Autor: Infoestancos

Canon 2019. Este sí que ha llegado!

Últimamente se pierden y retrasan los permisos de PVR y las resoluciones de cambios de nombre y emplazamiento. Culpan a Correos o a quien sea. Algunos tenemos aun perdidos permisos del verano pasado. Parecería que nada funciona en el organismo… pero no, no nos equivoquemos EL CANON ESTE AÑO LLEGA PUNTUAL. Oh! increíble, eso sí que funciona. El canon 2019 esta llegando a todos los estancos ahora en marzo lo cual representa que ya se han hecho todas las liquidaciones en base s las compras de tabaco (premios) del año anterior 2018.

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Efectivamente. El canon es la suma de dos cálculos, el variable que es en base a los premios estimados (las compras de tabaco del ultimo año), y el fijo en función del número de habitantes de la población.

Si queréis comprobar si el canon que os envían está bien liquidado necesitaréis conocer los premios de tabaco del año anterior y el número de habitantes de vuestra población, y luego ver en que tramos estáis de ambos conceptos en las tablas fija y variable que os adjuntamos. Estas tablas han sido extraídas del manual jurídico estanquero de la revista Mundo Estanco.Canon Concesional y Tasas

El canon se paga de una sola vez. Es increíble que sea la única tasa que no admite fraccionamientos. Eso se ha solicitado reiteradamente, pero los oídos cada vez son más sordos. En consecuencia, cuando te llega, palo gordo. Este año, la gracia es que se nos juntará con la liquidación del primer trimestre. Aconsejamos pagarlo a final de este mes para poder descontarlo en el trimestral, modelo 130.

Y un consuelo, realmente es mejor que llegue bien, que sufrir la agonía del año pasado en que muchos lo han acabado pagando con recargo cuando nunca les llegó. Eso sí, quien no lo reciba este mes, mejor que se mueva… buen canon 2019 a todos!

IQOS baja precio

El IQOS 2.4 baja su precio recomendado a 79 euros.

Explicitamos recomendado porque el Strator cambió el precio como si fuera tabaco, y no, no es tabaco!!! y cada uno lo puede vender al precio que le de la gana.

Sí, aunque en su web lo vendan a 79 euros, los estanqueros aún somos dueños de nuestros negocios y ese es un producto de precio libre. Significativo el descuido de Strator y no diré más. Con estos descuidos cualquier dia nos abre un expediente competencia. Aunque estos señores ya tienen otros abiertos, son por el tabaco y en eso no entramos porque donde hay capitán, no manda marinero, y el precio va en el BOE. 

Pero lo que importa es que la apuesta de PMI por el IQOS parece zozobrar. La moda del cigarrillo electrónico y el empuje de la promo del MyBlu, en un mercado donde el consumidor parece no diferenciar demasiado entre aparatos, obliga al IQOS a redoblar esfuerzos. A nuestro entender, el primer error de los señores de PMI y que me disculpen los matters de lo que sea, es que no se puede introducir un producto tan novedoso en el mercado español sin tener a los estanqueros totalmente convencidos y a tu lado. Es obvio, es sencillo, pero a veces la gente se lía en grandes números y no ve lo evidente. El IQOS es un producto en que muchos estanqueros no han creido desde el principio. Si sacas el tema, te acaban hablando del cigarrillo electrónico, y son dos productos totalmente diferentes.
Desde Infoestancos consideramos que la comunicación con el estanquero ha sido insuficiente, porque es un producto de altísimo interés para el sector en tanto que al ser tabaco también está sujeto a monopolio. (El cigarrillo electrónico cualquier día nos lo soplan). Estamos seguros que PMI, que siempre ha sido una compañía puntera, redoblará sus esfuerzos y volverá a analizar sus estrategias… pero sólo un consejo,  explíquense al estanquero, con paciencia y sin soberbia, que esto no es el Marlboro.

 

CBD – Cuatro ideas antes de meterse a venderlo.

  1. ¿QUE ES?
  2. ¿ES LEGAL VENDERLO? (la declaración responsable)
  3. ¿POR QUÉ ESTÁ TAN DE MODA?
  4. ¿PARA QUIÉN ES? (clientela potencial)

 

  1. ¿Qué es esto del CBD?

