enero de 2023 en el portal Infoestancos. Esperamos que hayáis disfrutado de la lectura. Nosotros os seguiremos proporcionando información útil, veraz y de primera mano.

 

Mevol, el cigarro electrónico más avanzado ha llegado a España en exclusiva para Estancos.

Tras el evento de presentación de Mevol en España, Mevol Bar ya está a la venta en exclusiva para el canal Estanco, los pedidos se realizan a través de Fagón y Aldista.

Mevol Bar, el desechable de 600 puffs con el filtro de cerámica más avanzado del mercado y la aplicación de la última tecnología que aporta una experiencia de vapeo incomparable, más sedosa y con un sabor sublime y Mevol X el pod de Vapeo con cartuchos pre cargados más elegante y tecnológico del mercado.

Mevol Bar

Mevol, la marca de cigarrillos electrónicos líder en la industria que ofrece los dispositivos de vapeo de vanguardia, acaba de llegar a España. La visión de la compañía es mejorar la salud refinando la tecnología de vapeo para brindar a todos la mejor experiencia y apostar por el Estanco como canal exclusivo para su venta y crear un vínculo constante de colaboración.

Mevol

Mevol X es el producto estrella de la compañía. Este producto de vapeo ultra delgado presenta una bobina de cerámica de película biónica, un mecanismo de liberación de sabor personalizado y una técnica de formación de película aspirada a nanoescala diseñada para brindar la experiencia más intensa en todas las zonas de temperatura. El núcleo de cerámica FEELM AIR mejora significativamente el sabor y la reducción de daños.

La llegada de Mevol X al mercado español causó conmoción y sorpresa en la industria. Desde el inicio del producto, la marca ha podido lanzarlo al mercado europeo rápidamente, brindando a millones de vapeadores la oportunidad de experimentar sus características únicas.

El principal atractivo del Mevol X es su diseño icónico líder en la industria. El cuerpo del vaporizador tiene solo 8 mm de grosor. Mevol quería darle al producto la “esencia de la belleza”utilizando una estética industrial.

Mevol

 

 

 

El Mevol X también tiene un motor háptico inmersivo que utiliza el motor lineal más compacto del mundo. La frecuencia de vibración moderada ofrece una experiencia de bocanada delicada, ajustable y de varios niveles que garantiza el disfrute en cada inhalación y exhalación.

Mevol

El Mevol X tiene un sistema de batería avanzado que ofrece una carga ultrarrápida y una vida más larga. La batería se carga al 80% en tan solo 10 minutos.

Mevol también presentó el producto desechable, Mevol Bar, en la feria española bajo el lema “una vez, en cualquier momento”. Estos dispositivos de vape compactos y portátiles vienen equipados con bobinas de cerámica FEELM para una inhalación estable y silenciosa.

A los usuarios del evento les encantó este producto por su conveniencia y sabor. El «dispositivo de vape todo en uno de cuerpo liviano y delgado está listo para usar nada más sacarlo de la caja, es fácil de transportar y siempre está listo para funcionar», dice la marca. Los sabores más buscados incluyen, Sandía jugosa, Piña aplastada y Manzana crujiente.

Mevol

Las impresiones de los expertos asistentes a la exhibición revelaron que los productos Mevol son líderes en la industria. La empresa integra la innovación en cada dispositivo.

Gracias a su visión y capacidad de entender a los consumidores, Mevol es la marca que más tecnología ofrece para satisfacer un mercado exigente en cuanto a calidad, seguridad y experiencia de vapeo.

 

Para obtener más información sobre los productos de Mevol, visite el sitio web de la empresa en mevol.com. visite sus RRSS: mevol_es. Para obtener más ayuda o información sobre las actividades de la empresa, envíe un correo electrónico a support@mevol.com.

*Contenido patrocinado

 

Las llaves de la máquina: el talón de Aquiles de los PVR

A raíz del último artículo publicado sobre las sanciones a PVR, muchos de vosotros nos habéis preguntado por uno de los motivos más sancionados que no es otro que el de las llaves de la máquina expendedora.

¿Quién debe tener las llaves que abran la máquina de tabaco en caso de inspección?

Pues en caso de gestión directa, será el PVR, el titular de la autorización de venta con recargo quien deberá conservar obligatoriamente en el lugar donde se ejerce la actividad los medios o elementos de apertura de la máquina con el objetivo de permitir en todo momento la inspección de su contenido.

En el caso de gestión delegada, las llaves podrán encontrarse en la expendeduría asignada, debiendo facilitarse de forma inmediata ante cualquier actuación inspectora. Lo que significa que, si tienes bares con amplios horarios de apertura al público, te tocará hacer guardia por si alguno recibe la visita de la guardia civil cuando tu expendeduría ya está cerrada. O saber que, si no acudes inmediatamente, probablemente te precinten la máquina hasta que puedan verificar su contenido. Posteriormente deberás contactar con la patrulla y acordar un día y una hora para que vuelvan a pasar por ese PVR y puedan comprobar que todo está correcto.

Existe también otra opción, si hay confianza con el hostelero, que es dejar un sobre o una caja de seguridad con las llaves dentro y, que solo se pueda abrir en caso de inspección.

