Autor: Infoestancos

TABACALERA en venta. ¿y Logista?

Imperial ha puesto a la venta Tabacalera (..y ya hace algún tiempo que viene vendiendo Logista). Imperial ha encargado la venta al banco AZ Capital. En su comunicado, Imperial justifica la venta de su división de cigarros puros premium en el hecho de que, pese a haberle dado buenas ventas y beneficios, es un negocio de lujo único con una base de clientes diferente y un mercado distinto a los que atiende el negocio tradicional de Imperial.

La venta de este negocio proporciona una atractiva oportunidad para dar valor al accionista». Al final, el dinero es lo que manda. Imperial está haciendo caja. Su plan de “desinversiones” plantea como objetivo obtener ingresos de más de 2.300 millones de euros.

Y dentro de ese plan de ventas está LOGISTA. La compañia ha venido vendiendo sus acciones de la compañia que nos distribuye el 99% del tabaco. Poco a poco ha ido colocando sus acciones. Aún mantiene su mayoria pero por muy poquito. Ya sólo le quedan un 50,01% de las acciones de LOGISTA.

Estas ventas, también llamadas desinversiones, buscan en el fondo reducir su endeudamiento de 13.000 millones de euros (a cierre de 2018), pero TABACALERA es una empresa española con más de 4.500 trabajadores y alguien debería velar por ellos.

La pregunta que nos hacemos es; ¿hasta que punto el plan de desinversiones afectará a Logista? ¿Aceptarán las tabaqueras otro amo en la distribuidora? Tema a seguir…

Ya funciona el registro! – Trazabilidad

Por fin ya tenemos la página web de la Real Casa de la Moneda con el enlace para darnos de alta como operador económico!

Parece que al final se han puesto las pilas en dos días. Pues igual no era tan difícil y podrían haberla tenido preparada hace un mes, no?

Aquí tenéis el enlace para daros de alta https://tpd.fnmt.es/TPD/economicOperators

Ahora vamos a ver que no se colapse!!!

 

Obligación de registrar las jornadas laborales de los trabajadores

Hoy queremos recordaros que ayer entró en vigor la medida contenida en el Real Decreto-Ley 8/2019, que establece la obligatoriedad para las empresas de tener un REGISTRO DE JORNADA PARA TODOS LOS TRABAJADORES, TANTO SI SON A TIEMPO PARCIAL COMO TIEMPO COMPLETO.

[ads1]

Hasta ahora, esta obligación sólo afectaba a los de tiempo parcial y tampoco había una definición exacta de cómo debía ser este registro. El Real Decreto-Ley introduce el apartado 9 al artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, que dice «La empresa garantizará el registro diario de jornada, que DEBERÁ INCLUIR EL HORARIO CONCRETO DE INICIO Y FINALIZACIÓN DE LA JORNADA DE TRABAJO de cada trabajador «.

La manera de organizar y documentar este registro se establecerá mediante la negociación o acuerdo de empresa o, en su defecto, por decisión del empresario. Es decir, se puede hacer con algún sistema electrónico de fichaje o bien con registros en papel.

1. Se hará un registro para cada persona trabajadora, tanto para las de tiempo completo como las de tiempo parcial.

2. Se debe llenar diariamente la jornada, especificando el horario de entrada y el de salida.

3. En su caso, se consignarán las horas extras.

4. Y lo más importante: obviamente los horarios consignados, en cómputo de horas, deben adecuarse a la jornada que figura en el contrato. Todo lo que no sea eso, serían horas extras, que se pagan y se cotizan adicionalmente.

5. La empresa tiene que guardar todos estos registros cumplimentados y firmados durante 4 años y siempre deben estar a disposición de los inspectores de trabajo, que los pueden solicitar en cualquier momento.

6. El incumplimiento por parte de la empresa de estas obligaciones se considerará falta y podrá ser sancionada.

Sabemos que esta es una medida que conlleva inconvenientes, pero es nuestra obligación decirles que hay que hacerlo (y hacerlo bien) para evitar problemas con la inspección de trabajo, teniendo en cuenta que este será uno de los temas estrella de las inspecciones que se realicen.

