El lio del verano.
Todo empezó con un ACUERDO DEL CONSEJO INTERTERRITORAL DEL SISTEMA NACIONAL el pasado día 14 de AGOSTO. Un acuerdo que claramente no prohibía fumar en la calle ni en las terrazas, pero ya des del primer día fue mal interpretado por muchos medios que no sabemos, si por afán de “titular de verano” o simple pereza de leerse el acuerdo, publicaron que se prohibía. Este acuerdo que podéis leer con vuestros propios ojos pinchando aquí, en su letra G punto 11 que es el que habla de esto, dice:
G) Consumo de tabaco y asimilados:
11) No se podrá fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos, 1,5 metros. Esta limitación será aplicable también para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados.
Por lo tanto, SEGÚN EL ACUERDO, SÍ se puede fumar en la vía pública o en espacios al aire libre (lo cual incluye terrazas) cuando se esté a más de un metro y medio de distancia de la gente.
Ahora bien, este es un acuerdo de mínimos que no es propiamente legislación. La legislación la tiene que promulgar cada comunidad ajustándose a los mínimos fijados en el acuerdo. Las normativas serán pues autonómicas y pueden ser muy diversas según donde estéis.
Hemos ido conociendo la normativa a medida que cada comunidad la ha publicado. La mayoría han seguido el texto del acuerdo sin agravarlo. En estos casos No estaría prohibido fumar en terrazas y vía pública respetando la distancia de dos metros. Todo ello, con los problemas interpretativos que uno quiera. Si la mesa vecina está a dos metros podríamos fumar, pero ¿y si bebemos acompañados? ¿Y si vamos acompañados por convivientes? ¿Podemos tranquilamente fumarnos un pitillo con nuestra mujer o marido en la misma mesa? ¿Tenemos mayor peligro de contagio que el hecho de yacer juntos?
No obstante, la pasión prohibicionista se ha tomado el virus como una gran oportunidad de colarla. Algunas autonomías y consejeros/as de sanidad militantes, han ido más allá del acuerdo intentando implementar una prohibición total. Y en seguida la tuvimos porque en Madrid un señor Juez dejó sentado que la normativa comunitaria, de hecho, ninguna normativa puede restringir los derechos fundamentales reconocidos en la constitución si no se declara, y aprueba por el Congreso, previamente un estado excepcional como el estado de alarma que lo permita excepcional y temporalmente.
El tema parecería claro y resuelto, pero lo del respeto de los derechos fundamentales no es una cosa que esté muy de moda estos días y alguna comunidad no se ha dado por aludida. Islas Baleares, que ya se destacó prohibiendo el uso de las máquinas de vending en bares durante las fases iniciales del confinamiento ha decidido, por ejemplo, que todo esto de los derechos no va con ellos y ha prohibido fumar en la vía pública. Supongo, espero, que acabará en el juzgado porque lo que de verdad asusta de todo esto es que nos van a colar una prohibición de fumar en las terrazas por la puerta de atrás. Se irá el COVID y se quedará la prohibición. Que me lo conozco.
Ojo avizor señores y señoras. Ni un paso atrás. La prohibición de fumar en la vía pública es un paso de gigante para el prohibicionismo. No se puede fumar en el trabajo, ni en el bar, ni en la terraza, ni en la vía pública, … ya sólo quedará tu casa y ya veremos. Miedo me da.