Dejaremos para otro artículo, qué sería recomendable tener dentro de la máquina a parte del tabaco trazado: ¿las facturas? ¿El contrato de alquiler? ¿…?

 

Hacienda va a por los PVR y dobla las sanciones

El Comisionado para el Mercado de Tabacos casi dobla en un año el número de expedientes sancionadores abiertos al segundo canal. Las principales infracciones siguen siendo la ‘venta sin autorización’, la ‘falta de vendís’ y la ‘falta de llaves’.

Los números hablan solos y confirman lo que ya sospechábamos: que el Comisionado para el Mercado de Tabacos está mostrando una clara predilección por los PVR y sus asuntos. Tanto es así, que en un año se han casi doblado el número de expedientes sancionadores incoados a puntos de venta con recargo y el número de inspecciones va in crescendo.

Son los últimos datos publicados por el organismo en su informe oficial al cierre de 2022, y nos deja cifras espeluznantes: se ha pasado de 268 expedientes sancionadores por ‘venta sin autorización’ en 2021, a 448 en 2022; de 48 a 113 por ‘falta de llave’, y de 458 a 817 por ‘otras infracciones’. En total 1762 expedientes incoados el pasado año, una cifra que supera de largo los 981 de su predecesor.

Que casi la mitad de las infracciones no se sepa de donde cae (‘otras infracciones’ no es una definición muy esclarecedora, que digamos) añade ese punto de misterio que envuelve a todo informe oficial. Pero no ayuda mucho a averiguar qué encuentran los agentes en sus inspecciones al segundo canal que tanto les desagrada.

En todo caso, ojo avizor, en especial los estancos en gestión delegada, y nunca estará de más advertir a vuestros PVR.

Efectivo o tarjeta de crédito en el estanco: ¿quién gana?

El uso de efectivo en los puntos de venta físicos ha disminuido, pero continúa siendo el método de pago preferido por los consumidores. Una relación que es inversamente proporcional al importe de la compra: a mayor valor del producto adquirido, más uso de la tarjeta, de forma que en 2022, el valor de los pagos con tarjeta de crédito (46 %) en comercios a pie de calle superó por primera vez al de efectivo (42 %).

Son datos revelados por el Banco Central Europeo (2022) en su estudio sobre las tendencias de pago entre los consumidores europeos. Los gráficos muestran claramente la fuerte tendencia hacia el pago electrónico, algo que los estancos deberemos tener muy en cuenta —si no lo estamos haciendo ya— al negociar nuestros acuerdos comerciales.

Pero no olvidemos que, además de ser imposición legal en nuestro país, la opción de pagar en efectivo sigue estando en muy alta demanda. Muy por detrás quedan otras modalidades más nuevas y tecnológicas, como las app para pagar con el móvil. Su presencia es todavía muy baja, pero no hay que desdeñarlas, porque en solo tres años su uso ha pasado del 1 % en 2019 al 4 % en 2022. ¡Que no nos pille desprevenidos!

¿Cómo tributan los cigarrillos electrónicos en Europa?

El vapeo es un tema candente, y los cigarrillos electrónicos (ENDS), también. Está a punto de salir del horno la primera ley española que los regularía —si prospera en su versión original— como productos de tabaco. El mercado se vería profundamente alterado, desaparecerían varios de sus actores, especialmente pimes, y la estructura impositiva es de esperar que fuera como la del resto de labores. O no. Veamos cómo lo llevan en el resto de Europa.

No son pocos los sectores que han alzado su voz ante el texto legal propuesto inicialmente por el Gobierno para cambiar la forma de regular el mercado de tabacos: estanqueros, marquistas, vapers, fabricantes, e incluso la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, todos hemos manifestado alto y ancho nuestros reparos.

Aguardamos impacientes que el Consejo de Ministros publique de forma inminente el proyecto de ley. ¿Qué habrán tenido en cuenta, de todas las enmiendas y dictámenes? ¿En qué se habrán basado para establecer el nivel de tributación y la nueva estructura impositiva de ENDS y vapers? Muy probablemente en el informe publicado por el Ministerio de Sanidad (2021) sobre la revisión de la fiscalidad del cigarrillo electrónico, que analiza la regulación europea y prevé posibles escenarios para España.

Un impuesto específico para un producto complejo

La primera reflexión para diseñar el impuesto ha sido considerar algunos aspectos fundamentales: qué elementos del producto deben someterse a gravamen (dispositivo, líquidos, pods…), y si solo deben someterse los que contienen nicotina o todos.

En todo caso, Sanidad ha revisado las prácticas de los países de nuestro entorno y la conclusión de su análisis es que los cigarrillos electrónicos se gravan mediante un impuesto específico cuya base es el volumen de e-líquido y la media del tipo impositivo es de aproximadamente 0,15 €/ml. Veremos qué peso tendrá este estudio en nuestra nueva ley.

Nos despedimos con la siguiente tabla (1), que sintetiza los cinco posibles escenarios tributarios que ha previsto el Ministerio de Sanidad en su estudio.

Geolocalización de estancos y PVR: ¿alguien nos vigila?

