Autor: Infoestancos

La mejor compañía de cigarros Premium del mundo en exclusiva en LCT

La Casa del Tabaco ha firmado una exclusiva de distribución en nuestro país con Arturo Fuente, la mejor compañía de cigarros premium del mundo.

Como dicen en LCT, un hito histórico para la compañía, por lo que representa este nuevo acuerdo para muchos aficionados españoles que estaban esperando esta distribución.

Arturo Fuente es uno de los mayores productores de cigarros Premium de la República Dominicana que ha obtenido innumerables premios gracias a su calidad y buen saber hacer.

Aquí os dejamos enlace a la nota de prensa completa, con fotografías que ilustran muy bien la importancia de esta nueva alianza para España.

Paquete genérico. Sanidad vuelve a la carga

La Señora Ministra de Sanidad compareció ante los medios en marzo para anunciar su nuevo Plan integral de prevención y control del tabaquismo. Este nuevo plan se articulará a través de una modificación de la normativa sanitaria que según anunció “ya está preparada”.

Dña. Carolina Darias ha dado algunas pautas sobre por donde van a ir los tiros.

Básicamente se recuperan las ideas de la época “precovid”:

La primera: La ampliación de los espacios libres de humo. Estaba cantada. El problema va a ser que espacios serán. Hace un año se habló, discutió, mucho sobre las terrazas. Prohibir fumar en las terrazas de los bares seria un precedente peligrosísimo ya que es un espacio privado al aire libre. Suponemos que aquí la alianza con la hostelería será cerrada. Sólo les faltaría esto a los pobres hosteleros con lo que llevan sufriendo desde el año pasado.

La segunda: La equiparación de la regulación de las nuevas formas de fumar a las del tabaco. Por lo que vimos en el anuncio de marras, para el ministerio las otras formas de fumar son el vapeo y la shisha pero no podemos descartar hierbas varias. En regular y tasar eso España lleva años de retraso con relación a otros países europeos. Van tarde. Y la cosa es clara: prohibición de la venta por internet para empezar. Control de la venta a menores evitando la profusión de puntos de venta. Sólo en estancos y se me apuras, algunas tiendas especializadas. Y ya puestos, equiparación PLENA con el tabaco. Sujeción de todas las formas de fumar a los impuestos especiales. TODAS. Sujeción al monopolio del tabaco. Venta solo en concesionarios del Estado.

La tercera: Esta es la que lleva más peligro. Una medida que muchos consideran inútil y contraproducente: la introducción del paquete genérico, o como viene a llamarlo ahora el ministerio “el empaquetado neutro”. La eficacia de esta medida es muy discutible y discutida. Los países que lo han introducido arguyen que han visto bajar las ventas y deducen de ello que la gente fuma menos pero otros lo que deducen es que la gente en realidad sigue fumando pero contrabando o tabaco fronterizo. ¿Cuanto tabaco que se compra en las fronteras de Francia, se fuma en Francia? Basta repasar las cifras del confinamiento, cuando se cerraron las fronteras, las caídas en las provincias de frontera con Francia fueron espectaculares. Suponemos que las marcas lucharán a muerte contra esta medida. En mi humilde opinión, no obstante, lo que más me sorprendió de las declaraciones de la Sra. Ministra fue lo que no dijo. No habló de subidas de precio, ni de equiparación del precio con Europa, y esas serían buenas noticias, bueno, parece que pronto veremos como acaba todo.

¡la información es poder!

Apunte de usabilidad. ¿Cuántas veces nos pasa que dudamos sobre una información que ya hemos leído con anterioridad porque no recordamos exactamente que decía?

Infoestancos ya tiene más de 800 noticias publicadas!!! toda una fuente de información que tienes a mano cuando la necesitas. Sólo tienes que utilizar nuestro buscador que se encuentra en la zona superior-derecha o en el menú si nos lees desde el móvil y escribir una palabra sobre el tema que quieras consultar, por ejemplo: canon, sanciones, PVR, seguridad, …. y obtendrás los resultados de todas las noticias que hemos publicado y que contienen esa palabra buscada de manera instantánea.


