El pasado 25 de octubre de 2017 se publicó en el BOE la Ley 6/2017, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo (enlace). Respecto de las expectativas que había levantado la ley se queda muy corta pero introduce algunas mejoras que nos afectan directamente. Os resumimos las que nos han llamado más la atención.
FISCALIDAD. Se aclaran algunos gastos deducibles. A partir de ahora queda muy claro que son deducibles los siguientes gastos:
Para mayor información tenéis aquí la circular de ABOGADOSESTANCOS.es
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