Pues efectivamente, sí, cada vez más. El Comisionado acaba de firmar un convenio con el Centro Nacional de Información Geográfica para la geolocalización de expendedurías y PVR con la plataforma Cartociudad. El objetivo último es desarrollar un visualizador que permita calcular la distancia de los tres estancos más cercanos a una dirección dada.

Cartociudad es un sistema para localizar un lugar de España a través de una dirección postal, un topónimo, o un punto de interés determinado (escuela, hospital…). Los datos, gestionados por la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, proceden de organismos de las administraciones públicas y su interés para el Comisionado para el Mercado de Tabacos es incuestionable: tener bien controlados a sus operadores.

En el convenio, el propio Comisionado define sus funciones como «[…] vigilar que los diversos operadores, incluidos los minoristas, actúen en el mercado de tabacos en el marco que respectivamente les corresponde […] ejerciendo a tal fin las facultades de inspección que sean precisas […]». Vigilancia e inspección.

Menos errores en la asignación de PVR

La forma de calcular la distancia entre expendedurías cambió el verano pasado. De puerta a puerta y en línea recta es ahora el criterio que rige para el Comisionado en todos los procedimientos en que sea necesario saber la distancia entre una expendeduría y un punto determinado. Ya solo quedaba perfeccionar el sistema de geolocalización para obtener unos datos de lo más precisos. Así, las actuaciones acordadas son:

▪ Preparación y actualización de las bases de datos de PVR y de expendedurías.

▪ Obtención de las direcciones postales de todas las expendedurías y PVR.

▪ Desarrollo de un visualizador que permita calcular la distancia de los tres estancos más cercanos a una dirección dada.

Solo nos queda esperar que este avance tecnológico sea para el bien de todos y nos evite disgustos inútiles con los PVR.

Si os apetece leer el texto completo, podéis consultar todo el convenio aquí.

 

Vapers desechables: que Escocia no sea el principio del fin

Escocia está estudiando prohibir los vapers de un solo uso por su alto contenido en materiales contaminantes, como las baterías de litio, el cobre, y el plástico —que se encuentran, asimismo, en la mayoría de dispositivos electrónicos. Han adquirido gran popularidad gracias a su comodidad y facilidad de uso: se desechan una vez el líquido se ha agotado. La clave está en su reciclaje, que es, no solo necesario, sino posible y real. En algunos países ya existen sistemas en funcionamiento para recuperar sus componentes. Al fin y al cabo, se trata de educar, de concienciar, no de prohibir.

Los populares dispositivos de vapeo de un solo uso se encuentran en tela de juicio en Escocia. La razón: los consumidores no los reciclan. Y no es por falta de opciones, sino por desconocimiento —como reconocen algunos de ellos. Los usuarios cuentan con sistemas de reciclaje domésticos y con la posibilidad de depositarlos en determinados puntos. Sin embargo, muchos lo ignoran.

La decisión que está sospesando el país gaélico está en línea con la política comunitaria: proteger el medioambiente en todos los aspectos y sectores. Y la industria tabaquera no es una excepción.

Prohibido prohibir. Sí al reciclaje y a la concienciación social

Se vapea más en Europa que en España, pero su auge es innegable en todas partes. Cada vez es más común divisar pequeños tubos de plástico del tamaño de un dedo desparramados por el suelo —el incivismo, en general, es un gran talón de Aquiles de la sociedad. También los encontramos en papeleras y cubos de basura domésticos. Porque somos muchos los que deseamos su reciclaje. Es una solución necesaria, viable, y tan cierta como que ya se está llevando a cabo en otros países.

Los estanqueros no queremos más prohibiciones, sino más soluciones. Ahora son los vapers, luego vendrán los pods, y después… ¡a saber! Es necesario empezar a actuar.

Si eres de l@s que ha tomado la iniciativa y has empezado alguna acción para reciclar estos dispositivos, nos encantaría saber cuál. Nos lo cuentas aquí?

 

Reciclaje de colillas (II): qué nos depara la Ley de Residuos

La Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular (Ley 7/2022, LRSC) contiene puntos de interés que afectan a la industria tabaquera, concretamente, a los productores de filtros, cuya responsabilidad se irá ampliando hasta 2025. Quedarán a su cargo costes medioambientales tales como la limpieza y reciclaje de la basura dispersa generada por sus productos —colillas—, el coste de las medidas de concienciación legalmente prevista, y la recogida de datos estadísticos.

Se mire como se mire, todo ello repercutirá, lógicamente, en el precio final del producto y, por ende, en el bolsillo del consumidor.

▪ Reciclar las colillas como un plástico

Los filtros que se comercializan para utilizar con productos de tabaco, y los productos de tabaco con filtro contienen acetato de celulosa, un microplástico que tarda hasta quince años en descomponerse. Reciclarlos ya es un imperativo para el planeta y para nuestra propia supervivencia como colectivo.

Hasta el momento, no existen mecanismos públicos para reciclarlos. Eso no significa que no existan sistemas para hacerlo. De hecho, algunos incluso les dan una segunda vida en ámbitos como la construcción, o las convierten en una nueva fuente de energía. Significa, simplemente, que el Gobierno no se ha ocupado de ello.