Hemos detectado que muchos de vosotros ya lo utilizáis, ya que de rebote nos llegan nuestras propias noticias en determinadas consultas de compañeros que vemos publicadas en redes sociales, WhatsApp, … Así que ya sabéis como buscar respuestas a vuestras preguntas diarias.

Además, si escribes una marca o un proveedor, también los tenemos todos en nuestra sección «Quién es Quién» que ya conoces. Y como siempre, si nos falta uno dínoslo, entre todos somos mejores!!!

 

¿Las guarderías cuentan como escuela para calcular las distancias?

Bienvenidos a la guía legal de preguntas y respuestas cortas que te forman y ayudan en tu día a día en el conocimiento global del mundo del expendedor.

Calcular las distancias cuando decidimos trasladar nuestro estanco a una zona mejor no es tarea fácil, hay que tener en cuenta no acercarnos demasiado a otros compañeros, escuelas, … Tipos de escuelas o de negocios de enseñamiento hay muchos y diferentes, de ahí la pregunta de hoy, Si quires saber todo esto lee nuestra nueva FAQs ¿Las guarderías cuentan como escuela para calcular las distancias?

No os perdáis el resto de preguntas y respuestas de esta fantástica sección.

20 de abril, el canon disponible en la carpeta ciudadana

Ayer la Unión anunció que el canon concesional estará disponible el próximo martes 20 de abril en la Carpeta Ciudadana.

Aquí os transcribimos la nota publicada por la Unión de Estanqueros de España por si no la leísteis:

A partir del día 20 de abril de 2021 estará disponible la liquidación anual del Canon Concesional de las expendedurías de tabaco y timbre del Estado en la Carpeta Ciudadana.

Esta forma de notificación electrónica, que se empleó el año pasado con buenos resultados, permite un acceso más cómodo y ágil de los expendedores de tabaco y timbre del Estado al documento de liquidación y las instrucciones para el pago del Canon Concesional.

Asimismo, igual que el año anterior, todos aquellos expendedores que no accedan a la notificación electrónica en Carpeta Ciudadana, lo recibirán por correo postal.

Para facilitar la tramitación, el Comisionado para el Mercado de Tabacos ha editado una breve guía con las instrucciones para acceder a la Carpeta Ciudadana y descargar la liquidación.

El acceso a la Carpeta Ciudadana se realiza a través del siguiente enlace: Carpeta ciudadana

Para los que aún nos os habéis descargado nada de vuestra carpeta ciudadana, aquí os dejamos las instrucciones paso a paso.

La Ley del Mercado de Tabacos. Paso 1

El pasado 10 DE MARZO acabó el plazo para presentar opiniones en el trámite de consulta pública a los afectados. SE COMPLETÓ EL PRIMER PASO PARA LA ELABORACIÓN DE LA LEY.

Todo largo camino empieza con un primer paso. Pero… ¿Qué viene ahora?

Con todas esas opiniones (o sin ellas si deciden prescindirlas) el Ministerio, debería elaborar un Anteproyecto de Ley del Mercado de Tabacos y una Memoria de Análisis de Impacto Normativo (MAIN).

El anteproyecto como el nombre indica, es lo que va antes del proyecto, la cosa va para largo…

Una vez tenemos el anteproyecto se presenta por el Ministerio al Consejo de Ministros.

El consejo de Ministros decide qué trámites, consultas, dictámenes e informes se van a necesitar y lo plazos para llevarlos a cabo aunque algunos son obligatorios (preceptivos).

Una vez finalizados los informes la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda deberá realizar el suyo.

Finalmente se abrirá el Trámite de Audiencia Pública. Hacienda publicará finalmente el texto en su portal web. Conoceremos el texto. Y los afectados podrán proponer sus alegaciones. En este momento se recaba la opinión de las Organizaciones o Asociaciones más representativas, aquellas que por ley se considera que representan a los colectivos afectados. En el caso de los estanqueros posiblemente La Unión.

