¿Qué le ha propuesto a Hacienda la Unión de Estanqueros?

Sep 28, 2022

Cerramos el capítulo de alegaciones al anteproyecto de la nueva Ley del Mercado de Tabacos con las propuestas que la Unión ha remitido al Ministerio. Algunas son buenas, otras no tanto. En Infoestancos nos hemos comprometido a publicar la postura de cada una de las organizaciones, así que, allá vamos.

Empezamos con las alegaciones de Kriterium, seguimos con las de la Plataforma de afectados por el Comisionado para el Mercado de Tabacos, y hoy resumimos las diez enmiendas de la Unión de Asociaciones de Estanqueros de España. Son estas.

  1. Introducir en la ley la definición del término ‘producto a base de hierbas para fumar’ y su obligada comercialización en las expendedurías de tabaco y timbre, quedando regulados, así, todos los productos susceptibles de ser fumados.
  2. Incluir criterios de rentabilidad y población en las subastas de nuevas concesiones.
  3. Posibilidad de que los expendedores accedan a un sistema de prórrogas de vigencia concesional transcurridos los treinta años de licencia.
  4. Incrementar el margen de los expendedores al 9 % para todos los productos del tabaco y relacionados. Puntualizamos que eso incluiría los líquidos y dispositivos de vapeo, que ahora gozan de un margen comercial mucho más alto…
  5. Modificar la consideración de la infracción del artículo 35.3c) para que sea considerada ‘leve’ o, subsidiariamente, ‘grave’, pero en ningún caso ‘muy grave’.
  6. Reducir la tarifa del canon concesional y establecer un porcentaje de cuota de 1,60. Con ello, las cantidades que se aportarían serían similares a las actuales.
  7. Reducir el importe de las sanciones leves, graves y muy graves para los expendedores, que son trabajadores autónomos y responden personalmente con su patrimonio.
  8. Elevar la reducción de la sanción por pronto pago al 40 %, como sucede con la Ley General Tributaria.
  9. En lugar de sancionar por no cumplir con la obligación de exhibir las tarifas oficiales de precios, resulta más razonable que la infracción sea por no ponerlas a disposición de los usuarios.
  10. Extender hasta el 31 de diciembre de 2035 la exención de pago del canon a las expendedurías que tengan dicho régimen, en lugar de 2030.

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