▪ ¿Qué es la ‘responsabilidad ampliada del productor’?

Es una política medioambiental que responsabiliza al productor de todo el ciclo de vida de su producto, incluyendo la recogida y el reciclaje. En productos de tabaco, los fabricantes deberán hacerse cargo, además de lo ya mencionado, de los costes de recogida de los residuos (colillas) depositados en sistemas públicos, que aún no existen. Serán los que se diseñen e implanten a tal fin, como máquinas o receptáculos a medida situados en lugares estratégicos, como las terrazas de hostelería o los estancos, como ya ha sugerido alguna comunidad autónoma.

▪ Y en 2025, también el tabaco

La Ley de Residuos está aprobada y en vigor desde abril de 2022. Queda pendiente la adaptación normativa de la responsabilidad ampliada del productor, que debería haberse aprobado antes del 5 de enero de 2023, pero ha sido pospuesta.

A partir de 2025, se prevé regular regímenes de responsabilidad también para los productos del tabaco. En España, serían aquellos que defina la ley de medidas sanitarias (la «ley antitabaco»), en su artículo 3.ac.

El cómo y el cuándo aun son un misterio, pero en Infoestancos os seguiremos manteniendo al día de todo, como siempre.

Alemania, ¿a punto para legalizar el cannabis y el THC?

Siempre en cabeza, Alemania tiene aprobado desde octubre el proyecto de legalización del cánnabis en el país, como sus vecinos de los Países Bajos. El Gobierno prevé autorizar la compra y posesión de hasta 30 gramos de producto bajo un estricto control de su elaboración y venta al consumidor. El plan también incluye el tetrahidrocannabinol (THC).

A semejanza del modelo español de distribución del tabaco a través de puntos de venta controlados —los estancos y sus puntos de venta autorizados—, el Gobierno de Alemania ha aprobado un plan para legalizar la venta y consumo de cánnabis y THC en el país. El tetrahidrocannabinol o THC es la sustancia psicotrópica que contiene la planta Cannabis sativa y que actualmente está autorizado en Europa y España —con concentraciones hasta 0,2 %— para determinados usos autorizados.

La intención de Alemania es legalizar el uso lúdico del cánnabis para 2024. La elaboración sería a cargo de agentes autorizados, así como su venta a consumidores adultos exclusivamente a través de puntos de venta con licencia con el objetivo de combatir el contrabando.

Se tratará, si prospera, del plan más intrépido del territorio comunitario a día de hoy. La única duda que permanece sobre la mesa es si la propuesta es totalmente compatible con la legislación europea, algo que el Gobierno quiere verificar por completo antes de proseguir.

Y en España, ¿quién se acuerda de los estancos?

En España ha habido varios intentos —fallidos— de introducir el cánnabis en la legislación nacional. Los partidos políticos más osados —ERC, Más País, y Unidas Podemos hicieron sus pinitos— presentaron sus vistosas propuestas, de las cuales ninguna llegó al Congreso por un u otro motivo. Aunque, bien mirado, puede que sea lo mejor, porque los estancos no parecían estar entre sus planes prioritarios.

El pastel del cánnabis es muy atractivo. Algunas de las propuestas hablaban de ‘crear nuevas licencias’. Nuevas licencias, ¿para qué? ¿Quién quiere nuevas licencias, habiendo como la hay una red de más de 13.000 comercios especializados en tabaco y productos para fumar por todo el país? A nosotros nos huele a chamusquina.

Formamos parte de Europa y tarde o temprano España tendrá que aceptar que la sociedad se mueve y avanzar con ella. Y cuando llegue ese día —que llegará—, no dejaremos que se olviden de los estancos. En Infoestancos seguiremos aquí para denunciarlo tan alto y largo como sea necesario.

«Preparación a base de una o más partes del cáñamo índico que, consumida de distintas maneras, especialmente fumada, tiene propiedades estupefacientes o terapéuticas». REAL ACADEMIA ESPAÑOLA: Diccionario de la lengua española.

Ley antifraude: más control sobre la picadura de tabaco

El tabaco de liar, la picadura, sigue dando más guerra que Napoleón. En enero de 2022, se puso en marcha por primera vez en España un sistema de control sobre los operadores de tabaco crudo. El objetivo: frenar un mercado negro floreciente en todo el territorio nacional. Justo un año después, llega la segunda parte de la saga: el régimen de infracciones y sancionador.

Si algo le debemos a la ley antifraude — Ley 11/2021, de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal—, es que ha sido la primera en incluir una definición de ‘tabaco crudo’ y prohibir su comercio minorista y por internet, algo de lo que los estanqueros estaremos siempre agradecidos. Se cerraba, así, un histórico vacío legal que situaba el contrabando de picadura de tabaco en un marco de ‘alegalidad’. Era como luchar contra Goliat.

Con ello, se fijaron normas de control sobre el tabaco crudo y sus operadores —a través de un registro de operadores que controla el Comisionado para el Mercado de Tabacos— y el establecimiento un régimen sancionador que el Gobierno acaba de aprobar por real decreto este mes de enero. Las infracciones previstas son sancionables administrativamente. Aun es necesaria la modificación de la ley del contrabando para que las recoja en su articulado y sean, de una vez por todas, constitutivas de delito.

