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La paradoja del control: se prohíbe el consumo, pero no se regula dónde se vende

Sep 24, 2025

Más prohibiciones, pero puntos de venta sin regulación: la Ley Antitabaco 2025 olvida el control esencial, impedir el acceso a menores.

En esta serie dedicada a la Consulta pública sobre la Ley Antitabaco 2025, hemos venido desglosando punto por punto las medidas planteadas en el anteproyecto: límites de nicotina, sabores, productos desechables… Hoy toca mirar otra de las grandes contradicciones del texto: la paradoja del control. Porque aunque el borrador endurece todo lo relacionado con el consumo, deja intacto el vacío legal más delicado: dónde y cómo se vende. Este vacío no afecta al tabaco tradicional, cuya venta ya está reservada a los estancos, sino a los productos sin combustión —como vapers o bolsitas de nicotina— que hoy se encuentran en todo tipo de canales no regulados.

Un modelo profesional frente a la venta descontrolada

El estanco es un canal de venta con décadas de experiencia en la gestión de productos regulados. Funciona bajo concesión administrativa, con controles fiscales, sanitarios y de trazabilidad que garantizan un acceso seguro y responsable. En este entorno, la comprobación de edad es sagrada, la fiscalidad está blindada y los productos cuentan con origen acreditado.

Frente a ello, proliferan puntos de venta sin supervisión: bazares, tiendas multiproducto o pequeños comercios informales, donde se ofrecen estos productos sin combustión al margen de cualquier regulación. Allí la edad rara vez se comprueba, no existe trazabilidad y la procedencia del producto es incierta. La diferencia es clara: mientras los estancos garantizan un control estricto de acceso a menores, en otros puntos de venta esa garantía simplemente no existe. Es una contradicción evidente: si son productos tan sensibles que no pueden consumirse en una terraza, tampoco deberían venderse en cualquier sitio sin garantías. Para que la normativa sea eficaz, la supervisión debe estar instaurada desde el origen, en canales de venta fiables y regulados.

Prohibiciones visibles, vacío en la venta

El anteproyecto multiplica las restricciones al consumo en espacios cotidianos —terrazas, parques, accesos a colegios—, pero evita afrontar el verdadero problema: la dispersión de los puntos de venta. Restringir dónde se fuma sin ordenar dónde se compra es una medida incompleta, que proyecta incoherencia y resta eficacia a la norma.

El valor añadido del estanco

La red de estancos ofrece algo que ningún otro punto de venta puede garantizar: control real y profesionalidad. La experiencia de sus titulares en la gestión de productos sometidos a regulación estricta asegura el cumplimiento de la normativa, la protección de los menores y la seguridad sanitaria.

La reforma desaprovecha la oportunidad de reforzar este papel, dejando sin aprovechar la infraestructura que ya existe para asegurar que la normativa se cumpla en la práctica.

A ello se suma la neutralidad de una red que funciona sin conflictos de intereses comerciales, la garantía de conservación y legalidad de los productos, el papel del estanco como instrumento fiscal del Estado con recaudación asegurada y una trayectoria probada de profesionalidad que refuerza la confianza de consumidores e instituciones.

Esa experiencia debería extenderse también a los productos sin combustión. Y, sobre todo, un control efectivo que impide el acceso de los menores a estos productos sensibles.

Una incoherencia que debe corregirse

La consulta pública abierta es la oportunidad para señalar este desequilibrio. Si se quiere avanzar en control, debe empezar por la venta. Y eso pasa por reconocer al estanco como el canal autorizado y seguro, en lugar de mantener abiertos los resquicios por donde se cuela la venta sin garantías.

👉🏼 Todos los materiales y argumentos están aquí: infoestancos.es/consulta-publica.

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