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Conoce los gastos que puedes deducir y cómo hacerlo correctamente en nuestra guía esencial para estanqueros.
El pasado 8 de abril empezó la campaña de la renta que se alargará hasta el 30 de junio. Toca recopilar los datos fiscales de 2025 para poder hacer la declaración y revisar y optimizar nuestros gastos deducibles como estanqueros y autónomos.
A partir del 18 de marzo se podrá acceder a los datos fiscales que tiene la Agencia Tributaria sobre nosotros para su comprobación en la app de la AEAT y la sede electrónica.
¿Estás listo para sacarle el máximo provecho a tus finanzas? ¡Sigue leyendo para descubrir cómo hacerlo!
Los gastos deducibles son aquellos gastos relacionados con nuestra actividad empresarial que podemos restar de nuestros ingresos, lo que disminuye nuestra base imponible y, por ende, la cantidad de impuestos que debemos pagar. ¡Una excelente noticia para nuestra cartera!
Es decir, son todos aquellos gastos necesarios para la actividad de un estanco y que no tendríamos si no tuviéramos el estanco. Sin olvidar que deben estar debidamente justificados con sus correspondientes facturas y constar registrados en los libros de gastos e inversiones.
Para poder aprovechar al máximo las ventajas fiscales, es crucial comprender qué gastos son considerados deducibles en el mundo de los estancos. Aquí tienes una lista de los diez principales:
Además, te dejamos aquí una guía con las deducciones autonómicas del IRPF para que puedas comprobar si en tu comunidad autónoma te puedes beneficiar de alguna más.
Para la declaración de renta del año 2025, hay algunas novedades importantes que todos los estanqueros autónomos deben tener en cuenta:
La aplicación Renta Web tiene una mejora a la hora de declarar a los ascendientes y descendientes (padres dependientes, hijos, nietos, etc.)
Esta año la propia aplicación detectará automáticamente si el ascendiente o descendiente tiene rentas entre 1.800 y 8.000 euros, así como si tiene la marca de no obligado a declarar.
Si tiene la marca, se incluirán los datos de la persona dependiente como hasta ahora. Si no la tiene, no habría que incluir sus datos porque, previsiblemente, presentará su propia declaración individual.
Hasta ahora, los contribuyentes tenían que calcular por su cuenta el importe del rendimiento mínimo de arrendamientos a familiares e incluirlo en la casilla correspondiente. Es un cálculo
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