Autor: Infoestancos

La compra de RJ Reynolds por BAT no afecta a JTI

JTI Iberia (Japan Tobacco International Iberia) a través de su portavoz a venido ha aclarar que la compra de la compañía tabaquera RJ Reynolds por parte de BAT no afecta en absoluto a JTI. En relación a la noticia publicada por infoestancos el pasado 1 de agosto la compañía tabaquera JTI viene a aclarar que es una compañía totalmente independiente de Reynolds y que el hecho de que comercialice en España marcas como Winston o Camel que comercializa Reynolds en USA se debe al hecho de que JAPAN TABACO INTERNATIONAL compró en 1999 las operaciones internacionales de tabaco de la multinacional estadounidense R.J. Reynolds.

Por lo tanto esas marcas se comercializan de hecho por JTI no sólo en España si no en en todos los países excepto USA.

JTI también aclara que la referida compra es la que da lugar al nacimiento de su compañía como división internacional de Japan Tobacco.

Por consiguiente, la adquisición de Reynolds por BAT afectaría a las referidas marcas solo en Los Estados Unidos de América ya que en el resto del mundo (y por tanto también en España) pertenecen a JTI.

Desde INFOESTANCOS lamentamos la confusión y agradecemos la aclaración de JTI que nos apresuramos a publicar en aras de la veracidad e imparcialidad que desde nuestro medio siempre defendemos.

BAT ya controla el 100% de Reynolds en EEUU

British American Tobacco (BAT) anunció este martes 25 que había completado la adquisición de la tabaquera Reynolds. BAT que ya controlaba el 42.2 % de las acciones de Reynolds, anunció la adquisición del restante 57.8% por un precio de 29.44 dólares por acción y 0.5260 acciones ordinarias de BAT. De esta manera Reynolds pasa a ser una empresa subsidiaria de BAT y deja por lo tanto de cotizar en bolsa.

Los expertos consideran inevitables estas operaciones de concentración y reducción de operadores porque la reducción en los márgenes en los mercados desarrollados y en especial USA no permiten mantener los niveles de pago de dividendo a que están acostumbrados sus accionistas.

Fuentes de la compañía Reynolds han querido puntualizar no obstante, que su conversión en empresa filial no deberá suponer ningún cambio en el funcionamiento ordinario de la tabaquera, ni de las marcas que aquí comercializa JTI.

¿Quiere AENA Cerrar los Estancos en Aeropuertos?

En el ya lejano año 2005, los estancos ubicados en los aeropuertos y estaciones de ferrocarril quedaron afectados por la famosa prohibición del articulo 32.1, no podrán existir expendedurías donde exista la prohibición de fumar.  Efectivamente, la Ley 28/2005 de 26 de diciembre de medidas sanitarias contra el tabaquismo imponía la prohibición de fumar en estaciones de tren y aeropuertos y por tanto ya no podían existir expendedurías. La misma ley no obstante permitía habilitar zonas de fumadores. Zonas donde estaba permitido fumar. La correctísima interpretación del Comisionado fue que en las zonas donde NO estaba prohibido fumar en los aeropuertos sí podían existir expendedurías. De esta forma los estancos pasaron a parkings, terrazas y otras zonas donde no existía prohibición de fumar. Decimos que la interpretación fue la correcta porque la Ley de sanidad, repetimos, prohibía expresamente fumar y no entraba en la venta del tabaco.  Incluso se introdujo una autorización expresa para los Duty Free. (Disposición adicional 5a) que como todos sabemos están en zonas donde está prohibido fumar.

Evidentemente todos los estancos como cualquier otra tienda en la zona aeroportuaria están sujetos a la licencia que otorga y renueva AENA que les permite ejercer su negocio en el aeropuerto a cambio de un canon. Esta renovación se produce de manera más o menos automática si no ha existido incumplimiento o conflicto entre las partes y por periodos de varios años para dar estabilidad a los negocios.

El problema se plantea ahora porque AENA está ofreciendo renovaciones de su licencia a los estancos por periodo de seis meses alegando que alberga ciertas dudas sobre la legalidad de la presencia de los estancos en sus aeropuertos.

