Un nuevo marco regulatorio para el mercado

Sep 12, 2023

Nicotina sin tabaco en España: un análisis profundo de la situación actual y lo que depara el futuro de este creciente mercado

En España los productos que contienen tabaco están altamente regulados. Sin distinciones entre la forma en que ese tabaco se consume. Con combustión o sin combustión. Calentado, oral o nasal.

Todo lo que contiene tabaco está regulado al milímetro. Precios, márgenes, distribuidores, red minorista, autorizaciones para todo, publicidad y promociones, permisos, segundo canal, tasas y cánones. La ley no distingue entre formas de consumo porque su ratio legislativo no es sanitaria si no fiscal. Es una ley del ministerio de Hacienda, no del de Sanidad.

En cambio, los estancos se han llenado en los últimos años de una serie de nuevos productos que no contienen tabaco, pero sí nicotina, cuya regulación de la venta, en marcadísimo contraste, son poco más que dos disposiciones adicionales en la ley 28/2005 de medidas sanitarias contra el tabaquismo.

El laberinto legal de los productos con nicotina

Recibimos muchísimas consultas de estanqueros de toda España en esa línea. Muchos estanqueros, acostumbrados como están a las extraordinarias limitaciones del tabaco básicamente nos preguntan sobre si determinadas de esas limitaciones aplican también al mundo de los productos con nicotina.  En su comprensible temor a los doce mil euros, hacen un paralelismo entre una cosa y otra. Dudan. Se abstienen.

¿Debe tener mando la máquina de vapers? ¿Se puede anunciar en las redes? ¿Se puede vender por internet? ¿A qué precio debe venderse? ¿Qué margen es el correcto? ¿Se puede consumir en las discotecas? ¿Puedo cobrar por hacer promoción de una marca? ¿Se puede discriminar entre marcas? ¿Puedo ponerlos en el escaparate? ¿Pero qué dice la ley?

Muchísimas preguntas. Pocas respuestas.

Los desafíos pendientes y el futuro de la regulación

Las dos disposiciones adicionales a las que me refería hablan únicamente de los dispositivos susceptibles de liberar nicotina (que podemos entender afectan a toda la diversidad de vapeadores actualmente en el mercado……. Pero en ningún caso a otros productos como las bolsitas de nicotina -nicotine pouches- o líquidos que lo que seguro no son es dispositivos.

Estas dos disposiciones adicionales se limitan a:

  • prohibir la venta de los dispositivos a menores y establecer la cartelería correspondiente en lenguas oficiales
  • prohibir el consumo en determinados establecimientos
    • administraciones públicas
    • centros sanitarios
    • centros de enseñanza
    • transportes públicos y aviones
    • parques infantiles, áreas de juego de menores
  • prohibir la publicidad y promoción en prensa y revistas -excepto las profesionales – radio y televisión

Y esto es todo amigos decía la liebre.

Esta falta de regulación, unida a la falta de tributación especifica de los productos, debería ser el paraíso para las empresas. Cuanta menos intervención mejor, ¿no?

Pero la verdad es que no estoy muy seguro que los operadores estén demasiado satisfechos con el actual marco legislativo. La equiparación con formas de consumo de tabaco menos dañinas y la peligrosa falta de regulación de la nicotina son dos temas urgentes para la próxima legislatura.

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