CBD son las siglas de Canabidiol. Esto nos suena a cánnabis por lo tanto la mayoría lo relacionamos con la marihuana. En realidad, tanto es cánnabis la marihuana como el cáñamo. El cáñamo se ha cultivado históricamente por sus fibras, aceites, semillas y tallos ricos en celulosa, robustos y de alto rendimiento (lo que lo convierte en un recurso renovable para la producción de papel). Mientras que la marihuana se cultiva típicamente por sus flores femeninas con alto contenido de THC. Las flores, semillas y extractos de cáñamo están libres de THC y en su lugar son abundantes en el CDB.

Para entendernos, el THC es el elemento intoxicante, la droga asociada con las potentes cepas de marihuana, mientras que el CBD es el compuesto no intoxicanteque en sus diferentes variedades se cultiva principalmente por sus propiedades medicinales.  Aunque ambos componentes, THC y CBD, son reconocidos como compuestos de plantas terapéuticas (con efectos antiinflamatorios y analgésicos), funcionan de manera muy diferente en el cuerpo y la mente.

Así pues, el CBD es un compuesto no intoxicante (no psicotrópico, vamos que no droga) que se encuentra en las plantas de cáñamo (y también en las de marihuiana).

 

  1. Es legal venderlo en los estancos?

Todos hemos oído hablar de como en Suiza venden cigarrillos de CBD (cannabis con menos de un 1 por ciento de THC) en los LIDL anunciando que es producción local, como si fuera tabaco, con los impuestos consiguientes. En España aún no hemos llegado aquí. Aún no. Como acostumbra a pasar vamos con un poco de retraso respecto de nuestros vecinos europeos (no digamos los americanos).  La legislación es un poco confusa, pero para andar sobre seguro podríamos decir que podemos comercializar CBD en las recargas, los aceites corporales (cosmético) y para infusiones. 

De hecho, ya muchos estancos están vendiendo recargas de CBD y cada vez tienes más comerciales (algunos de los cuales ya nos llevaban otros productos) que nos ofrecen aceites y otras aplicaciones en CBD.

A día de hoy, nada de productos alimenticios, nada de ingestión, nada de bebidas, con la única excepción de las infusiones. La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) está aún estudiando su seguridad, por lo que aún no puede ser complemento alimenticio. Parece improbable que la Agencia Europea llegue a conclusiones distintas que la Americana que permite alimentos, bebidas y aceites por ejemplo.

¿Y EL COMISIONADO? Habrá que hacer la declaración responsable.Como hay que hacerla para vender cualquier nuevo producto no amparado por nuestras anteriores declaraciones responsables. Habrá que delimitar lo que se vende y explicarlo bien. Como ya sabéis, el Comisionado sólo responde en caso de denegación. Tenemos conocimiento de varias declaraciones presentadas hace meses que no han obtenido respuesta (lo cual supone un SÍ).  Aquí os dejamos un modelo de declaración responsable ya preparado. (link) 

 

  1. ¿Por qué está de moda?

Los cannabinoides, tanto el THC como el CBD, se unen a los receptores que se encuentran en todo el sistema nervioso e inmunológico del cuerpo. Los dos funcionan, pero funcionan diferente. El THC afecta a los receptores psicoactivos y va al cerebro, en cambio el CBD no tiene esta afectación por lo que no es capaz de «elevarte».

Es decir, no droga! pero en cambio ayuda a algunas de nuestras funciones vitales más importantes, como nuestro sistema inmunológico, memoria, apetito, patrón de sueño, estado de ánimo y sensación de dolor.

El CBD tiene la capacidad de acceder al sistema de endocannabinoide humano (ECS) que controla en nuestro cuerpo, a través de los siguientes órganos:

Hipotálamo
Timo
Glándula pituitaria
Páncreas
Glándula pineal
Glándulas suprarrenales
Glándulas paratiroides
Los riñones
Glándula tiroides
Ovarios

  1. ¿Quién usa el CBD? Clientes potenciales

The Brightfield Group y HelloMD realizaron una encuesta el año pasado para descubrir para que usan las personas el CDB. La gente lo usa para combatir básicamente el stress, la ansiedad, y el dolor muscular y migrañas, es decir que todos vamos a querer usarlo! LA CLIENTELA POTENCIAL parece realmente enorme, porque en este mundo moderno todos sufrimos algo de eso algún día … o la mayoría de días.

