La responsabilidad civil del estanquero por sus máquinas

Mar 11, 2022

Segunda parte

El negocio del segundo canal es, en realidad, una actividad diferente de la explotación del estanco. Un estanco es un comercio amparado por una licencia, una concesión administrativa que autoriza a vender labores de tabaco en un lugar determinado.

Cuando contratamos un seguro para el estanco, la garantía de responsabilidad civil cubre los daños a terceros derivados de nuestra actividad en el estanco, pero no fuera de él —exceptuando el transporte de fondos y alguna otra garantía. Nunca cubre la responsabilidad derivada del depósito y explotación de máquinas expendedoras en locales de terceros. Y ese riego, por pequeño que nos parezca, existe y es bien real.

El estanquero, presunto responsable de los daños

En 2021 tuvimos conocimiento de un incendio que se produjo en un bar dónde había una máquina expendedora de tabaco propiedad de un estanquero. El incendio se originó en el bar, pero las llamas se propagaron y afectaron considerablemente la planta baja del edificio. El informe de los bomberos constataba que el incendio lo causó un cortocircuito en la máquina expendedora de tabaco.

La compañía de seguros del bar, así como la de los afectados del edificio, iniciaron una reclamación contra el estanquero en tanto que propietario de la máquina y presunto responsable del incendio. Tal cual. El expendedor tenía asegurado el estanco, pero no contaba con un seguro de responsabilidad civil para las reclamaciones derivadas de su actividad de explotación de máquinas.

No caigamos en el error de pensar que, solo porque el Comisionado considere que gestionar un PVR es algo ordinario en el trabajo de un estanquero, una compañía de seguros cubrirá las reclamaciones que deriven de dicha actividad. No es así, son dos actividades distintas a efectos del seguro.

El estanquero del incendio se enfrenta a una cuantiosa reclamación por daños sin contar con un seguro que cubra esa contingencia. Si prospera la reclamación judicial, podría ser su ruina total. Porque no hablamos aquí de pérdidas de 4.000 euros, como si nos sustrajeran la máquina o el tabaco, sino de una reclamación de centenares de miles de euros.

Seguro de responsabilidad civil para máquinas expendedoras

Cuando pensamos en las máquinas expendedoras, pensamos en los daños que pueden causarnos a nosotros, pero no en los que nosotros podemos causar. Podemos perder la máquina y el tabaco, pero será mucho más importante y de más relevancia si nos interponen una reclamación derivada de nuestra explotación. Una reclamación por responsabilidad puede cambiarnos la vida y acabar con nuestro negocio.

El coste de un seguro de responsabilidad civil es de aproximadamente 2 €/año por máquina, con una prima mínima de 60 o 70 euros anuales para todo un parque. Un precio más que justo y asumible. Advertidos estamos, ¡no os la juguéis!

Si queréis más información de cómo asegurar vuestra responsabilidad podéis poneros en contacto con Lorenzo Navamuel de Seguroparaestancos.

En resumen:

  • Somos responsables de los daños que la máquina pueda causar al establecimiento donde esté depositada.
  • El seguro del estanco cubre los daños a terceros causados por la actividad en el estanco, nuca fuera.

 

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