La sentencia de la discordia. Una sentencia del Tribunal Supremo dictada poco después de aprobarse la ley antifraude falló que la hoja de tabaco no estaba sujeta a impuestos especiales por no aparecer explícitamente en dicha ley fiscal. No puede considerarse, por lo tanto, una ‘labor de tabaco’ ni ser perseguida y tipificada de delito de contrabando.

▪ Plan anual de control tributario y aduanero

El Ministerio de Hacienda considera el comercio ilícito de productos del tabaco uno de los ámbitos prioritarios de su Plan Anual de Control Tributario y Aduanero.

Conforme a los cambios habidos en las modalidades de comercio ilícito de tabaco, se continuará con actuaciones encaminadas a controlar el suministro de tabaco ilegal de hoja de tabaco susceptible de ser utilizada como materia primera en la fabricación de cigarrillos en fábricas clandestinas, y al control de los consumidores finales, una modalidad que ha llegado «a cotas muy importantes».

Precio del tabaco: ‘Top-10’ de las 10 marcas más vendidas

El precio del tabaco en España sigue montado en una interminable montaña rusa que sube y baja estratégicamente, a conveniencia de las marcas, que reposicionan sus cajetillas cuando algún competidor mueve ficha. Y los estanqueros observamos pacientemente, cambiamos las etiquetas, e intentamos prever cómo nos saldrán los números de ese mes.

Cuando los precios del tabaco no son estables, resulta difícil prever con exactitud el grado de afectación económica que este factor tendrá en las cifras del estanco  —y más aún si la contienda entre marquistas continúa. Dependerá de una gran variedad de circunstancias, como qué porcentaje del estanco destinamos a otros productos y servicios, y si el grosor de nuestra clientela pertenece al segmento de marcas más afectado.

En todo caso, las oleadas de cambios de precios no son nada nuevo en el sector estanquero. Cada cierto tiempo, en función de parámetros como la entrada en vigor de nuevas normativas u obligaciones legales, el descenso de ventas, o la pérdida de poder adquisitivo entre la población en general, comportan medidas drásticas en las políticas de precios de las marcas.

El precio de las 10 marcas de tabaco más vendidas España

Según datos recientes publicados por el Comisionado para el Mercado de Tabacos, las 10 marcas de tabaco que más se han vendido en España en el año 2022 son: Marlboro, Camel, Fortuna, Winston, Lucky Strike, Chesterfield, Winston, West Brooklyn, L&M, y Nobel, por ese orden. Algunas han aumentado sus precios hasta 0,35 € la cajetilla de 20 unidades —es el caso de Marlboro—, una cifra significativa que empezará a notarse en el volumen global de ventas a no mucho tardar.

En la siguiente tabla y gráficos podéis consultar la evolución que han experimentado los precios de las marcas más codiciadas durante la última década y su situación actual hasta la primera mitad de enero. Y ante la duda, ¡cautela!

Marca                           Precio (*15/01/2023)

Marlboro                                            5,35 €
Camel                                                 5,20 €
Fortuna                                              5,05 €
Winston Classic                                5,10 €
Lucky Strike                                      5,00 €
Chesterfield                                       5,20 €
Winston                                             4,95 €
West Brooklyn                                 4,65 €
L&M                                                   4,95 €
Nobel                                                 4,90 €

PMI alcanza el 40% de mujeres en cargos de alta dirección en 2022

Philip Morris sitúa la responsabilidad social corporativa en el centro de estrategia de la compañía. Hace dos años, la tabaquera rediseñó su hoja de ruta para obtener un mayor y mejor impacto social y medioambiental, tanto en sus productos como en sus operaciones empresariales. Ahora ha conseguido uno de sus mayores objetivos: alcanzar el 40 % de representación femenina en puestos directivos.

Philip Morris International ha conseguido cerrar el año llegando a uno de sus principales objetivos para 2022: mejorar el equilibrio de género con más liderazgo femenino. En 2021, las mujeres ya ocupaban el 39,7 % de los puestos directivos; ahora son el 40 %, uno de los grandes objetivos marcados en el Informe integrado de la compañía, presentado en junio de 2022.

Su estrategia de responsabilidad medioambiental, social, y corporativa se sostiene en dos áreas claramente diferenciadas: la relacionada con los productos de PMI, y la relacionada con la organización. En este último marco, la compañía ha vuelto a obtener la confianza de la comunidad internacional renovando la certificación ‘equal-salary’, un reconocimiento a la excelencia y buenas prácticas corporativas en su apuesta por la igualdad de remuneración y por un trabajo de igual valor entre todos sus empleados —en los noventa países donde opera.

Equal-Salary es una fundación sin ánimo de lucro cuyo foco es la igualdad salarial entre mujeres y hombres. Para una empresa, obtener su certificación es una forma, no solo de demostrar sus prácticas de buen gobierno, sino también de atraer y retener el mejor talento, algo que, lógicamente, revierte en el producto final y el consumidor. Todo el mundo gana.