Trazabilidad. ¿el 20 de mayo? ¿de qué año?

El BOE lo publicó, y si lo publica el BOE es que existe

El 20 de mayo todos los estancos tenemos que estar inscritos en la web y haber solicitado los códigos de operador económico y de instalación y tal y tal.. perdón, ¿en qué Web?, ¿alguien sabe la dirección?

No preocuparse! No existe. A la fecha en que escribo, 10 de mayo, 10 días antes del final del plazo, nadie sabe nada. Curioso. Nos han enviado circulares y cartitas todas las asociaciones, hemos leído en todas partes.. y no se acababa de entender nada. Que raro… Y finalmente tenemos la explicación.  La web donde hay que registrarse NO existe.

Sabemos que todos fueron invitados a la presentación en la Fabrica Nacional de la Moneda y Timbre. No faltó nadie. Y todos nos dicen que vieron que estaban trabajando en ello. O sea, que no estaba! Me encanta. Tenemos sí, la promesa de que el día 13 (de mayo) estará lista. Así del 13 al 20, si está lista, nos podremos inscribir en un proceso que será muy y muy sencillo. Muy bien. 13000 estancos en siete días. Previsión alemana. Si la web colapsa, llamen al teléfono. No lo cogerá nadie. Ánimo!

La semana que viene os explicaremos todas las claves, y no, esta noticia no es un spoiler!!!

Eso sí. estamos de acuerdo en la recomendación de hacerse con una dirección de correo electrónico lo más profesional posible, estancoXXXmadrid@, por ejemplo. Y de paso, certificado digital, que la web del Comisionado acabará funcionando! ..algún día.

El CBD ya arrasa en Francia

El CBD arrasa en Francia, pero NO en los estancos.

Según publica PUBLICO en su artículo Éxito fulgurante del cannabis light en Francia, las pocas tiendas especializadas en venta de CBD o lo que ellos denominan Cannabis light, están haciendo su agosto esta primavera. Largas colas en las tiendas, roturas de stock… parece que todo el mundo quiere probar el producto de moda. Pero como nos pasa también a nosotros aquí, la falta de una regulación clara, como la hay en otros lugares de Europa, nos condiciona a la hora de lanzarnos al negocio y al final, HORROR, se lo quedan otros. Las tiendas especializadas, venden sus infusiones, cremitas y liquidos en base a que este cannabis debe ser considerado «legal». Legal porque al no sobrepasar un 0,2% de tetrahidrocannabinol (THC), el componente del cannabis con efectos psicoactivos no puede ser considerado legalmente marihuana.

La moda arrasa en Francia. En pocos meses han abierto centenares de nuevos comercios. Pero parece que sólo 100 o 200 estanqueros se han apuntado al carro. Eso es nada. Esto empieza a recordarme cuando salió el cigarrillo electrónico que primero salieron centenares de tiendas especializadas. La suerte es que ese negocio no funcionó en la primera fase, porque si no, ¿quién nos hubiera desmontado la competencia? Y todo por culpa de que el Comisionado estuvo meses dándole vueltas al tema sin dejarnos vender el producto (en aquel entonces aún no existia el sistema de declaración responsable)

Me asusta pensar que este nuevo producto (que nos encaja de maravilla) se lo queden otros. Calculando que el precio de un gramo varía entre 10 y 16 euros y los margenes son generosos, nos sacaría de penas.

La mayoría de las tiendas francesas se abastecen en Suiza, donde el CBD fue legalizado en 2011 pero el gobierno frances aún no lo acaba de ver. Considera por un lado, que «cualquier producto que contenga CBD obtenido de la planta de cannabis está prohibido, exceptuando algunos casos» y que estas excepciones serían sólo «los medicamentos autorizados» por la agencia nacional francesa de seguridad de los medicamentos» pero a la vez, reconoce la necesidad de regular y poner un poco de orden. De momento parece que el gobierno ya ha cerrado cuatro tiendas parisinas. La polémica ha comenzado en el país vecino. Y yo me pregunto: Teniendo en cuenta que la legislación francesa siempre fue mucho más restrictiva, ¿a que espera España para regular el CBD y tener un nuevo producto “de frontera”?