Y ya llegamos al Dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente.

Como veis, el camino de un anteproyecto de ley es arduo y dificultoso. Salido del Consejo se debe someter a la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios y entonces estos la devuelven al Consejo de Ministros. Si el consejo de ministros aprueba el anteproyecto se convierte en Proyecto.

Si el Consejo de Ministros aprueba el Proyecto de Ley, se envía finalmente al Parlamento. Primero al Congreso de los Diputados y después al Senado.

El trámite parlamentario tampoco es coser y cantar. Los grupos parlamentarios pueden presentar enmiendas y aquí, con un gobierno sin mayoría absoluta, la acción de los representantes del colectivo es clave. Saber explicar, saberse explicar, ante un parlamentario que nada sabe del tema, en el poco tiempo de una reunión. Encontrar a un grupo o grupos que defiendan tus enmiendas…

El texto definitivo aprobado por ambas cámaras será publicado en el Boletín Oficial del Estado y entrará en vigor, normalmente, al día siguiente.

No corran mucho que esto es una maratón…

Las nuevas autorizaciones de PVR

Este marzo se publicó en la web de Hacienda el Proyecto de Orden Ministerial por la que se aprueban los modelos de autoliquidación y liquidación de la tasa y el canon establecidos en la Ley 13/1998.

Este proyecto introduce algunas novedades en los impresos que utilizamos usualmente como el modelo para liquidar la tasa de los PVR  (mod 791. código 598).

¡Importante! Este modelo, y las otras tasas y cánones sólo se podrán conseguir DESCARGANDOLOS DE LA SEDE ELECTRÓNICA DEL COMISIONADO (en el propio impreso se advertirá que no valen fotocopias) 

AQUÍ os recordamos el link:  https://cmtabacos.sede.gob.es/

Estas serán las principales novedades del nuevo impreso:

  1. PAGO: Se podrá pagar en cualquier entidad financiera de las colaboradoras con Hacienda. Ya no va a tener que hacerse a través del Banco de Santander exclusivamente.
  2. INTRUCCIONES: EL impreso incorpora unas instrucciones que explican, en nada cambian, algunas cosas que la mayoría ya saben:

PAGO PREVIO A LA PRESENTACIÓN:  La presentación de la autoliquidación y el pago del importe se deberá realizar con carácter previo a la solicitud de concesión o renovación de la autorización de punto de venta con recargo.

El apartado de “DATOS BANCARIOS” tiene las opciones de Pago en efectivo o de Adeudo en cuenta.

En el apartado DATOS DEL ESTABLECIMIENTO” se relacionan las actividades que pueden tener una máquina de tabaco “Tipo de establecimiento: quioscos o locales de prensa en la vía pública o con acceso directo a la vía pública, tiendas de conveniencia, bares, restaurantes, cafeterías y demás establecimientos de hostelería, hoteles, hostales y establecimientos análogos, salas de fiesta, establecimientos de juego o de uso público en general.”

En la casilla EXPENDEDURÍA DE SUMINISTRO” se RECUERDA A TODOS que “El expendedor será responsable a través de su firma y sello de que la expendeduría consignada en el modelo cumple con estos requisitos”.

  1. Declaración responsable de la máquina. DESAPARECE la casilla Identificación de la máquina expendedora y de su propietario y se sustituye por una “Declaración Responsable” del titular del PVR, que dice: “Mediante la presente solicitud se declara que el modelo de máquina expendedora que será instalada en el establecimiento en la modalidad de venta automática se encuentra debidamente homologada por el Comisionado para el Mercado de Tabacos y que la máquina
  2. PAGO TELEMÁTICO. Se prevé una nueva modalidad de pago para que pueda hacerse telemáticamente.
  3. INGRESO INDEBIDO.- En las instrucciones para el pago, se prevé la DEVOLUCIÓN DE INGRESOS INDEBIDOS”, donde indican que “Las solicitudes de devolución de ingresos indebidos deberán dirigirse al Comisionado para el Mercado de Tabacos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 221 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria”.
  4. Se eliminan las opciones de ALTA, RENOVACIÓN, BAJA-MODIFICACIÓN

