Obligaciones fiscales del estanquero: qué declarar, cómo calcular el IRPF y cómo VERIFACTU hará que se declare toda la recaudación real.
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Obligaciones fiscales del estanquero: qué declarar, cómo calcular el IRPF y cómo VERIFACTU hará que se declare toda la recaudación real.
Los gestores y gestorías elaboran y presentan la mayoría de los impuestos. Los estanqueros se quejan y pagan. Ahora llega el VERIFACTUM y eso va a suponer que muchos pagarán más, muchos más impuestos que los que pagan actualmente. ¿Por qué? Todos los estanqueros deberían saber cómo se calculan los impuestos. Es mucho dinero, una parte importante de su negocio.
Cuáles son las obligaciones fiscales de un estanco y como se calculan
Para calcular que se tiene que pagar cuando se tiene un negocio existen distintas fórmulas (regímenes) posibles:
La estimación directa es el método más común para calcular el IRPF de los autónomos.
Consiste en:
Declarar los ingresos reales obtenidos por la actividad, las recaudaciones del estanco,
Restarle las compras de mercancía y los gastos deducibles (aquellos necesarios para desarrollar el trabajo, como alquiler del local, suministros, material, gestoría, etc.).
Restarle las amortizaciones, aquellos gastos (como la compra del propio negocio o las reformas) que no se pueden deducir de golpe en el ejercicio en que se hicieron si no que deben periodificarse según marca la ley.
El resultado total de esta operación nos da el beneficio, lo que se llama EL RENDIMIENTO NETO de la actividad.
Existen dos modalidades de estimación directa:
Los estancos en estimación directa simplificada no están obligados a llevar contabilidad, basta con contabilizar correctamente ingresos y gastos.
El impuesto más importante que pagan la mayoría los estanqueros es el de la renta (IRPF). Lo pagan en función de lo que han ganado en ese año. De lo que han declarado como RENDIMIENTO NETO DE LA ACTIVIDAD.
Pero antes de hacer la renta anual deben hacerse cuatro pagos a cuenta de ese IRPF. Los estancos en estimación directa deben declarar trimestralmente (cuatro veces al año) el rendimiento de cómo va yendo su actividad mediante el modelo 130.
Estos pagos son anticipos del IRPF. Al hacer la declaración anual de la renta (modelo 100), entre abril y junio, se echan las cuentas definitivas; si durante el año se pagó de más, Hacienda devuelve la diferencia; si se pagó de menos, hay que ingresar lo que falte.
| Concepto | Modelo | Periodicidad | Plazo de presentación |
| IRPF (pago fraccionado) | 130 | Trimestral | 20/04, 20/07, 20/10, 30/01 |
Aunque parezca mentira, cuando a veces revisamos las declaraciones de estancos nos encontarmos con gente que paga de más. Estancos que no se deducen algunos gastos porque no saben que son deducibles y ni los envian a las gestorias. Y sobre todo que no amortizan, o no amortizan correctamente. La entrada en vigor del VERIFACTUM supone que todo producto que pasa por el lector óptico es contabilizado como ingreso por Hacienda, antes incluso que lo sepa el estanquero. Se acabó el cálculo por estimaciones o por premios, se declara la caja entera. Los que no lo estén haciendo así tienen todavia seis meses para rectificar… Lo que digo, mejor entender que se está haciendo y no dejarlo únicamente en manos de un gestor que muchas veces no conoce tu negocio.
X. Tamareu
Abogado 19118
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