¿Cómo proteger tu equipo informático?

Os hacemos llegar unos consejos generales, muy básicos, casi de sentido común pero que muchos no seguimos (y así nos va) para proteger el equipo informático de virus y otros peligros que nos lo pueden machacar.[ads2]

–          Sentido de autoprotección. Si recibimos un mail o un archivo raro o con propuestas sorprendentes y parece un virus, no lo abramos, probablemente lo sea!

–          No abrir links desconocidos. Si recibimos un mail desconocido que nos presenta enlaces, no lo abramos. Podría ser una fuente de infección asegurada.

–          No descargar programas en nuestro ordenador de procedencia dudosa. Seamos prudentes y no arriesguemos. Las consecuencias pueden ser devastadoras.

–          Cuidado con los USB y/o dispositivos extraíbles. Pueden ser el origen de infecciones y ciberataques.   

–          Analizar nuestros equipos periódicamente. Es muy recomendable revisar nuestros equipos informáticos para asegurarnos que no tenemos un virus. Si no somos capaces de hacerlo nosotros, confiemos en profesionales para que nos ayuden. Más vale prevenir que curar.

Consejos sencillos pero muy prácticos. Hay que destinar un tiempo a esto de la seguridad informática porque si no vamos a estar horas y horas intentando recuperar datos perdidos en el ordenador, con el cabreo subsiguiente y la pérdida de control administrativo que supone.

Denuncia al comisionado

Hoy queremos hacernos partícipes de la denuncia que un estanquero de Madrid nos envía por email. La verdad, después de lo que el comisionado aprieta nos parece increíble que no se auto-aplique el mismo rasero.

El caso es el siguiente:
Durante más de 2 años estuve buscando locales para hacer un cambio de ubicación. Hubo locales que descarté por no cumplir los requisitos que el Comisionado exige en cuanto a distancias.
En abril de 2018 encuentro un local que cumple todas las especificaciones requeridas. Encargo el proyecto a un arquitecto técnico. Presento la solicitud de cambio de ubicación ante el Comisionado de Tabacos el 7 de mayo de 2018. En ese momento me entero de que se va a producir una apertura de un estanco a escasos metros de la ubicación por mí elegida.  Yo descarté con anterioridad el local donde se iba a establecer este estanco, por incumplir la distancia mínima exigida a un centro educativo.
El 18 de mayo de 2018 presento ante el Comisionado un escrito adjuntando un certificado de distancias firmado por un arquitecto técnico explicando la ilegalidad de esa ubicación. Después de este escrito han venido otros muchos. Desde el Comisionado no contestan los escritos, no atienden por teléfono, no reciben visitas….
En el mes de noviembre el cambio de ubicación solicitado en mayo fue denegado, porque el otro estanco ya había abierto sus puertas en el local que incumple la distancia mínima de 100 mts. a un centro educativo y está a escasos metros del que yo había elegido. Ni tan siquiera soy considerado persona interesada en el proceso  por parte del Comisionado.
El resumen es que llevo un año pagando dos locales, pagando minutas de arquitectos dejando de vender la cantidad de tabaco adecuada, perdiendo tiempo, dinero y esfuerzo en abogados , con una sensación infinita de desamparo, es como si fuese invisible. En cambio, los estanqueros ubicados en un local que incumple las especificaciones exigidas están lucrándose a costa de mi problema. No sabemos a quién recurrir, estamos indefensos y desamparados ante un muro de opacidad.
Soy consciente de que es difícil de entender, ni yo mismo lo entiendo: que el propio Comisionado tenga que exigir  unas reglas estrictas fijadas por la normativa vigente, que se las salte sin problema, y que cuando la situación se denuncia, se hagan oídos sordos y se mire a otro lado dando largas y dejando pasar el tiempo que lo a único que lleva es a la ruina y desesperación de una familia.

