Las bolsas o ‘pouches’ de nicotina son la última moda en productos sin humo. De fibras naturales, con sabores, o aromatizadas, se inspiran en el concepto nórdico del tabaco húmedo para inhalar —el rapé—, pero con una gran diferencia: no contienen tabaco.
Los productos de tabaco de uso oral están prohibidos en España, pero no los de uso nasal. En principio. Porque la ley española no considera ‘tabaco oral’ el tabaco de mascar, ni ‘tabaco de uso nasal’ el tabaco para inhalar. Existen, además, sus correspondientes versiones con y sin nicotina, y aún más: las que tienen nicotina, pero no tabaco. Y ahí sí que han dado en el clavo.
¿Qué son las bolsas de nicotina?
Las ‘pouches’ o bolsas de nicotina son, como indica su nombre, unas bolsitas con nicotina fabricadas a partir de fibras naturales —a diferencia del rapé tradicional, que se elabora a partir de tabaco. Se usan de la misma forma: se colocan debajo del labio o de la mejilla, en contacto con la encía, y se va liberando la nicotina, que se absorbe por medio de los tejidos de la boca. Se comercializan en cajas que llevan generalmente entre 15 y 24 pouches o bolsitas, pero cada fabricante es libre de escoger el formato. Como también lo es de establecer sus propios niveles de nicotina.
¿Se pueden vender en el estanco?
La gran diferencia de las bolsas de nicotina con su hermano mayor es que no llevan tabaco y no son, por tanto, «tabaco de uso oral» ni «tabaco de uso nasal» según los define nuestra legislación. Así pues, no pueden considerarse ilegales, pero sí ‘alegales’, porque el RD 579/2017 tampoco dice nada sobre estos productos de nicotina y sin tabaco. Como sucedió con la hoja de tabaco en su momento, se encuentran en tierra de nadie.
El Gobierno decide actuar
Finalmente, ha sido el Ministerio de Sanidad quien ha tomado cartas en el asunto dando inicio al proceso para modificar el Real Decreto 579/2017, que regula varios aspectos de los «productos relacionados» con el tabaco. Uno de los objetivos es actualizar la norma para que las nuevas formas de consumir tabaco y nicotina, como las populares bolsitas, no queden al margen de la ley.
Mientras tanto, lo mejor es ser prudente. Si optáis por vender las bolsitas, no olvidéis enviar vuestro comunicado de comercialización de terceros productos al Comisionado para el Mercado de Tabacos. Raramente recibiréis respuesta, pero en este caso, será bueno. Como dicen los anglosajones: «que no haya noticias es buena señal».
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