Según declaraciones de Silke Muenster, directora de Diversidad de PMI: «el próximo objetivo es conseguir un 35 % de mujeres en cargos de alta dirección para 2025».

El reciclaje de colillas, en la línea de fuego (I). ¿De quién son responsabilidad?

Un filtro de tabaco pasa por muchas manos antes de terminar su ciclo: proveedores de acetato de celulosa, empresas importadoras, fabricantes de filtros, tabaqueras y marquistas, distribuidoras de tabaco, comercio minorista —estancos y puntos de venta con recargo— y, finalmente, los consumidores. Pero, ¿dónde acaba después?

Las calles de pueblos y ciudades están repletas de colillas de tabaco, también las playas. No se recogen y no se reciclan; es decir, el incivismo ciudadano se une al cómodo e histórico pasotismo del Gobierno. Y cuando se juntan el hambre con las ganas de comer…

No es que ahora, de pronto, la sociedad se haya impregnado de un pulcro sentido de la responsabilidad y decencia, de una verdadera preocupación por el planeta; ni tan solo de una cierta concienciación para con el resto de la sociedad. Lo que pasa es que hay que aplacar a Europa, que apremia con cerrar el grifo si el Gobierno no empieza a ocuparse de lo que es su deber.

En resumen: las colillas no se reciclan porque ningún gobierno se ha preocupado, a día de hoy, de establecer y organizar un sistema de reciclaje de colillas adecuado, como se hizo en su día con las pilas, baterías, papel, plástico, materia orgánica, etc. Tampoco han lanzado campañas de sensibilización suficientes hacia el planeta y el medio ambiente como se hizo también en su día, por ejemplo, para prevenir el fuego en el bosque. No pretendemos disculpar cochinadas como dejar las colillas en la playa o en el bosque, pero ante actitudes generalizadas de este tipo, no hubiera estado de más alguna medida de concienciación ciudadana.

▪ Las tabaqueras tendrán que recoger las colillas: ¿seremos los siguientes?

En breve, las tabaqueras tendrán que sufragar el coste de limpiar y reciclar las colillas de tabaco, una obligación que tenían que asumir desde el pasado 6 de enero pero que ha quedado, de momento, pospuesta sin fecha concreta. Todavía quedan aspectos por definir antes de aprobar el correspondiente real decreto.

La Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular entró en vigor en abril de 2022. Incorpora la prohibición de fumar en las playas para evitar la contaminación por colillas y traslada a los ‘productores’ —la industria del tabaco— el coste de recogida y reciclaje de los filtros. Una responsabilidad que se irá ampliando hasta 2025.

Y nosotros nos preguntamos: ¿Y qué sucederá luego? ¿Seremos los estancos los siguientes?; ¿la hostelería? Esperemos que se tenga en cuenta al sector antes de diseñar futuras políticas medioambientales y que recuerden que casi un 85 % del precio del tabaco son impuestos, lo que da para mucho ¿verdad?

La venta de cigarrillos revive en 2022

El número de cajetillas de cigarrillos vendidas en España creció un 4,82 % el pasado 2022, con 2.013 millones de unidades vendidas hasta el mes de noviembre y 9.267 millones de euros recaudados, una subida del 6,08 % respecto al mismo período del año anterior.

Así se desprende de los datos publicados por el Ministerio de Hacienda sobre la evolución del mercado interior de tabacos hasta el pasado mes de noviembre.

Son excelentes noticias, aunque fueran de esperar. Superar las ruinosas cifras de la pandemia no se presentaba como una de las tareas más arduas de los estanqueros para 2022; sin embargo, recuperar las ventas previas al cataclismo (2.068 millones de cajetillas vendidas en 2019) ya es otro cantar. Casi lo hemos conseguido.

Por comunidades, lideran la clasificación Cataluña —con cerca de 396,4 millones de cajetillas de 20 unidades comercializadas— y Andalucía (343,9), muy por delante de Madrid (241,6 millones). La venta de cigarrillos hasta noviembre generó ingresos por valor de 9.267 millones de euros, un 6,08 % más que en 2021, que cerró con un total de 10.201 millones de euros recaudados. Habrá que esperar a que Hacienda publique los datos referentes al pasado mes de diciembre para saber si hemos recuperado definitivamente las cifras prepandemia.

Las estadísticas oficiales revelan que la mayor parte del descenso de ventas se concentró entre marzo de 2020 y la primera mitad de 2021, momento en que la curva empezó a ascender para la mayoría de estancos. El precio medio por cajetilla de 20 cigarrillos comercializada siguió la misma tendencia al alza, situándose en 4’56 euros el pasado noviembre.

 

*Año 2022, ingresos hasta el mes de noviembre.
FUENTE: INFOESTANCOS (elaboración propia a partir de datos oficiales).