Muy buenas noticias para los que tenéis mixtos!

Primero, porque SELAE ha sido condenada a DEJAR DE VENDER DECIMOS DE LOTERIA por internet.

El Juzgado mercantil numero 6 de Madrid ha estimado en parte la demanda de la Plataforma Juego Limpio (una asociación de Loteros) y ha condenado a SELAE a dejar de hacer la competencia a sus propios puntos de venta. La Sentencia considera que se ha producido un ABUSO Y UNA COMPETENCIA DESLEAL por parte de LOTERIAS Y APUESTAS DEL ESTADO.

Segundo, TANTO O MÁS IMPORTANTE!. Los loteros pedían que se eliminara también la venta de Loterias a través de los receptores mixtos y eso no se lo han dado (de ahí lo de la estimación parcial). Nuestros mixtos, que cada vez son más en estancos, seguiremos vendiendo lotería nacional por máquina. Aunque parecía difícil ya que no tenemos décimos, la venta en Navidad (que es la única que funciona) ya fue en este 2018, muy significativa. De hecho, algunos estancos ya dieron premios importantes y el público comienza a visualizarlos como un punto de venta de loterías.

Evidentemente, ambas partes estan descontentas y recurrirán. Los loteros porque quieren que los mixtos tampoco les hagan la competencia, y SELAE porque quiere seguir vendiendo por Internet.

Olvidados

Falta de regulación específica en materia de seguridad.

Cuesta de entender. En un sector como el nuestro, que tenemos una sobre regulación en nuestros establecimientos, sobre lo que podemos vender, sobre los muebles que hemos de tener, sobre la disposición y exposición de nuestras mercancías y productos, que no podemos hacer descuentos, que no podemos hacer regalos, ni tan solo un encendedor si la promoción no está aprobada por el Comisionado para el Mercado de Tabacos, bajo amenaza de importantes sanciones.  Y por otro lado nos encontramos que no tenemos ninguna regulación específica en materia de seguridad. Ninguna. Esta circunstancia parece aún más sorprendente si tenemos en cuenta el elevado número de robos que sufren nuestros establecimientos no desde ahora, si no desde hace muchos años.  Conjuntamente con las tiendas de telefonía  móvil, son las actividades económicas con más riesgo de robo, y ambas, sin ninguna regulación en esta materia. Han dejado a criterio de cada estanquero, de los titulares de las expendedurías, que sistemas de seguridad instalan en sus establecimientos, que tipo de alarma necesito o donde guardo las mercancías. Esto que parece tan normal, en realidad no lo es tanto. Y como ejemplo de lo contrario veamos lo qué ocurre en una de las actividades complementarias más común en nuestros establecimientos: una licencia de la Lotería y Apuestas del Estado (SELAE).

[ads1]

Comparativa con La lotería y Apuestas del Estado (SELAE)

Cuando la licencia de actividad de la Lotería Nacional es complementaria a otra licencia de actividad principal, no tendremos ninguna regulación específica tampoco en materia de seguridad.  Las protecciones son las propias de la actividad principal, o sea, en nuestro caso del estanco. No ocurre lo mismo cuando la licencia es integral, es decir, de actividad única.

El Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, que aprobó el Reglamento de Seguridad Privada, recogía las normas de desarrollo y ejecución de la Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada, así como las previsiones contempladas en el artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, ambas aprobadas con la finalidad de prevención de la delincuencia. El mencionado Reglamento, en su Título III, recoge las características de aquellos establecimientos que, por la singularidad de su actividad, deben contar, de forma obligatoria, con una serie de medidas de seguridad, todo ello con el fin de ofrecer garantías para el mantenimiento de la seguridad ciudadana. En el artículo 132 de dicho reglamento especifica las protecciones que deben de tener los establecimientos que cuya actividad sea la lotería.

