RECORDATORIO CONTROL VENTA DE TABACO A MENORES DE EDAD

Feb 4, 2019

El Comisionado para el Mercado de Tabacos recuerda que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1 y 3.2 de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, está prohibida la venta o entrega a personas menores de dieciocho años de productos del tabaco, así como cualquier otro producto que le imite e induzca a fumar.

Asimismo, se recuerda que la red minorista de Expendedurías de Tabaco y Timbre asume, entre otras importantes funciones, la de la observancia de la normativa sanitaria de prohibición de venta de productos de tabaco a menores, estando tipificado expresamente su incumplimiento como infracción grave en la normativa sectorial del mercado de tabacos.

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