Camel avanza posiciones en el ranquin de marcas más vendidas

Marlboro sigue a la cabeza del ranquin por marcas de cigarrillos, a pesar de un levísimo retroceso en la cuota de mercado (13,70 % frente al 13,88 % de 2021), seguida de Camel, que avanza implacable, con una cuota de mercado del 11,84 % (frente al 11,08 % en 2021 y el 9,57 % en 2019). Fortuna (7,36 %) pierde unas décimas pero consigue ganar dos posiciones desde 2019,  situándose por delante de Winston Classic (7,30 %), Lucky Strike (7,23 %), Chesterfield (7,12 %), y Winston (6,93 %).

Por compañías, Philip Morris controla el 28,98 % del negocio de cigarrillos en España. Le siguen Altadis (27,70 %), Japan Tobacco International (27,09 %) y British American Tobacco España (10,03 %).

 

FUENTE: INFOESTANCOS (elaboración propia a partir de datos oficiales).

 

Las 12 noticias más relevantes de 2022

Hemos recogido en este breve recopilatorio doce de las grandes noticias que han marcado 2022. ¡Qué año! A los estancos nos han caído por todos lados, aunque alguna cosa buena también hemos tenido, seamos sinceros. Os dejamos a continuación las más relevantes.

¿Sin tabaco en las terrazas?

Sanidad aprobaba el borrador de un nuevo Plan contra el tabaquismo con medidas tan radicales como la ampliación de los espacios sin humo a vehículos privados y terrazas de hostelería, o el paquete neutro.

‘No’ definitivo a la marihuana

Ninguna de las proposiciones presentadas por los partidos políticos llegó al Congreso.

Llegan las multas por publicidad del Comisionado

Una avalancha de multas por publicidad llega a los estancos en relación con las inspecciones realizadas por la Guardia Civil a finales de 2020.

¿Cómo va a ser el nuevo impuesto al vapeo?

Corría la voz en el sector de un nuevo impuesto sobre el vapeo. En Infoestancos hurgamos hasta dar con la propuesta que había sobre la mesa de Hacienda y Sanidad.

Más de un 60% de los estanqueros vendería su estanco

Sí, compañeros, la primera sorpresa del año fue vuestra respuesta a la última encuesta de Infoestancos, con 1.858 votos. Un 63 % respondió que se desharía de su estanco.

Llega el anteproyecto de la nueva Ley del Mercado de Tabacos

Hacienda publicaba el anteproyecto de una nueva Ley del Tabaco, con significativos cambios en la regulación del sector.

La responsabilidad civil del estanquero por sus máquinas

El incendio de un bar por un cortocircuito en la máquina expendedora de tabaco abrió la caja de pandora de la gestión delegada de los PVR y la responsabilidad del estanquero.

¿Estanco de vacaciones? ¡No más de 15 días!

Cambio de criterio del Comisionado para el Mercado de Tabacos respecto al cierre de los estancos, limitado, ahora, por la obligación de trazar.

Los estancos no somos puntos de recogida de colillas

Los estancos no queremos ser un punto de recogida de colillas ni encargarnos de su custodia, como sugirió el Gobierno.

Primera subasta de estancos: ¿Por encima del mercado? Cómo queda el precio de los estancos tras la subasta

España celebra la primera subasta de estancos de toda su historia. Se han llegado a pagar hasta medio millón de euros por licencias en lugares fronterizos, los números son de escándalo.

De puerta a puerta y en línea recta: así se miden ahora las distancias entre estancos

El Comisionado establece nuevos criterios de medición de distancias entre estancos para la provisión de expendedurías y los cambios de emplazamiento.

Europa prohíbe aromas y sabores en el tabaco calentado

La propuesta de la Comisión Europea ya es una realidad. España dispone de once antes de retirar totalmente de estancos y comercios los productos de tabaco calentado con aromas y sabores.

Evento bat staff academy: avanzar el futuro

El pasado 17 noviembre BAT celebró en la Casa Guardiola de Sevilla la entrega de premios de reconocimiento por completar la formación de BAT Staff Academy, el exclusivo y exitoso programa de formación para estanqueros que se celebra anualmente. El objetivo es reforzar los conocimientos sobre nuevos productos de potencial riesgo reducido. Infoestancos estuvo allí. Te lo contamos.Desde su creación hace escasos dos años, los premios BAT Staff Academy se han convertido en una importante cita del sector. El objetivo de la multinacional no es otro que dotar al estanquero del conocimiento y la formación necesaria sobre las nuevas categorías de productos de potencial riesgo reducido. Un curso intenso y extenso  —de febrero a octubre de 2022— cuyo éxito pone de relieve que existe un interés real y manifiesto del sector estanquero.

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María Loring, directora comercial de BAT España, presentó las cifras, que hablan por sí solas:

✔️ 1.450 estanqueros/as y 500 empleados/as.

✔️1.600 puntos de venta.

✔️ Top 3 provincial con más usuarios: Madrid (265), Barcelona (260), y Valencia (135)

El director general, Juan José Marco, hizo entrega a los 26 estanqueros premiados de su Diploma BAT Staff Academy.

