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Los consumidores tienen derecho a pagar en efectivo, Negárselo ya es una infracción sancionable con multas de hasta diez mil euros.
Hace escasos tres meses entró en vigor la nueva norma que garantiza el derecho a pagar en efectivo en los comercios. Y es que, a raíz de las insólitas circunstancias de los últimos dos años, la plena instauración del dinero electrónico ha desembocado en situaciones de exclusión financiera.
Efectivamente, algunos establecimientos empezaron a lucir carteles de «no aceptamos dinero en efectivo», una práctica contraria a la legislación comercial y tributaria de nuestro país. Con el Real Decreto Legislativo 24/2021, la negativa a aceptar pagos en efectivo —siempre dentro de los límites establecidos por la normativa tributaria y fiscal, claro está— se reconoce como una infracción en materia de defensa de los consumidores y es, por lo tanto, sancionable. La infracción es leve y las sanciones oscilan entre los 150 y los 10.000 euros, aunque pueden sobrepasarse dichos importes en determinadas situaciones.
En los estancos es habitual el pago en efectivo, así que siempre es bueno tener presente que se trata de un derecho de nuestros clientes, aunque tal vez no sea nuestro método de cobro preferido.
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