¿Qué marcas hay que tener en la máquina expendedora, y cuáles no? El criterio legal es que deben ser «las labores más demandadas»; el criterio de la Guardia Civil en las inspecciones es que la ley debe interpretarse o hace referencia a las labores más demandadas en ese PVR, y no a las más vendidas en España o en tu provincia, por ejemplo, en el último ejercicio.
En la inspección se revisan las facturas de compra del último mes y cuántos paquetes quedan en el canal. De ese modo comprueban cuáles se venden y cuáles no. Las que no se venden siempre son sospechosas. Digamos que si están ahí, y no se venden, algún motivo habrá… ¿No será que el estanquero cobra, directa o indirectamente (en gestión delegada), por tenerlas ahí? Y si esas marcas que no se venden son, además, del mismo fabricante… ¿no tendrá el estanquero algún acuerdo con él?
La Guardia Civil, que normalmente actúa sobre la base de «piensa mal y acertarás», de vez en cuando levanta acta no tanto porque no encuentre en la expendedora las labores más demandadas, sino porque las hay de «nada o muy poco demandas» cuya presencia en la máquina no ve justificada. Eso vulnera, por supuesto, el principio de legalidad, ya que la norma establece claramente que hay que tener «las labores más demandadas», lo cual se cumple. Sin embargo, lo que hace la Guardia Civil es invertir el sentido de la frase.
[ads1]Si en la máquina ya tienes las marcas más demandadas —incluso de forma repetida— bien que deberás introducir otras con menos rotación. No hacerlo vulneraría, incluso, el derecho a la competencia, ya que se estaría limitando el derecho de acceso de nuevos productos y de productos más minoritarios, creándose una especie de oligopolio de los más fuertes.
La interpretación de las patrullas fiscales es la que es, pero debería ser impugnada hasta el final, porque es, a nuestro humilde parecer, errónea.
*Esta noticia ha sido elaborada con el asesoramiento de www.abogadosestancos.legal*