Parece que Hacienda está convencida de que ha encontrado un filón: Los estancos.
Los negocios de expendeduria de tabaco y timbre, al ser obligatoriamente titularidad de personas físicas, quedan obligados a tributar por IRPF y sus tipos superan normalmente el 25% del de las sociedades. Eso ayuda a que las actas por diferencias supongan cuotas sustanciosas.
Este aspecto ya lo empezaron a disfrutar las inspecciones regionales cuando descubrieron que podían fácilmente deducir los ingresos teniendo las compras ya que el margen está fijado legalmente en el 8%. Ahora las oficinas se han añadido al baile y revisan los gastos y amortizaciones.
Lamentablemente la mayoria de estancos no lo llevamos tan bien como pensamos. Las exigencias han aumentado y algunos gestores han quedado desfasados. Según informa ABOGADOSESTANCOS.ES las actas están al orden del día básicamente por tres causas:
Andaos con cuidado!!!
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