La encuesta en concreto, arrojo los siguientes resultados de uso:

70% Ansiedad
62% Problemas para dormir
54% Inflamación y dolor en las articulaciones
49% Depresión
38% Tensión muscular o tensión
36% Migrañas o dolores de cabeza por tensión
35% Dolor severo o crónico
31% Náusea
31% Artritis
17% Ciática
15% Trastorno de estrés postraumático
11% Fibromialgia
8% Neuropatía

Aquí podéis ver diferentes productos que ya se pueden vender en nuestros estancos y que seguro que nos ayudarán a entrar en un nuevo mercado de futuro 

¿Trazabilidad hasta el PVR?

Algunas asociaciones de estanqueros nos han hecho llegar su posición contraria a que la trazabilidad se extienda hasta el PVR. Consideran que extender este control de origen al segundo canal, supone para el estanquero un incremento injustificado del trabajo. En palabras del Presidente de la asociación madrileña AMETT, D. Ramón Pérez, “llevar la trazabilidad hasta el segundo canal, algo que perjudica funcional y económicamente a los estancos sin que sirva para nada, puesto que los fines para los que se ha pensado esta ley se cumplen llevando la trazabilidad hasta el estanco”.

Cierto es como argumentan, que nuestro sistema legal  “permite en la actualidad hacer un seguimiento claro y preciso sobre la procedencia de los productos que se venden en nuestro país a través de las máquinas expendedoras, sin necesidad de que la propia red de expendedurías del Estado, realice ninguna otra tarea que las ya asignadas por nuestra propia normativa”.

Ramón Pérez, Presidente de AMETT segura que el estanquero no es plenamente consciente dela situación que se le viene encima y nos remite la interposición por parte de su asociación de un Recurso Contencioso Administrativo para impugnar la interpretación que de la norma europea se hace para la legislación española (que podéis leer aquí)

 

¿Promociones para todos?

Encendedores emblistados, papel de liar, sorteo de cafeteras, botellines de agua… las marcas se esfuerzan por competir dentro de los márgenes que les deja la ley, es su trabajo, aunque muchas veces lo hagan a costa de nuestros bolsillos. Mucho de lo que regalan, nosotros lo vendemos.

Lo que muchos no acaban de entender es que las promociones no lleguen a todos los estancos. El tan traído y llevado principio de neutralidad parece que aquí no aplica. Difícil de entender!!! Si todos tenemos que vender el producto en iguales condiciones, si no podemos poner maquinas en los PVR sin cobrar alquiler, si no podemos regalar un triste mechero por cartón, entonces ¿por qué hay estancos que tienen promociones y otras no? El que tiene la promoción ¿no vende en mejores condiciones? Es evidente que sí. ¿por qué no considera el Comisionado que una promoción que no nos llega a todos está fomentando una competencia desleal? ¿Están las marcas liberadas de todo mal?. El Comisionado como organismo regulador debería ser igual de estricto con los pequeños que con los grandes. Si me apuras más. No se acaba de entender. No se como lo veis.

 

 

Sanidad machaca al IQOS

El recientemente publicado “Informe sobre PRODUCTOS DE TABACO POR CALENTAMIENTO” (link) deja clarito cual es el criterio del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar social en cuanto a los “productos consumidos por calentamiento” o lo que a día de hoy vendría a ser sólo el IQOS. Y el informe no se queda corto. Básicamente viene a aclarar que ES UN PRODUCTO DEL TABACO y como tal está sujeto al mismo tratamiento legal que el tabaco. Es decir, al tratarse de productos del tabaco, se les aplica la regulación específica referente a la venta, suministro, consumo y publicidad de los productos del tabaco (Ley 28/2005, de 26 de diciembre, y sus modificaciones). Incluso se ha editado un cartel con los avisos más importantes.

informe_productos_tabaco_calentados

El informe considera que como todas las otras formas del tabaco, es peligroso para la salud, y destaca que a la fecha no hay evidencia científica suficiente para afirmar que sea menos nocivo para la salud que el tabaco convencional, ni para aquellas personas que los consumen, ni para aquellas expuestas a sus emisiones. La promoción y publicidad que se hace en el sentido de que es menos dañoso se considera que es únicamente una herramienta de marketing comercial.

Finalmente el Ministerio expresa su preocupación por la rápida introducción en el mercado de estos productos y sus consecuencias para la salud pública. Considera que estos productos podrían incluso incorporar nuevos consumidores al tabaco o adicción nicotínica y suponen una marcha atrás en la desnormalización del tabaco conseguida hasta ahora.