INFOESTANCOS ha podido tener conocimiento de una reunión, a finales de junio, de AENA con el CMT en que se abordó la cuestión y en la que el Comisionado se mantuvo firme en su posición de que la interpretación de la ley realizada en su día era la correcta. Parece un poco extraño que AENA pretenda una interpretación que, en principio, le perjudica en contra de la opinión del propio regulador.

¡Estas cosas inexplicables que pasan en este país!.

Ventas del Primer Semestre: ¿Recuperación o Especulación?

Las ventas del primer semestre de 2017 muestran un ligero descenso en el conjunto de España, un -0.68%. Un poco en la linea del año anterior que la caída fue del -0.28%.

Un dato realmente tranquilizador después de los primeros meses de este semestre que eran realmente alarmantes. Como ya informamos en su día, las caídas de ventas que reflejaban las estadísticas sobre todo en el primer trimestre eran muy importantes, enlace.

¿Nos estaremos recuperando? Quizás sea el turismo. O quizás no. Quizás no es más que un efecto estadístico.

Cuando hablamos de estadísticas de venta estamos hablando realmente de estadísticas de compra. De ventas de Logista. Para entendernos de las compras de los estancos a Logista. Esta compra en un periodo amplio puede llegar a asimilarse a la venta pero en periodos cortos está sujeta a ciertas distorsiones. ¿Que pasa si los estanqueros, o algunos de ellos, están vendiendo normalmente pero compran menos? La estadística dirá erroneamente que se está vendiendo menos. Esto puede pasar cuando el estanquero está vendiendo tabaco de su almacén. Tabaco almacenado.

El año 2016 acabo con un suceso que antes era habitual y ahora ya es extraordinario; todo el mundo sabia que el tabaco iba a subir de manera inmediata porque debía repercutirse la subida de impuestos: dejando de lado el rifirafe Altadis-Philip Morris, la apuesta era segura. ¿Tanto se compró en diciembre para haber tardado seis meses a digerirlo?. Suponemos que aún quedan expendedores con capacidad económica para jugar a ese juego, quizás los mismos que acapararan los cigarrillos con filtros con cápsulas de sabor durante el periodo transitorio. Pero de eso ya hablaremos otro dia.

Philip Morris Incrementa su Apuesta por HEETS

Philip Morris planea invertir cerca de 490 millones de euros para transformar su fabrica de elaboración de cigarrillos en Rumania en una planta de alta tecnología que se encargaría de producir las cápsulas de tabaco del IQOS.

Fuentes de la compañía afirmaron que esperan que la fabrica se encuentre plenamente operativa para 2020.  Esta planta se unirá a las nueva DOS LINEAS DE PRODUCCIÓN instaladas en Neuchatel (Suiza) el mes pasado y a la anunciada ampliación de la planta de Boloña (Italia). PM anunció además su intención de reconvertir también sus fabricas de Grecia y Rusia. PM planea tener instalada en 2018 una capacidad productiva de 100 billones de cápsulas anuales. En su comunicado la empresa afirma que su inversión en Rumania demuestra sin lugar a dudas su compromiso con un futuro en el cual los productos libres de humo reemplazaran a los cigarrillos” .

Muchos estanqueros no acabamos de creer en el producto, pero está claro que PM no duda ni un poquito.

¡Los Ladrones no Hacen Vacaciones! – Parte II

¡Y nosotros tampoco!

Si somos nosotros los que nos quedamos a trabajar en verano para aprovechar que nuestros vecinos cierran con el fin de mejorar nuestras ventas, o es durante este periodo estival cuando trabajamos más por nuestra situación costera o al estar ubicados en lugar de veraneo, hemos de ser conscientes que este es un periodo de crecimiento del número de incidencias. En el primer caso, en el que somos nosotros los que tenemos abierto mientras nuestros vecinos cierran, vamos a estar muy solos durante muchas horas con el riesgo que ello conlleva. Por el contrario, si nuestro estanco está situado en zona costera o simplemente incrementamos notablemente nuestras ventas en verano, manejaremos más efectivo y tendremos más tabaco en nuestro estanco, y por lo tanto, un mayor riesgo.

