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En base a lo dispuesto en el artículo 20 del real decreto 579/2017 la fecha tope para la comercialización de este tipo de labores es el día 11 de abril de 2018.
La disposición transitoiria es un poco confusa en tanto que indica plazos de fabricación y comercialización de picadura de liar en petaca no conformes a las nuevas disposiciones de etiquetado, hasta 20 de mayo de 2018 (fabricación) y 20 de mayo de 2019 (comercialización), donde estas fechas se refieren unicamente al etiquetado. En el tema del gramaje, deberá estarse a lo dispuesto con caracter general para los productos no conformes a las nuevas disposiciones, es decir hasta el 11 de septiembre de 2017 (fabricación) y hasta el 11 de abril de 2018 (comercialización).
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