Destaca la puntualización de que el IQOS no es un cigarrillo electrónico. Destaca, porque la legislación sanitaria en relación a los vapper y e-cigs no es tan restrictiva y no parece que les preocupe demasiado que sirva para incorporar nuevos adictos a la nicotina. De momento, ventaja para el MyBlu. Sigue la partida…

 

Hacienda revisa las transmisiones del CMT

“Lo puse a nombre de mi mujer”, “se lo pasé a mi hijo”, son en la actualidad frases muy alarmantes.

Las cosas no se cambian de nombre. Cuando un bien pasa de ir a nombre de una persona a ir a nombre de otra, es que ha habido una transmisión patrimonial. Es así como lo ve Hacienda. Un bien que constaba a nombre de un NIF ahora va a nombre de otro. Da igual que sea familia, que sea tu marido o tu hijo. Hacienda te va a venir a buscar y te preguntará que ha pasado. Si hubo pago, será una compraventa. Si no lo hubo, será una donación. Y ambas cosas pagan, en principio, IRPF por incremento patrimonial.

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Lo primero que muchos pensamos es “cuando me lo pasó mi madre no pagamos nada, ni declaramos nada, fuimos a la Tabacalera y ya estuvo”. Es cierto, hasta 2017 Hacienda no se enteraba de los cambios de nombre que se tramitaban en el Comisionado. Pero cuando lo pillaron, se fueron sus cuatro años para atrás. No pudieron más porque ya estaban prescritos. Así que ahora están repasando las transmisiones hechas en el Comisionado del año 2013 y 2014. Los que vendieron e hicieron constar un precio demasiado bajo o los que ni siquiera declararon ninguna venta o donación y simplemente se fueron al comisionado e hicieron el cambio de nombre (normalmente familiares) son los que reciben más duro. Es cruel, para ellos va a ser una donación no declarada!. En algunos casos incluso podrían haberse beneficiado de la exención por donación de negocio entre familiares, pero cuando llegan a hacienda ya está hecho, y muy mal hecho.

Lo que se paga es la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de transmisión. Para 2013, un 25%. En este enlace tenéis una explicación (link abogadosestancos.com).

El problema es que muchas veces el valor de adquisición va a ser CERO, ya que se cambió en Tabacalera sin precio alguno o en la aceptación de herencia se puso un precio ridículo, craso error!. ¿Y el precio de transmisión?, el precio del bien transmitido lo calcula Hacienda incluso por encima de su valor real. Aquí un buen asesor debería cerrar la inspección con acuerdo, pero no depende sólo de él. El cierre con acuerdo implica previo pago de una cantidad, que en el mejor de los casos, superará los 50.000 euros (cuota, recargo, intereses y sanción). No tiene remedio fácil. Lo hecho, hecho está, y no tiene otra solución que minimizar los daños mediante una complementaria presentada antes de que no llegue la carta. Lo ideal sería poder estudiar cada operación previamente y sus implicaciones fiscales, pero eso parece, en este sector y muchos otros, un poco de ciencia ficción.

Tabaco: nuevas prohibiciones, nuevos castigos!

Algunas autonomías están estudiando nuevas prohibiciones de fumar.

Hay que ser imaginativo, ya que van quedando pocos sitios. Para dar un paso más habría que meterse en la casa de cada uno y eso hasta ahora parecía un tabú, pero ya no!!! Este año sabemos que algunos están estudiando que no se pueda fumar en el coche y que un juez de Córdoba le quitó la custodia a un padre por fumar en su casa. (por fumar en un sitio donde está perfectamente permitido fumar).

La nueva idea sobre la que se basa esta entrada de las prohibiciones al ambito privado es la protección de los menores. No puedes fumar en tu coche si llevas a los niños, no puedes fumar en tu casa si vives con tus hijos. ¿Acabaremos creando zonas de fumadores en casa? ¿En la cocina, debajo del extractor? Algunos que ya llevamos años, recordamos como bajaron las ventas cuando se prohibió fumar en los lugares de trabajo, después vinieron los bares y restaurantes. Todos sabemos que el cigarrillo no fumado no se recupera. Limitar los espacios donde se puede fumar no hace que la gente deje de fumar, pero sí consigue que fume menos ya que sus oportunidades de hacerlo se reducen drásticamente.

No digo que las medidas no tengan su lógica, pero ¿porque siempre nos toca a nosotros? Somo lo malos malasombra. Vendemos a menores, vendemos a mayores que fuman delante de los menores, … No podría repartirse un poco el juego de las culpas. Me pregunto por ejemplo si es bueno que las retransmisiones deportivas vayan llenas de anuncios de apuestas por internet ¿Nadie se preocupa por la adicción al juego? O quizás sea que eso paga el futbol y con el futbol no se atreven ni derechas ni izquierdas.