Suponemos que finalmente han optado por rendirse a la realidad y que todo van a ser altas como hecho eran porque los permisos no se encabalgaban por fechas de final e inicio y lo de la renovación era un peripé. Suponemos también que las bajas o modificaciones podrán hacerse por la web del Comisionado sin necesidad de impreso… suponemos…

  1. – El nuevo modelo, solicita el correo electrónico tanto del Titular del PVR como del titular de la expendeduría de suministro.

Este es nuestro resumen, pero para los que queráis saber más, os dejamos el link con el texto del proyecto: https://www.hacienda.gob.es/Documentacion/Publico/NormativaDoctrina/Proyectos/OM-TASA-CMT.pdf 

Para los que queréis hacer los trámites telemáticamente os dejamos la Guía rápida que ha creado La Unión para la tramitación de los PVR por la web del Comisionado en este enlace: https://union-estanqueros.com/wp-content/uploads/2021/02/210209-Gu%C3%ADa-rápida-trámitación-PVR.pdf

Denuncias. Nuevo Formulario. Cuidado con Gestión Delegada.

El Comisionado ha publicado un nuevo modelo para denunciar las infracciones a la ley de sanidad. Va destinado a que se denuncie a la gente que fuma en lugares prohibidos, pero parece dirigida básicamente a los PVR a los que se podrá denunciar por una serie de infracciones. Pero, cuidado, cuidado para los que hacen gestión delegada, hay unas cuantas que pueden rebotarles automáticamente.

Atención a las casillas 5, 6, 7, 8 y 9… referidas a la máquina:

    1. Consumo de tabaco por parte de cliente/a, trabajador/a y/o responsable.
    2. Se permite fumar en lugares donde está prohibido.
    3. No hay cartel a la entrada informando de la prohibición de fumar.
    4. Se venden productos de tabaco a menores de 18 años.
    5. La máquina expendedora de tabaco no dispone de mecanismo de activación para control de la edad.
    6. La máquina expendedora de tabaco no se encuentra correctamente ubicada.
    7. Se permite el uso de la máquina expendedora de tabaco a menores de 18 años.
    8. La máquina expendedora de tabaco no dispone de advertencia sanitaria visible.
    9. La máquina expendedora de tabaco dispensa otros productos diferentes de los permitidos.
    10. No se dispone en lugar visible del cartel que informa sobre la prohibición de venta de tabaco a menores de 18 años y de los perjuicios para la salud del uso de tabaco.

Gracias a todos por vuestra colaboración. INFOESTANCOS al servicio del estanquero.

Ayúdanos a difundir las noticias del sector y pásalas a tus contactos estanqueros de WhatsApp!!!

Podéis enviarnos vuestras ideas, críticas o consultas a través de nuestro WhatsApp 603 107 339 o por correo electrónico info@infoestancos.es

¿Nos quieren engañar con los contratos?

No es lo mismo lo que nos dicen y prometen, que los contratos que firmamos.

Se repite una y otra vez la misma situación. El último caso que tenemos constancia es el de una conocida marca de refrescos que nos cede una o más neveras con el fin de vender sus bebidas, su marca, sin coste para nosotros. Ellos se encargan de proveernos de estos productos y nosotros de darles un espacio y visibilidad. Para el departamento comercial de esta distribuidora, que es con quien tenemos el trato, todo es fácil y maravilloso. Ellos se encargan del mantenimiento del equipo, sus reparaciones, etc. y nosotros de vender sus bebidas a cambio de una margen muy superior al acostumbrado. Hasta aquí todo bien, si no fuera que nos presentan un contrato de cesión para firmar que dice lo siguiente en uno de sus apartados:

[box type=»shadow» align=»» class=»» width=»»]Responsabilidad civil: El CLIENTE se compromete a tener contratado y en vigor un seguro para el local dónde se encuentre el Equipo de Frío, que cubra las contingencias que éste pueda sufrir por robo, incendio, inundación o cualquier otro tipo de siniestro.[/box]

¿Qué sorpresa? Nos venden una cosa y nos hacen firmar otra. Y no es un cambio menor, sino que significa hacernos responsables de sus equipos cedidos en nuestro estanco. ¿Y por qué no nos lo explican?, ¿Esperan que nadie se lea el contrato?, ¿Nos tratan de idiotas?