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Para BAT —empresa líder en productos multi-categoría en el mundo—, 2022 está siendo un gran año. Ya ha superado los 20 millones de consumidores de nuevas categorías, siendo su ambicioso objetivo alcanzar los 50 millones en 2030. A estas alturas, creemos que a nadie le quedan ya dudas de que el futuro apunta hacia una disminución del consumo tradicional de tabaco en pos de productos tecnológicos de potencial riesgo reducido. La multinacional está presente en esas nuevas categorías con VUSE en el mercado del vaper, glo™ en el tabaco calentado, además de sus ya conocidas marcas tradicionales para fumar. BAT es la única compañía que comercializa en el mercado español productos de todas las categorías.

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Cristina Agudo, manager de Comunicación y Asuntos Públicos de BAT España y Portugal.

Una vez entregados los premios y concluido el acto, se nos ofreció la posibilidad de charlar con los premiados para conocer su opinión sobre el curso y la importancia de la formación en la venta asesorada de productos sin combustión. Nos quedamos con este comentario de un estanquero: «Estamos avanzando el futuro».

 

Infoestancos cierra el año con buenos números gracias a vosotros ¡Feliz 2023!

¡Cada año somos más lectores! Cada año sois más los estancos que depositáis vuestra confianza en nuestro medio de comunicación y nos leéis a diario. Por todo ello queremos daros las gracias, mil gracias por convertirnos en líderes del sector, agradecer vuestra fidelidad, y desear que en este 2023 que llega haya más y mejor para todos los estancos. ¡Felices fiestas!

2022 ha sido un año muy potente para todos vosotros, los profesionales del sector estanquero. Las noticias se han sucedido una tras otra, sin descanso ni pausa: primera subasta de estancos del país, nueva ley del tabaco camino del Congreso, obligaciones de reciclaje, más restricciones al humo en los espacios públicos, más prohibiciones, veto en las terrazas, nuevos planes europeos para los productos de vapeo y sin combustión, y la lista sigue.

En Infoestancos no hemos fallado ni un día. Siempre a vuestro lado para que dispongáis de la mejor información, completa y veraz. Somos un equipo de profesionales formado y a vuestro servicio, ¡no lo olvidéis!, al servicio del estanco, y de nadie más.

Nuestro prestigio no es el desprestigio de otros ¡al contrario! A lo largo de nuestro lustro largo de trayectoria —casi 7 años ya—, hemos construido nuestra audiencia día a día, a pulso, brindando información de calidad contrastada y actual. Los números hablan solos:

· 168 noticias publicadas.

· 16 encuestas, en las que habéis dado vuestra opinión.

Nos habéis enviado cientos de mensajes de Whatsapp, vuestro medio preferido para comunicaros con nosotros.

Solo nos queda despedir el año deseándoos lo mejor y mostrando nuestro orgullo de teneros a nuestro lado.

La nueva ley del tabaco avanza

Sin prisa pero sin pausa. El anteproyecto de ley del mercado de tabacos una vez conseguido el informe de Competencia del que ya os informamos aquí, entró en el Consejo de Estado que se espera que emita el suyo en breve. De esta forma ya se habrá completado el trámite y el gobierno podrá aprobar un proyecto de ley para su debate y aprobación en las Cortes.

Desde el primer texto que se dio a conocer hasta el que ha entrado en el Consejo de Estado ha habido pocas variaciones de calado. Pese a la crítica y recomendación de Competencia, el Gobierno sigue en su idea básica de ampliar el monopolio añadiendo a la “venta minorista de productos de tabaco” “los cigarrillos electrónicos y dispositivos para el consumo de productos de tabaco novedosos, entre otros, los productos de tabaco por calentamiento”.

También se mantiene en la idea de limitar las promociones “evitando aquellas actividades comerciales que puedan ser más atractivas para incentivar el consumo” mejorando “su supervisión y control” y en la proporcionalidad en el precio de las labores para paquetes de más de 20 o picadura de diversos pesos.

¿Así pues las diferentes alegaciones de las asociaciones de estanqueros y otros operadores no han servido de nada?

Sí. Se han mejorado algunas cosillas, algunos errores muy peligrosos, algunos de los cuales ya denunciamos con toda la cotundencia en su día aquí.

Por ejemplo el “abastecimiento de productos de tabaco por el expendedor a establecimientos que no cuenten con autorización de punto de venta con recargo en vigor” (vender a un PVR con permiso caducado) pasa de infracción muy grave (120.000 €) a solo grave (12.000 €)… Gracias

La reducción por pronto pago de las sanciones pasa del 25 % al 40%.  Es decir nuestra sanción clásica de 12.000 € que queda en 9.000 € quedaría ahora en 7.200 €… Gracias

Las solicitudes de PVR se tendrán que resolver en el plazo de máximo 1 mes o se entenderán como desestimadas (silencio administrativo negativo). Se solicitarán también para vender con recargo los llamados productos relacionados (vappers).

En cambio para los marquistas el silencio será positivo en las promociones. Las campañas promocionales se someterán a la autorización del Comisionado para el Mercado de Tabacos, que resolverá en el plazo máximo de un mes. Transcurrido este plazo sin haberse notificado resolución expresa, se entenderá autorizada.

En definitiva algunos (buenos) ajustes en una ley que sigue su curso con unas cuantas ideas de principio que no han variado un ápice.

Gracias a todos por vuestra colaboración. INFOESTANCOS al servicio del estanquero.
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