|
Getting your Trinity Audio player ready...
|
La quinta de las diez medidas no es una prohibición de fumar, es una prohibición de vender. ¿Una buena noticia para los estancos?
En los artículos anteriores de la serie Las diez bombas de la ley antitabaco, donde analizamos las distintas prohibiciones que propone el Gobierno en su proyecto de ley, os explicamos las prohibiciones de fumar en terrazas, vehículos privados y en torno a ciertos lugares como escuelas y hospitales, así como la firme voluntad de equiparación del tabaco a otras formas, menos perjudiciales, de consumo de la nicotina.
Se trataría de limitar los puntos de venta de los productos de la nicotina.
Así como el tabaco se vende solo en estancos, los vapeadores y otros productos de la nicotina se venderían solo en tiendas especializadas, entre las cuales la red de expendedurías.
Entendemos que la mera prohibición de venta por internet ya sería una gran noticia para el sector minorista.
Y es una medida inevitable si alguien pretende que nos creamos que, con esta ley, el Ministerio de Sanidad busca mejorar la salud pública y no simplemente castigar al “sector legal”.
Esta es una medida que, bien regulada y bien aplicada, lo cual no es sencillo, podría ser positiva.
Y no es casual.
La idea no es suya. Proviene de una proposición no de ley impulsada por el sector que se presentó el pasado 26 de febrero en la Mesa del Congreso de los Diputados.
Esta proposición instaba al Gobierno a regular la venta de productos de vapeo, bolsas de nicotina y demás productos relacionados con el tabaco, limitándola a los canales autorizados de acuerdo con la normativa vigente, excluyendo su comercialización en internet y en tiendas no especializadas.
Instaba al Gobierno a controlar y supervisar esta venta de productos de la nicotina, que ahora vende cualquiera que venda chicles, para garantizar una correcta trazabilidad de los productos, el cumplimiento de la normativa sanitaria y la recaudación fiscal que viene asociada desde el establecimiento del impuesto de la nicotina.
Es decir, las normas que solo cumple el sector regulado.
No sabemos cuál será el texto final del proyecto. Todo el mundo especula sobre una nota de prensa que es más propaganda que información, pero la iniciativa planteaba una limitación clara de los puntos de venta, reforzando el papel de los canales autorizados y excluyendo expresamente la venta online y la distribución en establecimientos no especializados.
El objetivo es concentrar la comercialización en entornos sometidos a control específico.
¿Lógico, no? España tiene una red de concesionarios del Estado, especialmente controlados y exigidos, dedicada exclusivamente a garantizar el cumplimiento de la normativa fiscal y sanitaria.
Nos está costando…
¿Quieres entender mejor esta quinta medida? Puedes empezar preguntando:
Escribe tu pregunta y consulta la información de Infoestancos sobre el proyecto antitabaco y el futuro de la venta de productos de nicotina.
🙌🏻 Gracias por confiar en INFOESTANCOS. Siempre al servicio del estanquero.
✅ Tu apoyo nos permite seguir informando con independencia sobre las últimas novedades del sector.
📢 Comparte esta noticia con tus compañeros estanqueros. Seguro que te lo agradecerán 😉
💬 Tu opinión cuenta. Escríbenos por WhatsApp, email o formulario de contacto
⚖️ Aviso Legal: Esta información es orientativa y no tiene carácter vinculante.
Aviso Legal - Política de Cookies © Infoestancos. Todos los derechos reservados. Diseñado por IndianWebs.