[ads1]Pues ya está bien. Este contrato se suma a muchos otros de empresas que conociendo la extraordinaria capacidad comercial de la red nacional de expendedurías para vender sus productos nos buscan como socios, pero para hacerlo, nos quieren meter un gol absurdo en propia puerta. Mal empezamos. Porque si nos dicen que nosotros somos los responsables de su nevera y que hemos de incluir en nuestro seguro del estanco una cláusula que cubra las contingencias, es decir, los posibles daños que padezca el equipo, lo hacemos y santas pascuas. Pero si es como nos lo explican, que se encargan de todo …, vaya que si no es necesario, si ustedes se hacen cargo de todo, señores proveedores, modifiquen sus contratos. Así de sencillo. No se puede estar en misa y repicando.

Leamos los contratos antes de firmarlos, es imprescindible hacerlo en defensa propia. En caso de producirse algún daño o contingencia a los bienes cedidos, somos los responsables por mucho que nos haya dicho el comercial de turno. Lo hemos firmado. Por desgracia, esta situación se nos da con frecuencia. Demasiada. Llueve sobre mojado.

Inspecciones, ¿qué chequear de tu estanco?

Ante la oleada de inspecciones de diciembre pasado, y vuestra respuesta en la encuesta ¿Tienes miedo a las sanciones de la Guardia Civil? sobre la que hicimos uel artículo ¿tienes miedo a ser sanciona? donde desgranábamos vuestras respuestas y que podési volver a leer aquí, infoestancos ha preparado un autochequeo para que estés seguro si te toca otra vez:

  1. DECLARACIONES RESPONSABLES A MANO

Si vendemos productos que NO sean: prensa, Liberia y papelería, productos de fumador, cigarrillos electrónicos o loterías, nos pueden pedir la declaración responsable que ampara ese producto o servicio.

  1. CREDENCIAL DEL ESTANCO

Colgada en un lugar bien visible

  1. CARTELERIA Y PROMOCIONES

Los estancos tienen que ser neutrales y no pueden promocionar unas marcas sobre otras. Los elementos publicitarios y promocionales deben estar en el interior. No enfocados hacia el exterior. No puede haber clara desproporción en favor de unas marcas determinadas. Las promociones y emblistados no pueden manipularse. Las promociones de marcas deben estar aprobadas por el Comisionado (en vigor).

  1. AVISOS:
    1. Deberá verse la siguiente cartelería.
    2. PROHIBIDA LA VENTA DE TABACO A MENORES.
    3. HORARIO DEL ESTABLECIMIENTO.
    4. HOJA DE RECLAMACIÓN A DISPOSICIÓN DEL PÚBLICO.
    5. AVISO DE ZONA DE VIDEOVIGILANCIA (si tenéis cámaras) .
  1. ESCAPARATES

Sin productos del tabaco ni publicidad.

  1. VIGILAR CADUCIDADES

En los productos de vapeo y de alimentación.

  1. ALMACENAJE

Las labores de tabaco deben estar almacenadas de manera que se facilite su conservación, al menos de 10 cm del suelo.

  1. PANTALLAS LED

El comisionado las considera una evolución de la tradicional cartelería y están permitidas, pero si aceptamos la pantalla de un marquista no podemos negar el acceso a nuestro estanco a la de otro sin romper la neutralidad.

 

En este link podéis encontrar las sanciones por provincias y por infracciones en el periodo de 2020. Ir tomando nota…

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