Precauciones a tener en cuenta si nos quedamos trabajando en agosto:

  • Denunciar cualquier movimiento sospechoso a la policía. Si vemos alguna circunstancia que nos haga sospechar, no dudemos en denunciar a la policía inmediatamente lo visto u ocurrido. ¡Más vale denunciar una falsa alarma que llevarnos un disgusto!
  • No acumular efectivo en el establecimiento. Ingresar las veces que podamos en el día con el fin de no asumir riesgos innecesarios.
  • Mucha precaución a la hora del cierre. Evitar encontrarnos solos a última hora de la tarde a la hora del cierre. Tomar precauciones en ese sentido.
  • No abandonar el patio de ventas dejando solo a ningún cliente. Hay que extremar las precauciones e intentar no abandonar, si no es imprescindible, el patio de público. Si nos hemos de ausentar, no dejar mercancía encima del mostrador. Proteger la caja registradora para que no se pueda acceder desde la zona de público.
  • Instalar cámaras y pantallas para dar sensación de control y seguridad. Cualquier persona que entre en nuestro establecimiento debe sentir que está vigilado y que está siendo grabado. Es una forma de persuadir a cualquier visitante de dudosas intenciones.
  • Valorar la instalación de apertura de puerta a distancia. Siempre puede sernos muy útil poder impedir la entrada a una persona o personas que no merezcan la suficiente confianza.

  • Comprobar los límites asegurados en nuestra póliza de seguro. Revisemos en nuestra póliza de seguro si tenemos la cobertura de expoliación (atraco) de efectivo tanto en el establecimiento como en el transporte de fondos y que los límites de estas garantías se adecuan a nuestras necesidades. Si nuestras ventas y nuestros stocks se incrementan durante este periodo deberemos aumentar el capital asegurado en el capítulo de existencias en nuestra póliza de seguro.

 

Hacienda Investiga las Compraventas de Estancos

Este año se han recibido las primeras inspecciones referidas a compraventas de estancos realizadas en el año 2012, unas semanas antes de la prescripción. Lo que investiga la Agencia Tributaria son básicamente los precios declarados en la declaración de IRPF de ese año. Lo que se debe declarar y en base a ello pagar, es la diferencia entre el precio de compra y el precio de venta.

Las primeras compraventas de estancos se realizaron en el 2005, ya que la Ley que lo permite se aprobó en noviembre de 2004. Esas primeras compraventas no tenian precio de compra y si no hay precio de compra, se paga por todo el precio de venta. En las compraventas iniciales no hay precio de compra ya que son estancos obtenidos por concurso.

Es precisamente en estas operaciones en las que la inspección ha detectado ciertas irregularidades. Al parecer en algunas operaciones se separaba el precio del estanco en un contrato que se liquidaba de ITP (impuesto de transmisiones patrimoniales) de otros conceptos que quedaban fuera del contrato o en un contrato que no se liquidaba. Algunos de estos pagos no parecen tener ningún soporte documental ni rastro bancario alguno lo que los hace sumamente sospechosos.

Por otro lado a raíz de dichas inspecciones algunos asesores han detectado que muchos de los compradores de estancos no amortizan el precio de compra correctamente o incluso simplemente no lo amortizan. Esto les genera graves perjuicios ya que la amortización de activos ligados a una actividad económica se supondrá siempre realizada.

Para más información sobre cómo declarar la venta de un estanco podéis visitar este enlace de nuestro colaborador Abogadosestancos marcando aquí.

Nuestro consejo es que cuando se haga una operación de este calado, probablemente la más grande que hemos hecho jamás, nos asesoremos correctamente en despachos especializados, tanto para formalizar la operación como para declararla.

¡Los Ladrones no Hacen Vacaciones! – Parte I

¡Y nosotros sí!

