
Hacienda tiene un plan para los estancos. Parte I
La mayoría del colectivo ni se ha enterado.
Y los que lo habían pillado, con el tremendo lio del COVID19, el confinamiento, el desconfinamiento, la nueva normalidad y estas vacaciones raras que hemos tenido, ya se han despistado…
Pero Hacienda tiene para 2020 un gran plan para los estancos, ¡un plan que puede cambiarlo todo!
No es ninguna teoría rara. El plan está publicado, se llama “Plan de objetivos de la Subsecretaría de Hacienda 2020″ y en su página 197 empieza un capitulito de 18 páginas que nos puede cambiar la vida (más adelante os lo dejo para descargar).
No exagero. El capítulo se llama MEMORIA DEL PLAN DE OBJETIVOS PARA EL COMISIONADO PARA EL MERCADO DE TABACOS PARA EL EJERCICIO 2020.
¿Qué objetivos? ¿Qué persiguen? ¿Cómo, cuándo, dónde?
Como es largo y difícil de descifrar, os he hecho un resumen. Estos señores se han marcado 8 OBJETIVOS. ¡OCHO! A cuál más importante.
El primero, para empezar a lo grande es:
PRIMER OBJETIVO: NUEVA LEY DEL MERCADO DE TABACOS.
Hacienda considera que nuestra Ley reguladora 13/98 tiene que actualizarse. ¡Miedo me das!
Entendámonos. Esta ley es la que establece si un PVR puede comprar en los tres más cercanos y a qué distancias tienen que estar los Estancos y cuanto te va a durar la licencia y como transmitir la expendeduría o cambiarla de sitio, y a cuanto te sale la sanción por no marcar la casilla de gestión delegada, … es decir, TODO lo que se refiere a Estancos y PVRs. TODO.
Aquí podéis descargaros el Plan de objetivos de la Subsecretaría de Hacienda 2020.
Así pues, Hacienda nos publica un plan con ocho objetivos para 2020 y en el primero nos dice que “es necesario actualizar la Ley 13/98” (para los incrédulos ir a la página 201) para:
- “modernizar y aclarar la regulación de los derechos y obligaciones de los operadores” (aclaro, los estancos son operadores, es decir regular nuestros derechos y OBLIGACIONES, atención)
- ¡Actualizar el procedimiento sancionador! A lo mejor alguien cree que las multas de 12.000 después de 22 años han quedado desactualizadas y hay que aplicarles el IPC.
- Incluir entre las sanciones los incumplimientos en materia de trazabilidad. Las buscábamos y no las encontrábamos, pero ya están aquí. Las multas por trazar mal. Se acabo el periodo de gracia. Cuidado con equivocarse.
- Actualizar el ámbito competencial del CMT para asegurar el cumplimiento de la normativa por parte de todos los operadores.
Eso es lo que pretende Hacienda al cambiar la Ley.
A mí se me ocurren un montón de cosas más. Algunas muy sencillitas como regular la venta de shisha para consumo del público en el segundo canal que es una cosa que hacemos sin ninguna base legal, otras más complicadas como reconocer que en la gestión delegada el tabaco de la máquina es nuestro y en realidad somos nosotros que hacemos la venta y le pagamos el recargo al PVR, por ejemplo.
Seguro que os viene a la cabeza un montón de cosas que tenemos mal reguladas o simplemente No reguladas y deberían estar en esa Ley. Bueno, pues se ve que ahora es el momento. ¡Se abre el melón!
¿Cuándo? ¿Cómo?
Seguiremos. No os perdáis el capítulo II en la siguiente entrega.
[vtiger_formulario][/vtiger_formulario]
[divider style=»solid» top=»20″ bottom=»20″]
Gracias a todos por vuestra colaboración. INFOESTANCOS al servicio del estanquero.
Ayúdanos a difundir las noticias del sector y pásalas a tus contactos estanqueros de WhatsApp!!!
Podéis enviarnos vuestras ideas, críticas o consultas a través de nuestro WhatsApp 603 107 339 o por correo electrónico info@infoestancos.es