CBD y la Declaración Responsable. Lo tenemos mal!!!

Lo de la declaración responsable muchos no lo entendimos bien.

Como ya comentamos en un anterior articulo (link), muchos estanqueros piensan que la declaración responsable que hicieron (en realidad les hicieron) en su día vale para todo. ERROR!!. No hay una sola declaración resposable de venta de otros productos. Hay que hacer una cada vez que incorporamos uno o varios productos nuestros. Y como es gratis, más vale asegurarse. No hace falta arriesgar demasiado. ¿Entran los vappers en el concepto «cigarrillos electrónico»? ¿Y las cargas de CBD en las cargas de «otros sabores?» Según el Comisionado parece que NO. Recordamos que vender algo que no está en una declaración responsable son 12mil. La multa para todo. ¿No valdría la pena coger un momento la declaración responsable que hicimos hace años (la que nos hizo LOGISTA con su catálogo LOGIDIS de la época) y ver si hay cosas allí que podrían interpretarse (alguien con mucha mala leche) que no están ahí? Puede parecer un poco paranoico pero me parece que van a por nosotros.

Hemos tenido noticia de que la Guardia Civil ha empezado a revisar los otros productos a la venta y las declaraciones responsables. Pensad en el CBD (esto de la marihuana sin droga). Tenemos cargas de CBD, y a veces aceites, que no están autorizadas, pero el documento vale para un montón de cosas más!
Muchos preguntáis: ¿Pero eso se puede vender? ¿Si el comisionado no dice nada será que sí? Cuidadín cuidadín.. el comisionado sólo comprueba si el producto es compatible con el estanco en base a su legislación. Por ejemplo, si desprende mucho olor y puede perjudicar a las labores, lo deniega. Que el Comisionado no acepte la venta de un producto no lo hace ilegal, pero que lo acepte tampoco lo hace legal. En casos como el CBD y lo que vendrá con la marihuana, hay que estar siempre atentos a la legislación sanitaria y a los productos certificados.

Ya están aquí!!! Inspecciones de Contratos de Máquinas

Parece que la Guardia Civil ha decidido ponerse en marcha con el tema de los contratos de arrendamiento de las máquinas.

Hace unos días, una Asociación ya publicó la noticia que uno de sus asociados había recibido la visita de la Benemérita con este fin. Circula por la red una acta de inspección de la Guardia Civil a un estanquero de Navarra que recoge la infracción siguiente: Tener, el establecimiento reseñado, una máquina expendedora de la expendeduría asignada, sin contrato de alquiler. Por si eso no fuera poco, la infracción observada no está escrita si no que ya va preimpresa. Eso significaría que no se trata de un incidente aislado y que la campaña de inspección de ese aspecto está perfectamente preparada.

Todo esto contradice abiertamente lo manifestado por la Unión de Estanqueros en su última MAP (Mesa de Asociaciones Provinciales ) de que el Jefe de Inspección, nuestro amigo Sr. Cuevas, se había comprometido a no sancionar esta conducta. Eso supondría tener a la Guardia Civil haciendo una campaña de inspecciones para que sus actas fueran archivadas inmediatamente. No creo! Eso sería como decir que el Comisionado va a disculparse por el impresentable retraso de los permisos de PVR ( y que va anular todas las denuncias a aquellos que tenían el permiso pagado a la fecha.. por ejemplo) Desengañemonos, a nadie le va a coger un ataque de sentido común, ni un pelín de verguenza.. Nos ven como súbditos y quizás es lo que somos.

Este tema es aún muy confuso. Nuestros representantes aseguran que no habrá sanciones pero las actas empiezan a circular por la red aunque no tenemos verificación directa de ningún afectado aún. No obstante, aún no habiendo podido comprobar fehacientemente la veracidad de la información que nos habéis hecho llegar, hemos preferido advertiros a todos. Más vale prevenir que curar. Es más, os volvemos a dar un acceso a un CONTRATO DE ALQUILER DE MAQUINAS STANDARD (DESCARGAR AQUI link) sólo para que estéis preparados en caso de que todo este sin sentido acabe en sanciones. Tomad vuestras precauciones que uno andaba despistado y le cayeron 12mil. La historia de los estancos se escribe con la sangre de los estanqueros despistados.

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