Recordatorio de la información publicada antes de Semana Santa.
Para aquellos de tus clientes que viajen de un País a otro dentro de la UE, pueden llevar tabaco para su uso personal, pero no para venderlo.
Los 28 países miembros que engloban la UE son: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía y Suecia, + Islandia, Liechtenstein y Noruega.
Según la legislación de la UE, no tienes que demostrar que estos productos sean para tu uso personal si están por debajo de los siguientes límites:
- 800 cigarrillos (2 cartones)
- 400 puritos
- 200 puros
- 1 Kg de tabaco
Si bien es cierto que no todos los países tienen el mismo máximo de cigarrillos, si se autoriza un mínimo de 300 cigarrillos entre países de la UE, por lo que recomendamos que en caso de duda el cliente haga una consulta a sus autoridades.
En caso de superar esos límites puedes verte obligado a demostrar que son para tu uso personal y demostrar con recibo o factura su adquisición.
Recordad que todas las ventas al publico de cuatro o mas cartones requieren factura. Es el limite personal de tenencia sin documento.