Como cada año llega el verano, el calor, y con el calor las vacaciones. Benditas vacaciones que nos hemos merecido después de otro año duro y difícil. Con las vacaciones cambia el panorama en muchos pueblos y ciudades. Calles y barrios vacíos, vecinos que no están, comercios que cierran. Todo parece sumido en una sofocante calma, si no fuera porque durante este periodo y durante el mes de agosto, los ladrones aprovechan la situación para intentar robar viviendas y comercios.

Si nos vamos de vacaciones y cerramos el estanco, deberíamos hacer un check list o una revisión general de nuestros sistemas de seguridad antes de iniciar nuestro merecido descanso.

Precauciones a tener en cuenta si nos vamos de vacaciones y cerramos nuestro estanco:

  • Comprobar que nuestra alarma funciona. Hacer sonar la alarma antes de irnos para comprobar que nuestro equipo funciona, que nos llaman de la central de alarmas y que todo el proceso y funcionamiento transcurre con normalidad.
  • Comprobar cierres de puertas y candados. Si tenemos dudas sobre el buen funcionamiento de algún sistema o cierre, sustituyámoslo.
  • Dejar nuestro almacén lo más vacío posible de tabaco. Pensemos que cuanto menos material almacenemos, menos inversión en tabaco y por tanto, menos riesgo vamos a correr.
  • Distintivos de seguridad visibles, pegatinas, etc. en buen estado en todos nuestros accesos al estanco.
  • Anunciar a vecinos y entorno que nos vamos y cerramos. Por si alguien de nuestro entorno oye ruidos o movimientos sospechosos alrededor de nuestro establecimiento, que no piense que somos nosotros y no le de importancia, si no por el contrario que de aviso a la policía.
  • Revisar nuestra póliza de seguro. Comprobar que la póliza de seguro que disponemos es un fiel reflejo a nuestro estanco y los capitales asegurados son los adecuados. Si viéramos que no es así, incrementaríamos la póliza en las partidas que fueran necesarias antes de irnos de vacaciones.

Prepara tus ventas para estas vacaciones

Recordatorio de la información publicada antes de Semana Santa.

Para aquellos de tus clientes que viajen de un País a otro dentro de la UE, pueden llevar tabaco para su uso personal, pero no para venderlo.

Los 28 países miembros que engloban la UE son: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía y Suecia, + Islandia, Liechtenstein y Noruega.

Según la legislación de la UE, no tienes que demostrar que estos productos sean para tu uso personal si están por debajo de los siguientes límites:

  • 800 cigarrillos (2 cartones)
  • 400 puritos
  • 200 puros
  • 1 Kg de tabaco

Si bien es cierto que no todos los países tienen el mismo máximo de cigarrillos, si se autoriza un mínimo de 300 cigarrillos entre países de la UE, por lo que recomendamos que en caso de duda el cliente haga una consulta a sus autoridades.

En caso de superar esos límites puedes verte obligado a demostrar que son para tu uso personal y demostrar con recibo o factura su adquisición.

Recordad que todas las ventas al publico de cuatro o mas cartones requieren factura. Es el limite personal de tenencia sin documento.

EPAY: La bajada de márgenes es a causa de las operadoras

En respuesta a nuestro artículo del pasado lunes 10 de julio en que se informaba de las bajada en algunas de sus comisiones de telefonía móvil, epay ha remitido a INFOESTANCOS nota informativa en la que quiere aclarar que las bajadas se deben única y exclusivamente a las operadoras de telefonía y que epay se ha visto obligada a repercutirlas en tanto que está dando el máximo margen permitido a sus puntos de venta. A continuación reproducimos literalmente su nota:

“Algunos operadores de telefonía móvil regulan los márgenes al punto de venta final y recomiendan a los mayoristas los porcentajes máximos para el punto de venta.  epay está dando el máximo margen permitido a sus puntos de venta y esto hace que tenga que regular con bajada cada vez que los operadores la realizan. Los mayoristas que no cumplan estas recomendaciones, están en riesgo de incumplimiento de contrato con el operador”

 

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