Hoy finalizamos esta saga de artículos con los que hemos desgranado, semana a semana, cómo afectará al negocio estanquero cada uno de los aspectos que pretende modificar la nueva Ley del Tabaco, si prospera. Nos despedimos abriendo una reflexión sobre la futura financiación de las asociaciones de estanqueros.
Desde nuestro nacimiento hemos ido recibiendo comentarios de estanqueros que se quejan de sus asociaciones. Algunas no les defienden lo suficiente por ser, a su parecer, económicamente dependientes de algunas marcas o distribuidores. Y nos hemos acordado de ellos nada más leer el punto 5 del artículo 6, que viene a decir lo siguiente: ningún operador podrá financiar, directa o indirectamente, a organizaciones representativas de las expendedurías de tabaco y timbre.
La pregunta que nos hacemos es si el concepto ‘directa o indirectamente’ comprende financiar una sociedad controlada por dicha organización (asociación o asociaciones de estanqueros) que periódicamente publica una revista en la que se anuncian esos operadores. Parecería que esa es la idea.
Eso lleva aparejada una dura conclusión: las asociaciones de estanqueros deben financiarlas los estanqueros. Lo que implicará una subida de cuotas significativa si se pretende mantener una representación potente capaz de lidiar con los marquistas, Logista, Sanidad y Hacienda . Casi nada.
Si se queda como lo leemos, nos espera una revolución en el mundo asociativo estanquero. Y en el de la publicidad para medios profesionales. Aquí entendemos que el Gobierno lleva la razón. Una revista, una página web, ¡lo que sea! donde se pueda insertar publicidad, nunca podrá ser un medio indirecto de financiación.
Quien defiende los intereses de un colectivo debe financiarse básicamente a través de ese colectivo. Y, sobre todo, no puede financiarse de «operadores económicos» con los que debe negociar y discutir. Esa confusión no puede traer nada bueno. La ley establece un principio de transparencia (artículo 7) que, de aplicarse, va a dejar al descubierto algunas vergüenzas.