El proyecto de la nueva Ley del Tabaco (I)

Mar 20, 2023

El Estado ya tiene aprobado su proyecto de la nueva Ley del Mercado de Tabaco y la previsión es que tengamos ley antes de seis meses. Cuando se publique el texto definitivo en el BOE, habrá que memorizarlo de la A a la Z. Ya sabéis que en este sector los errores salen caros y el desconocimiento de la ley no sirve de excusa. Durante el trámite parlamentario, las enmiendas de los grupos políticos podrían modificar el contenido del proyecto, pero no mucho, nos tememos.

La idea principal que impulsa esta ley es ampliar el monopolio del tabaco a los cigarrillos electrónicos y otros productos innovadores que han ido apareciendo estos últimos años. A priori, esto sería una buena noticia, porque comporta la exclusiva de su venta a los estancos —aunque la propia ley prevé una disposición transitoria que permitiría a las actuales tiendas especializadas venderlos también. Ahora bien, esto comporta venderlos a un precio fijado en el BOE, el Boletín Oficial del Estado, y con un margen fijado por ley, como el tabaco, que en el actual redactado sería del 8,5%. Con una rebaja del margen de tal envergadura, las tiendas especializadas difícilmente podrán subsistir los cinco años previstos. Y los estancos tendremos que vender muchísimos más para ganar lo mismo. No se puede tener todo.

Al analizar la ley, lo primero que observamos es que en el apartado de definiciones, los productos que se pretende incluir en el monopolio no están lo suficientemente definidos. No se mencionan los líquidos que contienen nicotina, ni las bolsas, por ejemplo. Parecería más fácil referirse a la nicotina en general. Estos «nuevos» productos a incluir se agrupan bajo la denominación productos relacionados con el tabaco, lo que también nos parece confuso, ya que su peculiaridad es, precisamente, que no llevan tabaco.

El proyecto conserva buena parte del sistema de venta actual: los tres estancos más cercanos a los PVR —ahora medidos linealmente—, permisos, recargos, neutralidad del estanquero, transmisiones y cambios de emplazamiento —también con medidas lineales—, declaración responsable de terceros productos, los treinta años de licencia desde su otorgamiento, etc.

La ley debería haber aprovechado para resolver algunos de los problemas actuales de los estancos, como la transparencia —publicidad de las concesiones, promociones autorizadas y vigentes— y el canon. Pero se mantiene la opacidad. En la parte II de este post os hablaremos muy pronto de ello.

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