Durante este año 2018 no recuerdo ningún robo de ninguna administración de Lotería. Es más, no recuerdo ningún robo de ninguna Lotería tampoco con anterioridad. Seguro que los ha habido y los habrá, pero la diferencia de incidencias entre una actividad y otra es enorme. Entonces la pregunta es obvia: Por qué una actividad sin prácticamente incidencias tiene unas medidas de seguridad de estricto cumplimiento y otra, como los estancos, no tienen ninguna regulación específica a pesar de la gran cantidad de robos e incidencias?

La respuesta es muy sencilla, porque la mercancía que tenemos en nuestra expendeduría es nuestra, la pagamos nosotros y lo que le pase a nuestra mercancía es un problema nuestro. No así la de una lotería. Los décimos que se encuentran en una administración de lotería están en depósito, no son del lotero, son de SELAE, del Estado. Y que hace el Estado como propietario de la mercancía? regula y legisla en materia de seguridad con el fin de proteger sus intereses, sus décimos. Obliga al cualquier establecimiento de lotería a disponer de unos sistemas de seguridad de una actividad de riesgo como las que aparecen en el Título III, como las joyerías, sucursales bancarias, salas de juego, etc.

Por tanto, la conclusión es bien sencilla. El estado protege sus intereses regulando de forma específica los sistemas de seguridad de una lotería, porque así protege sus intereses, “sus” décimos. Se garantiza que no haya ni robos ni incidencias. ¿Y los estancos? También somos una concesión administrativa, ¿no? Sí, pero como la mercancía es nuestra, es nuestro problema. Y como es nuestro problema, al legislador no le preocupa y el Estado en principio no asume ningún riesgo económico directo si nos roban a nosotros. Por eso a veces, cuando vemos un estanco con numerosas y peligrosas deficiencias en seguridad, o cuando  han robado en un estanco,… no puedo más que enojarme por la impotencia, por el riesgo que corren muchos estanqueros cada día sin ser conscientes. A falta de regulación específica, que menos que tener unas recomendaciones, unas medidas concretas que nos ayuden a hacer frente a esta anomalía. Por eso en materia de seguridad, el Estado se ha olvidado de nosotros.

La web empieza a funcionar. Silencio en Palacio

Las cosas de Palacio, van despacio. Dramáticamente despacio.

Nadie va a indemnizarnos, nadie va ni siquiera a disculparse por todos los daños y perjuicios que nos ha ocasionado el desastroso funcionamiento del Organismo en estos últimos meses (desde junio 2018 contaría yo). Nadie, nunca. Nosostros somos su red. Somos sus concesionarios. Cuando conviene sancionarnos siempre sacan el argumento de «la especial relación» que genera mayores obligaciones y altisimas multas. Pero la especial relación es solo para obligaciones, cuando se trata de derechos (perdón por la palabra), la especial relación deja de funcionar. Nadie nos va a indemnizar los perjuicios, los meses sin venta de PVR, los PVR que se han comido meses de vigencia… no, no vamos a tener ni una disculpa. Se ve que el maltrato forma parte del trato. Supongo que será eso.

Las cosas de Palacio van despacio. Llevamos casi un año de caos en los permisos y ya parece que están consiguiendo sacarlos cuando toca. Vamos a felicitarles, aunque no sea mas que su trabajo, no nos duelen prendas, no. Y la web empieza a funcionar. Con nuevas aplicaciones interesantes como la de conocer los tres estancos más cercanos. Pero cuidado que todo está en pruebas y la información aún no es para nada fiable. Hay estancos que no están y PVRs que no aparecen, pero toda nuestra esperanza está en la WEB porque en Palacio ya no cogen el teléfono. Al menos a los estanqueros parece que han decidido que la solución a su desconexión histórica con el mundo real, con los problemas y sufrimientos reales de sus estanqueros, de su red, era desconectarse totalmente. Ojos que no ven, corazón que no siente. Suponemos que tantos meses de reclamaciones, tanto estanquero llorón deben haber colmado la paciencia de nuestros amados dirigentes.

Aviso Legal - Política de Cookies © Infoestancos. Todos los derechos reservados. Diseñado por IndianWebs.

Volver arriba